Esposas y fusta para prácticas BDSM.

Esposas y fusta para prácticas BDSM. iStock

Tribunales

Estrasburgo condena a Francia por validar un contrato BDSM entre "amo y perra" tras el cual la mujer acabó en un psiquiátrico

La Justicia gala acabó absolviendo al varón, ya que la mujer, que denunció "prácticas sexuales forzadas", habría rubricado el polémico acuerdo.

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El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) ha condenado a Francia por validar un contrato de prácticas sadomasoquistas firmado por un varón, autodenominado como "amo" y una mujer ("perra").

Ella, tras una relación con él en la que, según aseguró, sufrió prácticas sexuales no siempre consentidas, acabó internada temporalmente en un psiquiátrico.

Los dos firmantes del contrato, además, eran compañeros de trabajo en un hospital galo. Él, quien responde a las siglas K. B., de hecho, era el superior de ella, identificada como E. A.

La Justicia francesa, tras analizar la causa judicial iniciada con una denuncia de la mujer, concluyó que con el hecho de haber firmado dicho acuerdo "amo-perra", la mujer daba su consentimiento a las prácticas sadomasoquistas.

Ahora bien, el TEDH, con sede en Estrasburgo, recuerda en una sentencia, fechada este jueves y consultada por EL ESPAÑOL, que el consentimiento sexual nunca es permanente ni definitivo. Por lo que un contrato como éste no tiene validez.

"Ninguna forma de compromiso pasado, incluso por escrito, es susceptible de constituir un consentimiento actual a determinada práctica sexual, ya que el consentimiento es, por naturaleza, revocable", expresa el fallo.

A ojos del TEDH, el "contrato amo-perra" constituye, "claramente, uno de los instrumentos de control coercitivo" implementados por el hombre sobre la mujer, quien, además, instó a "renegociarlo" en varias ocasiones.

Debido a la denuncia de E. A., en primera instancia, K. B. fue condenado. No obstante, recurrió y el Tribunal de Apelación de Nancy optó por absolverle en 2021.

Así, la mujer, que defendió haber sido víctima de "prácticas sexuales forzadas", elevó su caso ante el TEDH, apoyada por la Asociación Europea contra la Violencia a las Mujeres (AFVT).

Ahora, Estrasburgo impone a Francia el pago de una indemnización de 20.000 euros por los daños morales ocasionados por su Justicia a la víctima, así como 1.503,77 euros por costas judiciales.

El contrato

La sentencia del TEDH recoge las cláusulas del polémico contrato. Por ejemplo, concedía al denominado "amo" el derecho a elegir la ropa interior o el maquillaje de la sumisa.

También podía hacer comer a la mujer de un cuenco ubicado a los pies de la cama del hombre. E. A., además, debía orinar con la puerta abierta, a fin de que el varón "escuche el pipí al menos una vez al día".

El "amo" también podía propinar azotes en las nalgas a la mujer si ésta no cumplía lo pactado.