
Imagen de archivo de varios ciudadanos en la Plaza de Tiananmen, en Pekín.
España niega una extradición a China: prevé que Pekín torture a un empresario al que acusa de quedarse 15 millones de euros
El abogado del reclamado defiende que es un caso de "criminalización de la deuda": maniobras del Gobierno chino de quedarse con empresas boyantes.
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La Audiencia Nacional ha denegado a China la extradición de un directivo acusado por Pekín de haberse quedado con 15 millones de euros a través de una compañía participada por el Gobierno de Xi Jinping.
La Sala de lo Penal prevé, tal y como señala en una resolución, que es probable que el régimen chino torture a este empresario si es entregado y/o que no se respeten sus derechos si acaba en una cárcel o un centro de detención de su país.
Por eso, entre otros motivos, la Audiencia Nacional ha denegado la extradición, que, no obstante, la Fiscalía sí apoyaba.
La Sala subraya "la situación general de violencia de los centros de detención y cumplimiento en China", tal y como constata el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH).
El TEDH, de hecho, exime a quien alegue esta circunstancia de tener que demostrar "motivos personales concretos de temor". La Sala recuerda que "basta con que pruebe que, en caso de extradición a dicho Estado [China], será internado en uno de esos centros" y existirá ese "riesgo".
En concreto, considera el tribunal "que puede razonablemente inferirse", en el caso específico de este empresario reclamado por China, que sus derechos serán vulnerados si se le extradita.
El Gobierno del gigante asiático le reclamaba por el equivalente, en España, al delito de apropiación indebida.
Este directivo fue detenido en España en enero del año 2022, en virtud de la orden de detención cursada por la Fiscalía Popular del Distrito de Xicheng, de la ciudad de Pekín.
En su petición dirigida a las autoridades españolas, el régimen chino le acusa de haberse quedado con millones de yuanes de un negocio, a través de una compra de acero efectuada por su empresa, también participada (al 43%) por el propio Ejecutivo chino.
Ahora bien, además de alegar el riesgo que supone su entrega, su defensa, ejercida por Luis Chabaneix —fundador del despacho Chabaneix Abogados, expertos en extradiciones— negó estos hechos y se opuso a la extradición.
En concreto, el letrado defendió que las operaciones comerciales por las que se reclama a su cliente "no tienen por objeto el enriquecimiento" ni la ocultación de fondos, sino que fueron "préstamos entre sociedades vinculadas con obligación de devolución".
"Criminalización de la deuda"
Chabaneix también señaló que su cliente chino ha sufrido un caso de "criminalización de la deuda".
¿Qué significa esto? Según explica el letrado en conversación con este diario, "el Estado chino parece haber encontrado una salida parcial a sus problemas económicos, mediante una política de ventas forzosas de sociedades creadas por emprendedores chinos, que arrojan beneficios, al propio Estado chino".
"Como quiera que, según su legislación, la República Popular es parte necesaria del capital de dichas sociedades, la forma de hacerlo es mediante una venta más o menos obligada de la mayoría del capital en manos privadas", expone.
"Una vez se acuerda el precio de la participación mayoritaria, el Estado chino se la adjudica, pero nunca llega a pagar el precio acordado, en cuanto que, sistemáticamente, abre procedimientos penales por supuestas actividades delictivas ocurridas durante la gestión del empresario, como fórmula ideada para no pagar lo debido y adjudicarse la sociedad sin coste alguno", concluye.
En efecto, como recuerda la Sala de lo Penal, existe una sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos que condenó a Polonia por acordar la extradición a China de un ciudadano, pese al riesgo sistemático de torturas en todos los centros de detención y establecimientos penitenciarios del país asiático.
España, no obstante, sigue realizando entregas de ciudadanos a China. Tanto es así que la Fiscalía la apoyaba en este caso.
Diversos organismos y organizaciones (el Comité de las Naciones Unidas contra la Tortura, el Departamento de Estado de EEUU, Amnistía Internacional, Human Right Watch, Freedom House...) alertan de estas prácticas en las cárceles chinas.
Entre otros métodos de tortura, diversos informes, algunos basados en testimonios de reclusos, se mencionan golpes, violaciones con objetos, descargas eléctricas, la obligación de sentarse en taburetes durante horas, colgados de las muñecas, privación de sueño, medicación forzada...
"Incluso países cuyo respeto de los derechos humanos es francamente mejorable solicitan entregas extradicionales, lo que viene favorecido por una cierta tendencia a la automaticidad que se observa en la aceptación previa que hace Interpol de las peticiones de detención que se cursan por dichos países", advierte Chabaneix en conversación con este periódico.
"Si existiera verdaderamente un buen filtro previo de dichas peticiones de detención a efectos de extradición y se rechazara su incorporación al fichero de solicitudes al que acceden todos los países miembros, Estados que vulneran derechos fundamentales no estarían en posición de presentar demandas de extradición, por la sencilla razón de que no serían capaces de localizar a sus fugitivos", plantea el letrado.
Según subraya, "exceptuando los países de órbita anglosajona, por su propio contexto legal", España es uno de los países que más tratados de extradición tiene firmados. Más de cuarenta, amén de los tratados multilaterales de extradición de los que forma parte.
"Cuando un país firma un tratado de extradición con otro, le está reconociendo un cierto nivel equivalente de protección de los derechos humanos y de respeto a los principios básicos del derecho a un proceso debido", explica el abogado.
"En este contexto, la regla general es la concesión de la extradición, incluso aun cuando esto pueda chocar, visto que países que no respetan los derechos humanos tienen tratados de extradición firmados con España. La posición inicial de la defensa, en uno de estos casos, parte de una situación de extraordinaria complejidad, pues tiene que luchar porque se aplique la excepción (la no entrega), frente a la regla general", analiza.
"Además, no es lo mismo una petición de entrega proveniente de países de nuestro entorno político, cultural y normativo que una solicitud de extradición proveniente de Estados que carecen de la más mínima afinidad normativa y tradición jurídica común", señala Chabaneix.