Santiago Santana, en una imagen de archivo.

Santiago Santana, en una imagen de archivo.

Tribunales

Absuelto el empresario Santiago Santana: el TSJ canario rechaza que se apropiara de un barco de Anfi del Mar

Fue condenado a un año de cárcel por la querella interpuesta por su hermano. Pero la Justicia concluye que la titularidad real de la embarcación "no es clara".

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El Tribunal Superior de Justicia de Canarias ha absuelto al empresario Santiago Santana y ha revocado la condena emitida en 2024 por la Audiencia Provincial de Las Palmas por un supuesto delito de apropiación indebida de un barco.

Su propio hermano se querelló en 2018 contra él, acusándole de haberse quedado con una embarcación de recreo registrada a nombre de Anfi del Mar SL.

Esta empresa familiar es una de las mayores compañías de timesharing (aprovechamiento por tiempo de inmuebles de uso turístico) de Europa.

Santana fue presidente y consejero delegado de esta mercantil hasta 2016, cuando cesó de su cargo debido a las disputas familiares.

En el juicio, celebrado en 2024, Santiago Santana manifestó que había comprado el barco en 2012 a una clienta de Anfi que tenía deudas por el impago de los gastos de atraque. Y que puso la embarcación a nombre de la compañía.

Sin embargo, el 2 de diciembre de ese año, el conocido empresario canario fue condenado a un año de cárcel por el delito de apropiación indebida.

No obstante, ahora, el Tribunal Superior canario estima íntegramente el recurso que presentó la defensa del empresario, ejercida por Business&Law, que asumió el caso en la fase de apelación.

El TSJ anula el fallo de la Audiencia y le exculpa del delito. También del pago de 42.000 euros (más intereses) al que fue obligado por el primer fallo.

Pagó los gastos del barco

La sentencia del órgano judicial superior concluye que Santana fue quien usó de manera habitual la embarcación y quien corrió siempre con todos los gastos de mantenimiento.

Así sucedió, de hecho, durante "nada menos" que los dos años posteriores a que el empresario abandonase Anfi del Mar SL. En efecto, la querella no se interpuso hasta 2018.

Tal y como expresan los magistrados, "no puede aceptarse que durante muchos años (especialmente, los dos últimos) la sociedad querellante [Anfi] haga dejación de los derechos de propiedad que dice que tiene sobre una embarcación de pesca deportiva, permitiendo su uso exclusivo y abono de gastos de mantenimiento por parte de un socio para, de repente, ex abrupto, defender la propiedad formal, que nunca había ejercido".

De hecho, el TSJ reprocha que Anfi del Mar SL no tratara de reclamar el barco por ningún método, ni siquiera informal, salvo a través de una querella por apropiación indebida.

"Sólo cuando se agudiza el enfrentamiento, en esos dos años más tarde, es cuando se interpone la querella que da origen a esta causa penal", señalan los magistrados.

"No existe suficiente seguridad para sentar la premisa básica del elemento objetivo del delito, que es, dicho en términos claros, sencillos y comprensibles, (...) que la embarcación sea propiedad de la sociedad querellante [Anfi del Mar SL]", concluye la nueva sentencia, que expresa que Santana "tenía la convicción de ser dueño" del barco.

La "titularidad real" de la embarcación "no es clara", según concluye ahora el Tribunal Superior de Justicia. Lo que sí expresan con rotundidad los jueces es que Santana no actuó con dolo, con la intención de quedarse con una propiedad a sabiendas de que no era suya. Y la concurrencia de este elemento es necesaria para condenar por apropiación indebida.

Traslado a Marruecos

Santiago Santana trató de regularizar la documentación del barco en Marruecos, país al que se trasladó, y registrarlo como suyo. También cambió su nombre (de Fénix Uno a Lery). Actualmente, ya no lo posee.

No obstante, como subraya la sentencia varias veces, fue él quien siempre abonó "los muchos gastos de mantenimiento" que tuvo el barco, de 12,5 metros de eslora, mientras le dio uso.

Estos múltiples pagos se derivaron de la revisión de los motores, la seguridad de la embarcación, la pintura repelente, la limpieza del interior y las "frecuentes" puestas a punto. Así lo acreditaron, además, miembros del personal del puerto en el que el barco estaba atracado.

El TSJ resalta la "solidez" del recurso, pese a la oposición de la Fiscalía al mismo.

El tribunal señala que el motivo de la controversia no es otro que "la titularidad real o material de la embarcación", que estaba inscrita en el Registro a nombre de Anfi del Mar SL.

Pero el registro formal, como indican los magistrados, no determina "la titularidad material, la condición de dueño de la cosa".

Por ello, debido a que este extremo no está claro, el TSJ anula la sentencia anterior y absuelve el empresario grancanario del delito de apropiación indebida.