Una de las hijas del expresidente del Gobierno José Luis Rodríguez Zapatero a su salida de las oficinas de la empresa Whathefav tras el registro ordenado por el juez el 19 de mayo.

Una de las hijas del expresidente del Gobierno José Luis Rodríguez Zapatero a su salida de las oficinas de la empresa Whathefav tras el registro ordenado por el juez el 19 de mayo. Europa Press

Tribunales

El juez Calama llama a declarar como investigadas a las hijas de Zapatero y a su secretaria Gertrudis

Rechaza, por ahora, la petición de la defensa de expresidente para que las autoridades de Estados Unidos informen sobre las garantías que tuvo la incautación y volcado de un móvil del venezolano Rodolfo Reyes.

Más información: Contraataque de Zapatero: cuestiona la incorporación al proceso de un móvil de Rodolfo Reyes, el indicio base contra él

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Las claves

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El juez Calama ha citado como investigadas a las hijas de José Luis Rodríguez Zapatero y a su secretaria, Gertrudis Alcázar, en el caso de una presunta trama de tráfico de influencias y blanqueo de fondos.

La empresa de las hijas de Zapatero, Whathefav SL, es señalada como un vehículo instrumental para operaciones económicas sospechosas relacionadas con el entramado investigado.

Gertrudis Alcázar está acusada de elaborar facturas presuntamente falsas y coordinar documentación para cubrir pagos del entramado societario.

El juez ha denegado varias diligencias solicitadas por la acusación popular y limita los investigados actuales a las hijas y la secretaria de Zapatero, rechazando por ahora ampliar la investigación a otras personas.

El juez de la Audiencia Nacional José Luis Calama ha acordado dar la condición de investigadas a las hijas del expresidente del Gobierno José Luis Rodríguez Zapatero, Alba y Laura Rodríguez Espinosa.

El instructor ha tomado la misma decisión respecto a la secretaria de Zapatero, Gertrudis Alcázar.

Las tres, que serán citadas a declarar, podrán personarse y ejercer su derecho de defensa en el procedimiento en el que se investiga a Rodríguez Zapatero como líder de una presunta trama de tráfico de influencias y blanqueo de fondos.

Calama ha tomado esta decisión a instancias de la Fiscalía Anticorrupción, que lo pidió el pasado martes.

En una resolución dictada este jueves, el instructor señala la existencia de indicios de que la empresa de las hijas de Zapatero, Whathefav SL, "no desarrolla una actividad empresarial ordinaria, sino que actúa como vehículo instrumental para la generación de facturación ad hoc, la redistribución de fondos y la dotación de cobertura formal a operaciones económicas vinculadas al entramado" de tráfico de influencias.

Alba y Laura Rodríguez Espinosa son las "administradoras formales" de la empresa, a la que se atribuye "un papel instrumental en la canalización, ocultación o facilitación de operaciones relevantes" objeto de investigación.

Ello "determina, por sí misma, la procedencia de su citación en calidad de investigadas", que constituye la única vía compatible con las garantías constitucionales, dice el juez.

"Llamarlas en calidad de testigos resultaría incompatible con su posición procesal potencialmente afectada", pues les impondría el deber de decir la verdad y la prohibición de reservarse información, "comprometiendo de forma irreversible su derecho a no declarar contra sí mismas y a no confesarse culpables".

Respecto a Gertrudis Alcázar, el instructor señala su presunto papel, junto a Cristóbal Cano, administrativo de las empresas de Julio Martínez Martínez, en funciones de coordinación, elaboración y cobertura formal de la documentación que manejaba la red.

Gertrudis "recibía instrucciones directas" para elaborar facturas presuntamente falsas que dieran cobertura a los pagos recibidos y emitidos por el entramado societario.

El móvil de Reyes

Estas son las primeras citaciones acordadas por Calama tras la declaración prestada ayer por Rodríguez Zapatero, que, según reflejó el juez en una resolución posterior, "no ha logrado desvirtuar los indicios racionales de criminalidad" que existen contra él.

Por el contrario, el juez ha denegado, por el momento, la petición de la defensa de Zapatero para que las autoridades de Estados Unidos informen sobre la incautación de un móvil del empresario venezolano Rodolfo Reyes, antiguo propietario de la aerolínea Plus Ultra.

Gracias a este teléfono se ha sabido que los directivos de Plus Ultra buscaron una vía para llegar al expresidente del Gobierno con el fin de que les facilitara el acceso a las ayudas articuladas por el Ejecutivo para empresas estratégicas durante la pandemia.

El contenido del teléfono, requisado por la agencia Homeland Security Investigations, fue entregado a la UDEF española el pasado 18 de marzo, cinco años después de su incautación.

El 9 de junio, Calama acordó cursar una comisión rogatoria a Estados Unidos para la "eventual incorporación al proceso" del contenido del teléfono con el fin de "poder ser utilizado, en su caso, en el plenario como medio de prueba".

La defensa de Zapatero pidió que esa petición de cooperación judicial internacional se ampliara a otros extremos relevantes: si hubo autorización judicial o administrativa para la incautación del dispositivo o cuál fue el método de volcado y la autenticidad de las comunicaciones.

"Mientras no se reciba la contestación al instrumento de cooperación jurídica internacional ya acordado no es posible efectuar una valoración fundada sobre la necesidad o procedencia de los extremos cuya ampliación se solicita, pues dicha apreciación depende directamente del contenido de la respuesta pendiente", explica el juez.

Diligencias "prematuras"

Calama ha rechazado, por "prematuras", la mayoría de las diligencias solicitadas por la acusación popular que encabeza el PP.

Entre ellas figuraba la citación como investigados de personas como el exministro Ábalos y su asistente, Koldo García; del director de Participadas IV de la SEPI José Ángel Partearroyo o de los hermanos Domingo y Guillermo Amaro Chacón.

Tampoco ha aceptado la propuesta de la acusación popular de que fijara una fianza por el importe de la deuda impagada por Plus Ultra.

"En el estado actual de la instrucción, los indicios se refieren a operaciones de tráfico de influencias y blanqueo de capitales vinculadas a la obtención y circulación de determinadas cantidades, pero no permiten afirmar, ni siquiera a nivel indiciario suficiente, que la totalidad de los 53 millones de euros del rescate constituya un perjuicio civilmente resarcible derivado de los hechos investigados", explica el instructor.