Elisa Mouliaá e Íñigo Errejón en imagen de archivo.

Elisa Mouliaá e Íñigo Errejón en imagen de archivo. Europa Press

Tribunales

Mouliaá pide tres años de cárcel para Errejón por un delito continuado de abuso sexual y 30.000 € por daños morales

También solicita que se abra pieza separada de responsabilidad civil contra el acusado, así como se le requiera el abono de fianza y, en caso de no ser abonada, se realicen diligencias para averiguar su situación patrimonial.

Más información: El juez ve indicios para llevar a juicio al exportavoz de Sumar Íñigo Errejón por una agresión sexual a Mouliaáa

Publicada
Actualizada

Las claves

La actriz Elisa Mouliaá solicita tres años de cárcel para Íñigo Errejón por un presunto delito continuado de abuso sexual y una indemnización de 30.000 euros por daños morales.

Según la denuncia, los hechos habrían ocurrido en octubre de 2021 e incluyen tres episodios de índole sexual sin consentimiento durante una noche en la que ambos acudieron a una fiesta.

Errejón admite los actos pero niega que fueran sin consentimiento, mientras que su defensa sostiene que no existen indicios suficientes de criminalidad y que la denuncia busca notoriedad.

El juez instructor ha considerado la declaración de Mouliaá como principal prueba, destacando que no ha sido desvirtuada por la versión del investigado y que existen datos a favor de ambas partes.

La actriz Elisa Mouliaá ha reclamado que se abra juicio contra el exdiputado y exportavoz de Sumar Íñigo Errejón y que sea condenado a tres años de cárcel por un delito continuado de abuso sexual.

En su escrito de acusación, Mouliaá pide que Errejón sea condenado a indemnizarla con 30.000 euros "por daños morales y por los daños sufridos a consecuencia del abuso sexual o, subsidiariamente la que se determine en su caso, en fase de ejecución".

También solicita que se abra pieza separada de responsabilidad civil contra el acusado, así como se le requiera el abono de fianza y, en caso de no ser abonada, se realicen diligencias para averiguar su situación patrimonial.

Tres delitos de abuso sexual

La actriz recoge en su escrito de acusación que conoció y mantuvo contacto con Errejón a través de las redes sociales Instagram y Telegram desde un año antes de los presuntos hechos, el 8 de octubre de 2021, cuando se produjeron "tres episodios de índole sexual que son constitutivos de un delito continuado contra la libertad sexual".

Mouliaá relata que ese día asistió a la presentación de un libro de Errejón, que él le invitó después a tomar unas cervezas en un bar y que ambos acudieron a una fiesta en casa de unos amigos de ella, a la que invitó al entonces diputado "por cortesía".

Fue en el trayecto en taxi desde el bar hasta la vivienda donde tenía lugar la fiesta cuando, según el escrito, Errejón le dijo que le iba a imponer tres reglas: "que no se alejase mucho de él esa noche, que si lo hacía no fuese a más de 20 metros de él y regresase en un minuto, y que esa noche le diese un beso".

"Cuando accedieron al edificio, y en concreto, dentro del ascensor, el acusado le refirió a Mouliaá que la tercera regla la iba a romper en ese momento, agarrándole sin su consentimiento y de forma sorpresiva fuertemente de la cintura, incapaz de zafarse, comenzándole a besar", indica.

El segundo episodio que denuncia tuvo ocasión en el interior de la casa donde se celebraba la fiesta y "se produjo cuando, aprovechando que Mouliaá había bebido alcohol y estaba afectada por la combinación del mismo, lo que mermaba su voluntad y la hacía más vulnerable, el acusado la cogió del brazo con fuerza y la llevó a una habitación, donde sin su consentimiento la empujó hacia la cama", le tocó partes íntimas y ella "se zafó como pudo".

Por último, cuando estaban de camino a casa del acusado, a lo que ella accedió por "el estado de bloqueo emocional y la afectación etílica que mostraba, a pesar de que su padre la contactó telefónicamente para comunicarle que su hija presentaba una temperatura de 40 grados", Errejón "volvió a tocar y manosearla" de nuevo "sin su consentimiento".

Errejón en los juzgados de Plaza de Castilla el pasado 16 de enero de 2025.

Errejón en los juzgados de Plaza de Castilla el pasado 16 de enero de 2025. Europa Press

Mouliaá en esta ocasión reaccionó parándole en seco, expresándole que se sentía muy incómoda e invadida, que la dejase en paz, aludiendo a la ley 'solo sí es sí' que propugnaba el partido del que el Errejón era portavoz parlamentario, marchándose en ese momento a su domicilio", expone su abogado.

