El fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, el pasado 5 de septiembre.

El fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, el pasado 5 de septiembre. Europa Press

Tribunales

El juez Hurtado rectifica y rebaja a la mitad la fianza del fiscal general de Estado de 150.000 a 75.000 euros

Toma la decisión después de que García Ortiz haya depositado la fianza de 150.000 € avalada con parte de su patrimonio al no disponer de dinero en metálico

Más información: El fiscal general recurrirá la fianza de 150.000€ mientras el Gobierno le alienta a seguir en el cargo estando en el banquillo

S. D.
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Actualizada

El fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, ha depositado este martes la fianza de 150.000 euros que le impuso el magistrado del Tribunal Supremo Ángel Hurtado con vistas al juicio por la filtración de información sobre el caso de fraude fiscal de Alberto González Amador, pareja de Isabel Díaz Ayuso.

Tras este depósito, el magistrado del Tribunal Supremo Ángel Hurtado ha corregido la cuantía de la fianza rebajándola desde los 150.000 euros iniciales -que incluían todas las posibles responsabilidades pecuniarias, tanto indemnización como multa- hasta los 75.000 euros, pero sin tener en cuenta la eventual multa porque, según doctrina constitucional, supondría anticipar una condena.

Fuentes jurídicas informan de que el fiscal general ha cubierto la fianza con parte de su patrimonio, puesto que no disponía de tal cantidad de dinero en metálico.

Ahora, el alto tribunal deberá corroborar que esos bienes alcanzan a avalar la fianza, dispuesta para hacer frente a las responsabilidades pecuniarias que se puedan derivar, como costas o la multa contemplada para el delito de revelación de secretos.

Con todo, el fiscal general tiene previsto recurrir la fianza ante la Sala de lo Penal porque considera esa cantidad excesiva.

Fuentes consultadas por Europa Press indican que, desde que se conoció la fianza impuesta al fiscal general del Estado, numerosas personas -familiares, amigos, compañeros y ciudadanos anónimos- se han ofrecido a colaborar en el pago de la misma.

Sin embargo, García Ortiz no ha querido implicar a nadie, aunque agradece las muestras de cariño y solidaridad.

El juez Hurtado rectifica

El magistrado de la Sala Segunda Ángel Luis Hurtado ha acordado rebajar de 150.000 a 75.000 euros la fianza impuesta al fiscal general del Estado para asegurar responsabilidades pecuniarias tras abrir juicio oral contra él por un presunto delito de revelación de secretos en un auto dictado el pasado 9 de septiembre.

El instructor no incluye en la nueva cuantía la partida por la eventual multa para ese delito que se pudiera imponer al investigado y que sí había incluido en el cálculo inicial.

Hurtado, en su resolución, explica que la acusación particular, en nombre de Alberto González Amador, ha presentado recurso de reforma contra el auto de apertura juicio oral, en el que solicita que se corrija el error material de integrar la multa contemplada para el delito de revelación de secretos en el cálculo de los 150.000 euros establecidos inicialmente. Además, hace referencia para corregir el error a la doctrina del Tribunal Constitucional.

El instructor indica que en este auto, notificado hoy, no responde a dicho recurso de reforma, porque el trámite para ello está en curso, pero afirma que sí ha introducido un elemento que no fue tenido en cuenta cuando se fijaron esos 150.000 euros y, “puesto que tiene repercusión favorable al acusado, no es cuestión de esperar más tiempo y prolongar la decisión sobre este particular, por cuanto que, aun sin necesidad de recurso, el propio juez, de oficio, puede hacer modificación en la cantidad, en función de las circunstancias que se le presenten”.

Añade que su resolución se limita a hacer la rebaja “que entiendo oportuna en atención a esa nueva circunstancia, dejando para el debate del recurso el resto de las consideraciones sobre los demás particulares, en particular el relativo a la cuantía por responsabilidad civil ‘

Hay que recordar que González Amador presentó un recurso contra la decisión del magistrado al considerar que no puede ser inferior a 300.000 euros porque "jamás ha existido en nuestro sistema jurídico y constitucional una vulneración de los derechos fundamentales de un ciudadano tan intensa, lesiva y significativa derivada del comportamiento del entonces fiscal general".

Por tanto, "siendo la lesión continuada y actualizada diariamente con la intensidad propia del relato político que persigue desde su origen, la indemnización de los continuos perjuicios morales no debe valorarse en un importe inferior a 300.000 euros".