Álvaro García Ortiz.
El fiscal general pide al TS que le exima de pagar la fianza dada su condición de funcionario de un órgano constitucional
Un recurso de la Abogacía del Estado solicita, de forma subsidiaria, una disminución de la cuantía al sostener que el entorno de la pareja de Ayuso contribuyó a que se le considere un "defraudador confeso".
Más información: El juez Hurtado rectifica y rebaja a la mitad la fianza del fiscal general de Estado de 150.000 a 75.000 euros
La Abogacía del Estado recurrió ayer la fianza de 75.000 euros impuesta por el juez del Tribunal Supremo Ángel Hurtado al fiscal general, Álvaro García Ortiz. La caución persigue asegurar las eventuales responsabilidades pecuniarias que puedan derivarse del juicio que espera al máximo responsable de la Fiscalía por un supuesto delito de revelación de secretos.
La Abogacía del Estado, que defiende a García Ortiz, pide a la Sala de Apelación que le exima de pago de la fianza. Se apoya en la Ley de Asistencia Jurídica al Estado, en la que se indica que "el Estado, sus organismos autónomos (...) y los órganos constitucionales estarán exentos de la obligación de constituir los depósitos, cauciones, consignaciones o cualquier otro tipo de garantía previsto en las leyes".
El magistrado Hurtado fijó inicialmente en 150.000 euros la fianza que debía ser depositada por García Ortiz, que, de hecho, ya ha presentado un aval hipotecario sobre un inmueble de su familia para atender el requerimiento del instructor.
El instructor rebajó después la fianza a 75.000 euros por la necesidad de descontar el afianzamiento de la pena de multa que correspondería al delito del que García Ortiz es acusado.
El fiscal general irá a juicio en los próximos meses por haber filtrado a la prensa, supuestamente, datos tributarios del empresario Alberto González Amador, que es pareja de Isabel Díaz Ayuso, presidenta de la Comunidad de Madrid.
González Amador, que pide para García Ortiz cuatro años de prisión, entre otras penas, reclamó una fianza de 400.000 euros. Pero la defensa del fiscal general apela al asentado criterio judicial de que los funcionarios que acepta representar la Abogacía del Estado no tienen que prestar fianza.
Según fuentes jurídicas, el recurso también combate el argumento del instructor sobre la fijación de la cuantía de la fianza teniendo en cuenta los perjuicios morales causados a la pareja de Ayuso al ser difundido un correo que su abogado dirigió a la Fiscalía de Delitos Económicos admitiendo que "ciertamente, se han cometido dos delitos contra la Hacienda Pública".
Para Hurtado, la "difusión indiscriminada" de ese correo tras ser filtrado, supuestamente, por el fiscal general ha dado pie a que a Alberto González Amador "se le considere un delincuente o defraudador confeso, sin serlo, con el daño reputacional que ello conlleva, al no haber recaído sentencia condenatoria que lo declarase".
El recurso pone en cuestión que los supuestos daños morales para el novio de Ayuso sean fruto de la difusión del correo electrónico que escribió su defensor.
Subraya, a este respecto, que el propio entorno del empresario y de la presidenta madrileña contribuyó a que se pueda considerar a González Amador un "defraudador confeso" al difundir a determinados medios e incluso en redes sociales que se quería llegar a un acuerdo de conformidad con la Fiscalía, lo que implica admitir el fraude fiscal que supuestamente cometió, aunque ese acuerdo se habría frustrado "por órdenes de arriba".