Con el agua al cuello.

Con el agua al cuello. Tomás Serrano

Tribunales

El fiscal general recurrirá la fianza de 150.000€ mientras el Gobierno le alienta a seguir en el cargo estando en el banquillo

García Ortiz pedirá una rebaja de esa cuantía, que el instructor ha fijado ponderando un criterio -la petición de pena de multa- que el TC considera contrario a la presunción de inocencia.

Más información: El Tribunal Supremo abre juicio oral contra el fiscal general y le impone una fianza de 150.000 euros

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El magistrado del Tribunal Supremo Ángel Hurtado acordó ayer abrir juicio oral contra el fiscal general, Álvaro García Ortiz, que será juzgado en los próximos meses por un supuesto delito de revelación de secretos. Se le atribuye haber filtrado a la prensa datos tributarios sensibles de la pareja de Isabel Díaz Ayuso, presidenta de la Comunidad de Madrid.

No por esperada la decisión ha dejado de causar impacto, sobre todo por la elevada cuantía de la fianza cautelar acordada, y de generar el habitual enfrentamiento político entre el Gobierno y el PP.

La resolución del instructor se conoció durante la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros. La portavoz del Gobierno, Pilar Alegría, repitió la ya conocida postura de que el Ejecutivo "mantiene la confianza en el fiscal general del Estado y en su inocencia".

"Ha defendido la verdad y ha perseguido el delito", ha añadido la ministra portavoz.

El líder de la oposición, Alberto Núñez Feijóo, reaccionó con un mensaje en redes sociales en el que manifestó que "la degradación institucional a la que Pedro Sánchez somete a nuestro país es insoportable".

"Si el PSOE no exige la dimisión de Álvaro García Ortiz le acompañará hasta el banquillo", añadió el presidente del PP.

"Procesado su fiscal y su hermano, teniendo en prisión a su número dos en el partido, e imputados su mujer y su ex mano derecha, es evidente que la limpieza de este país pasa por cambiar al presidente del Gobierno. Y lo haremos", indicó Feijóo.

La defensa del fiscal general, que ejerce la Abogacía del Estado, recurrirá la imposición de la fianza para intentar lograr que, al menos, se reduzca y García Ortiz pueda evitar el embargo de sus bienes, particularmente de su vivienda. La fianza impuesta, 150.000 euros, supera en mucho el sueldo anual de Garcia Ortiz (unos 133.000 euros).

La fianza es una exigencia legal: "cuando del sumario resulten indicios de criminalidad contra una persona, se mandará por el Juez que preste fianza bastante para asegurar las responsabilidades pecuniarias que en definitiva puedan declararse procedentes", dice la Ley de Enjuiciamiento Criminal.

El criterio tradicional es incluir en el concepto "responsabilidades pecuniarias" las derivadas de la responsabilidad civil y de la pena de multa.

Así lo ha hecho Hurtado, que en la resolución dictada ayer señala que, junto a la responsabilidad civil, "hay que tener en cuenta el alcance de otras responsabilidades pecuniarias que pudieran derivarse, como costas o la multa contemplada para el delito de revelación de secretos".

Pero una reciente sentencia de la Sala Segunda del Tribunal Constitucional, dictada el 19 de junio de 2023 con ponencia del magistrado César Tolosa, ha declarado contrario a la presunción de inocencia que los jueces cuantifiquen las fianzas "en atención a la pena de multa interesada por la acusación particular".

El pago de esa fianza, explica el TC, "obliga a adelantar [el pago de la multa] al acusado, causando una restricción temporal de poder de disposición sobre sus bienes" y "anticipa una pena que no ha sido declarada en sentencia".

La acusación particular, que ejerce el empresario Alberto González Amador, pareja de la presidenta madrileña, pide para García Ortiz cuatro años de prisión, suspensión de empleo, inhabilitación para el cargo de fiscal general, una multa de 108.000 euros y otros 300.000 euros de responsabilidad civil.

Esta última cantidad responde a la indemnización por perjuicios morales que el novio de Isabel Díaz Ayuso dice haber padecido por la filtración de un correo electrónico que su abogado envió a la Fiscalía admitiendo que "ciertamente se han cometido [por parte del empresario] dos delitos contra la Hacienda Pública".

El instructor del Tribunal Supremo considera que "hay razones" para una indemnización por perjuicios morales.

"El reconocimiento de los hechos que se hace en el correo [filtrado a la prensa] y su difusión indiscriminada por persona ajena y no autorizada, y tan relevante, como es el fiscal general del Estado, ha dado pie para que se generalizara en determinados medios y ámbitos que a Alberto González Amador, se le considere un delincuente o defraudador confeso, sin serlo, con el
daño reputacional que ello conlleva, al no haber recaído sentencia condenatoria
que lo declarase", afirma Hurtado.

A su juicio, el rechazo por otra Sala del Supremo (la Primera) de la demanda que González Amador interpuesto contra la vicepresidenta María Jesús Montero por llamarle delincuente confeso "no es ese el marco desde el que han de contemplarse los efectos de la filtración del contenido del referido correo de 2 de febrero de 2024 a los medios".

Y ello porque, según el juez, esa filtración "ha sido base para la formación de una generalizada opinión pública, que considera culpable de un delito a quien no lo es, quedando con ello afectada
su honorabilidad y su reputación social".

No obstante, el propio Hurtado admite que, "sin perjuicio de las dificultades que entraña compensar en metálico un daño moral, que en el caso no es poco, dicha cantidad [300.000 euros] se considera excesiva".

Por ello pondera también la petición de pena de multa (108.000 euros más), un criterio que, sin embargo, el TC ha rechazado.

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