La actriz advierte de que, "por un conjunto de episodios personales y de estos hechos denunciados", ha sufrido "estrés postraumático" y precisado tratamiento psicológico.

Errejón niega los hechos

Íñigo Errejón, que ha negado los hechos, recurrió su procesamiento por un presunto delito de agresión sexual que habría cometido contra la actriz una noche de octubre de 2021, al entender que no existen "mínimos indicios" de culpabilidad.

Su defensa sostiene que las diligencias practicadas durante la fase de investigación "descartan la existencia de mínimos indicios de criminalidad y corroboran el inventado relato de la denunciante".

De hecho, el pasado 25 de noviembre, la defensa del exportavoz de Sumar pidió a la Audiencia Provincial de Madrid que revocara la decisión del juez instructor Adolfo Carretero de proponer su enjuiciamiento por un presunto delito de agresión sexual a la actriz Elisa Mouliaá. "En su declaración judicial cometió un delito de falso testimonio", afirma la defensa.

El recurso sostiene que no hay indicios racionales de un contacto sexual inconsentido por parte de Mouliaá, cuya declaración es la base de la decisión del instructor.

La decisión del juez Carretero de imputar a Errejón por un presunto delito de agresión sexual a la actriz Elisa Mouliaá, que le denunció el 24 de octubre de 2024, abrió la puerta para sentarle en el banquillo.

Los hechos habrían ocurrido el 10 de octubre de 2021 durante una fiesta en casa de unos amigos de la actriz. Errejón le habría dado "un beso inconsentido" y "realizó tocamientos sexuales con un leve forcejeo, desistiendo ante la oposición de la víctima".

Carretero apreció los "mínimos indicios" suficientes para que Errejón sea juzgado por un presunto delito de abuso sexual anterior a la ley de solo sí es sí de 2022, que no estaba vigente en el momento de los hechos y calificó esos actos de agresión sexual, con una mayor pena.

"No existiendo testigos presenciales de los hechos y contando con algunos testimonios de referencia y pruebas periciales, el principal indicio probatorio es la declaración de la perjudicada", dijo el juez, que afirmó que no puede suplantar al órgano de enjuiciamiento al existir tanto datos a favor de la versión de Mouliaá como de Errejón.

El instructor se basó en la declaración de Elisa Mouliaá, que "no ha sido totalmente desvirtuada por la versión del investigado".

Para la denunciante, los besos y tocamientos fueron realizados sin su consentimiento. Errejón admitió esos actos, pero ha negado que fueran sin el consentimiento de la actriz.

Respecto al retraso de tres años en denunciar los hechos, el instructor aceptó la versión de Mouliaá: "Tardó en denunciar, como ella dijo, por miedo ante la personalidad del denunciado" y "lo hizo más tarde cuando vio que otras mujeres comentaban en medios hechos semejantes".

El recurso de Errejón

Tras la decisión del juez Carretero, la defensa de Errejón pidió a la Audiencia Provincial de Madrid revocarla bajo el argumento de que en el testimonio de la Mouliaá no hay indicios de delito y sí un relato "inventado" de la denunciante que el juez ha creído "a pies juntillas", tras una denuncia de la actriz cuyo único fin fue "obtener una notoriedad e ingresos de los que carecía".

A lo largo de un extenso recurso de 70 folios la defensa de Errejón argumentó "la inexistencia de indicios racionales de haberse perpetrado el hecho" que se le imputa, e incide en que la declaración de la denunciante "no reúne los requisitos jurisprudencialmente exigidos" para seguir la causa, porque queda desvirtuada por varias pruebas "ignoradas por el instructor".

"Si el juez (...) cree a pies juntillas a la denunciante, y no lo que han declarado de forma uniforme, coincidente y sin contradicciones los testigos presenciales e imparciales, que la desmienten íntegramente, entonces todos habrían cometido un falso testimonio excepto la señora Mouliaá", dice el recurso, que añade que la decisión del magistrado "no tiene lógica alguna".

Para la defensa "es evidente que el único ánimo que ha movido a la señora Mouliaá a denunciar a una persona de la relevancia pública del señor Errejón ha sido obtener una notoriedad e ingresos de los que carecía hasta ese momento, después de varios años sin trabajar, aprovechándose del impacto mediático de la dimisión" de Errejón el 24 de octubre de 2024, justo tres años después de la presunta agresión.