Pedro Sánchez, durante la comparecencia que motivó el último expediente abierto por la Junta Electoral Central, el pasado 19 de diciembre./ Europa Press
Sánchez no reconoce su falta pero paga 2.400€ de multa por lanzar mensajes partidistas en plena campaña extremeña
Tras el abono voluntario de la sanción, la Junta Electoral Central archiva el expediente abierto el pasado diciembre, que le convirtió en el presidente de la Democracia más expedientado por infringir la normativa electoral.
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La Junta Electoral Central ha archivado el expediente abierto al presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, el pasado 19 de diciembre por vulnerar su deber de neutralidad política en un acto institucional celebrado en el palacio de la Moncloa en coincidencia con la campaña de los comicios autonómicos en Extremadura.
El archivo del expediente se debe a que Sánchez, en un gesto inédito, ha procedido al pago voluntario de una sanción de 2.400 euros antes de que recaiga una resolución que, previsiblemente, le iba a ser desfavorable.
El presidente del Gobierno ya ha sido sancionado en tres ocasiones por la Junta Electoral Central (en enero de 2020, octubre de 2023 y julio de 2024) por un importe total de 4.200 euros de multa, siempre por infringir el artículo 50.2 de la ley electoral.
Este precepto establece que, desde la convocatoria de unas elecciones y hasta la celebración de las mismas, "queda prohibido cualquier acto organizado o financiado, directa o indirectamente, por los poderes públicos que contenga alusiones a las realizaciones o a los logros obtenidos (...)".
En el caso del último expediente sancionador, la Administración electoral consideró que las manifestaciones que hizo el jefe del Ejecutivo el pasado 15 de diciembre, durante la presentación en la Moncloa del informe Cumpliendo, podrían entrar en el ámbito de aplicación del artículo 50.2 de la ley electoral.
A seis días de los comicios extremeños, Sánchez dijo en ese acto institucional, presentado como una "rendición de cuentas" de los últimos seis meses de gobierno, que PP y Vox representan la "oposición más estéril, destructiva y más ultra de los últimos tiempos".
Atribuyó a campañas de "acoso personal, mentiras y fango" los casos de corrupción y acoso sexual que le han estallado al PSOE.
Y presumió de los "fantásticos datos macroeconómicos" para concluir que "este Gobierno le sienta bien a España".
"No hay más que ver cómo están los restaurantes, los bares o las salas de teatro", para comprobar la situación boyante de los españoles, gracias a la acción de su Gobierno", dijo.
En el acuerdo por el que incoó el expediente sancionador, la Junta Electoral Central argumentó que "cabe apreciar que estas manifestaciones podrían incurrir en la prohibición" establecida en el artículo 50.2.
Y ello en la medida en que el presidente del Gobierno "no se limitó a comunicar extremos relativos a la rendición de cuentas prevista para el acto convocado, sino que realizó también una serie de apreciaciones críticas de la actuación de los líderes destacados de otros partidos políticos, así como de la política seguida por las comunidades autónomas gobernadas por los partidos de la oposición".
La JEC recordaba que las prohibiciones del artículo 50 de la ley electoral "van dirigidas a todos los poderes públicos, al margen de que sus titulares sean o no candidatos en las elecciones convocadas".
"Frente a lo que la representación del presidente del Gobierno aduce", añadía, "éste puede ejercer libremente su derecho fundamental a la libertad de expresión y opinión, y realizar una crítica de la actuación de otros partidos políticos. Pero no puede hacerlo prevaliéndose de la utilización de los medios públicos de los que dispone en razón de su cargo público".
En ese acuerdo, la JEC informaba al expedientado de que podía proceder al pago voluntario de la sanción "en cualquier momento anterior a la resolución del expediente".
En ese caso, debía abonar la cantidad de 2.400 euros, "si bien su efectividad estará condicionada al desistimiento o renuncia de cualquier acción o recurso en vía administrativa contra la sanción".
A esa reducción de la sanción -que podía haber llegado a 3.000 euros- se le hubiera podido acumular otra "siempre que el reconocimiento de la responsabilidad se ponga de manifiesto dentro del plazo concedido para formular alegaciones a la apertura del procedimiento".
En el caso de haberse aplicado la doble reducción, la sanción habría quedado en 1.800 euros. Pero para ello Sánchez tendría que haber asumido que infringió la normativa electoral, lo que no ha hecho.