El exsecretario de Organización del PSOE Santos Cerdán a su llegada a declarar en el Supremo el pasado 30 de junio.

El exsecretario de Organización del PSOE Santos Cerdán a su llegada a declarar en el Supremo el pasado 30 de junio. Europa Press

Tribunales

El juez niega "la más mínima apoyatura" a un supuesto "complot" contra Cerdán y rechaza que testifique la UCO

El instructor del Supremo rechaza las diligencias pedidas por el exdirigente socialista con la intención de poner en cuestión la validez de los audios incautados a Koldo García.

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El juez del Tribunal Supremo Leopoldo Puente ha rechazado las diligencias pedidas el pasado 8 de septiembre por el exsecretario de Organización del PSOE Santos Cerdán y con las que pretendía poner en cuestión la investigación de la UCO sobre la presunta trama de corrupción en la que se le atribuye un papel directivo.

El instructor califica de "imprecisas e indefinidas" las "conjeturas" de la defensa sobre el amaño de los audios que incriminan a Cerdán.

Conjeturas que, "si han sido bien comprendidas por este instructor", dice, "pasarían por considerar que Cerdán resulta ser víctima aquí de un siniestro complot, se desconoce orquestado por qué persona o personas en concreto, aunque parece que la parte lo atribuye a indeterminados miembros de la Guardia Civil actuando, según creo entender, de consuno con Koldo García".

Ese "complot" tendría su causa, según la defensa, en el supuesto rechazo que "a dichas indeterminadas personas o colectivos les produciría la actuación política de Cerdán".

La defensa de Cerdán aludía en su escrito a que consideraba necesario "dilucidar las circunstancias y naturaleza de la investigación para evitar cualquier hipotética desviación de poder de la Policía Judicial".

Y aventuraba la tesis es que los audios que constituyen por ahora el principal elemento incriminatorio contra Cerdán, al que se escucha hablando del reparto de comisiones con el exministro José Luis Ábalos y su asesor Koldo García, no fueron grabados por este último.

"Pero en el caso de que lo hubiera sido, es evidente que lo habría hecho bajo la dirección policial y, por tanto, sería una prueba absolutamente nula", afirmaba la defensa.

Subrayaba, en este sentido, que Koldo García fue "colaborador" de la Guardia Civil.

Según indicaba, "lo único que a día de hoy sabemos sobre dichos audios es que se obtienen a través de teléfonos que han sido proporcionados por un comandante de la Guardia Civil investigado en la causa, Rubén Villalba".

El instructor del Supremo desmiente este extremo: los dos teléfonos IPhone (además de una grabadora) en la que se encontraron los audios "nada tienen que ver con los que pudiera haber facilitado Rubén Villalba a Koldo García".

Uno de ellos "al menos" le habría sido facilitado por el constructor José Ruz, lo que éste ha reconocido en el Supremo.

Puente manifiesta que "entiende" que la defensa cuestione la autenticidad de esos audios. Por ello, explica, encargó el pasado 17 de julio una prueba pericial para saber si están manipulados o si proceden de otros dispositivos.

"Procede aguardar el resultado de la pericia", señala.

Mientras tanto, considera que las declaraciones de los investigadores de la UCO y de Villalba no son precisas para esclarecer los hechos que se atribuyen a Cerdán.

Por lo que respecta al comandante Villalba, los hechos por los que es investigado en la Audiencia Nacional "ninguna relación guardan, mínimamente justificada en este momento, con los que constituyen el objeto de esta causa"

En cuanto al testimonio de los miembros de la Policía Judicial que investigan a Cerdán, el juez recuerda que el informe del pasado 5 de junio "detalla con precisión" las fuentes de información y precisa "las razones -que evidentemente pueden o no ser compartidas- sobre las que descansan sus conclusiones".

Puente también rechaza reclamar a RTVE una entrevista en la que Koldo García afirmaba que él no grabó los audios que incriminan a Cerdán, algo que que nunca ha dicho en sede judicial.

Aforados

Tampoco acoge la propuesta de que la UCO "identifique a los aforados que investiga" y se comunique al Congreso que "un número indeterminado de aforados están siendo investigados sin haber sido solicitado el pertinente suplicatorio", en palabras de los abogados del exnúmero 3 del PSOE.

"Parece erigirse aquí la defensa de Cerdán, más allá de sus propios y particulares intereses, en paladín de los derechos parlamentarios de terceros o, más genéricamente, del adecuado funcionamiento de la estructura constitucional", responde el magistrado Leopoldo Puente.

Aclara que la resolución en la que el pasado 4 de febrero ordenó que se averiguase si en los teléfonos de Víctor de Aldama había comunicaciones con Cerdán o Ángel Víctor Torres (como el empresario afirma) "no comporta la existencia de investigación alguna respecto de personas aforadas".

Recuerda que el Tribunal Supremo ha establecido que la autorización a las Cámaras para proceder contra un aforado "solo deberá ser solicitada a partir de la constatación de ciertos indicios de criminalidad de suficiente consistencia" y "no sobre la base de simples afirmaciones de particulares o publicadas en los medios de comunicación sin ninguna otra clase de apoyo o corroboración".

La tesis de la defensa de considerar una investigación prohibida cualquier actuación judicial encaminada a confirmar o descartar las manifestaciones de un investigado sobre un aforado "estaría
llamando, de facto, no a un razonable entendimiento del régimen de inmunidad parlamentaria sino a una completa e infranqueable inviolabilidad personal para los diputados y senadores", afirma.

"No se podría investigar (solicitar la correspondiente autorización a la Cámara) sin la existencia de previos indicios mínimamente sólidos; y esos indicios, obviamente, nunca se podrían obtener sin investigar, explica.

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