Olga Tubau, abogada de Rubiales, durante la sesión del juicio de este jueves.

Olga Tubau, abogada de Rubiales, durante la sesión del juicio de este jueves.

Tribunales CASO RUBIALES

"No soy el jefe de Jenni", "no hubo deseo sexual", "el 'yo sí te creo' es creer sin demostrar": los pilares de la defensa de Rubiales

La Fiscalía pide un total de dos años y medio de prisión para el expresidente de la RFEF: 12 meses por agresión sexual y 18 más por coacciones.

Más información: La fiscal, sobre el beso de Rubiales a Jenni: "Lo vio el mundo entero. La humillación para la víctima es aún mayor"

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Que el beso "fue consentido" y que hay pruebas de ello. Que "no tuvo carácter sexual". Que él no es jefe directo de Jenni Hermoso y que jamás presionó u ordenó coaccionar a la jugadora.

Éstos son los principales pilares en los que se sostiene la tesis de defensa de Luis Rubiales. El expresidente de la Real Federación Española de Fútbol (RFEF) está siendo juzgado por el beso en la boca que dio en agosto de 2023 a Hermoso, futbolista de la Selección española.

Este polémico hecho se produjo durante la entrega de medallas tras la final del Mundial de Australia de ese año, en un estadio de Sídney. Por ello, al ocurrir fuera de España, ha sido investigado (y está siendo enjuiciado ahora) por la Audiencia Nacional, así como las supuestas coacciones posteriores hacia la jugadora.

Rubiales puede ser condenado por ambos delitos, por ninguno o sólo por uno de los dos. Se enfrenta a una pena máxima de dos años y medio de prisión.

Este jueves, en la (previsiblemente) penúltima sesión del juicio, fue el turno del informe final de su abogada. En su alegato, Olga Tubau, además, de los asuntos mencionados, propuso desterrar el lema Hermana, yo sí te creo de las causas penales por delitos sexuales, en las que, a veces, la propia letrada ejerce la acusación, al contrario que en este procedimiento.

"Si hay un espacio al que [este lema] no deba llevarse, es el de los tribunales, donde las penas se derivan no de lo creído, sino de los delitos demostrados", incidió Tubau.

"Ánimo libidinoso"

Mientras leía pausadamente varias decenas de folios escritos a mano y manejaba pósits, Tubau manifestó, tajante, que el beso que Rubiales dio a Hermoso no tuvo carácter sexual.

Ese ánimo libidinoso o lúbrico, esos deseos de satisfacer sus impulsos sexuales —sintagmas habituales en millares de sentencias sobre abusos, agresiones sexuales y violaciones— no son, sin embargo, obligatorios para que se produzca una condena. Basta con que el propio acto enjuiciado tenga, per se, un evidente carácter sexual.

Ahora bien, como relató la abogada, en este caso, es necesario analizar si se produce o no esta circunstancia. ¿Por qué? Dadas las dudas en el significado que sí puede tener un beso en los labios.

Jenni Hermoso y Luis Rubiales en el momento del beso durante la entrega de medallas del Mundial

Jenni Hermoso y Luis Rubiales en el momento del beso durante la entrega de medallas del Mundial Cordon Press

"La doctrina jurisprudencial lo que ha hecho es excluir la exigencia del ánimo libidinoso de los delitos sexuales porque no forma parte del tipo penal. Por consiguiente, se pone el acento en la objetividad de cualquier acción que represente un ataque a la libertad sexual de la víctima. Si esos actos, en sí mismos, tienen una inequívoca connotación sexual, es evidente que su autor conoce que podría afectar a esos valores [la libertad e indemnidad sexual]", ha indicado Tubau.

"Pero se recurre a ese elemento subjetivo ante conductas equívocas, ambiguas o susceptibles de arrojar dudas sobre su carácter sexual. Y los besos, como ha dicho el Supremo, se sitúan en esa zona de ambigüedad. Por tanto, los jueces tienen que indagar en la razón o móvil que originó esa conducta. Porque el beso puede ser un signo o muestra de afecto o de cercanía", ha precisado la letrada, tras mencionar varias sentencias recientes.

Rotunda, consideró que el beso de Rubiales a Jenni no tuvo carácter sexual. Además, como ya repitió una y otra vez su cliente desde el banquillo de los acusados, la abogada manifestó que "fue consentido". "Y hay pruebas de ello", defendió.

¿Cómo defiende Rubiales que Hermoso permitió el beso? Tanto durante este juicio como en la investigación de los hechos, un experto en lectura de labios constató que el directivo futbolístico sí pidió permiso. El perito, sordomudo de nacimiento, asegura que preguntó: "¿Te puedo dar un besito?".

Así lo concluyó tras analizar las breves imágenes del suceso, de apenas tres segundos, que, por contra, no muestran el rostro de Jenni. La deportista aparece de espaldas, frente a Rubiales.

"Los que no tenemos ni idea de lectura de labios vemos que los del señor Rubiales se mueven. Algo le dice. (...) Y nadie en un país mediterráneo pide permiso para un beso en la mejilla. Eso ocurrirá en Japón, donde se ha vetado casi todo contacto físico, pero esas condiciones son muy específicas...", comparó la letrada.

Pese a no verse el rostro de Hermoso, Tubau defiende que la futbolista sí dio su consentimiento. ¿Por qué? Durante un vídeo en directo en Instagram, grabado por Hermoso desde el vestuario, posterior al partido, la jugadora, como respuesta a otra compañera, menciona: "Pues vale".

La deportista Laia Codina —a la que Tubau afeó su "memoria selectiva"— aseguró en una sesión anterior del juicio que fue quien formuló la pregunta a Jenni. Lo hizo al escucharla hablar del beso en streaming

Codina aseguró que preguntó: "¿Qué haces?". Este jueves, Tubau manifestó que eso no tendría sentido. "Lo que se pregunta [a Jenni] es: '¿Qué has dicho?'. Y la respuesta es: 'Pues vale'", sostuvo Tubau este jueves.

"Si la respuesta es un 'pues vale', es obvio que sólo se puede referir a una respuesta dada a una pregunta previa, avalando así que hubo consentimiento", insistió la letrada.

"[Rubiales], como reconoció, metió la pata. ¿Estamos ante una conducta inadecuada? Sí. ¿Delictiva? No", concluyó su letrada. "El juicio moral no siempre tiene su equivalente en la parte especial del Código Penal", añadió. Este viernes, posiblemente, el caso Rubiales quedará visto para sentencia.

La entrevista y las coacciones

En la Cadena COPE, nada más terminar el partido, Jenni quitó hierro al beso. De hecho, bromeó sobre él. Cuando Juanma Castaño despide la conexión y le pregunta por la polémica que estaba arrancando en España, el locutor le dijo: "Un beso... en la mejilla, que no haya confusiones". Hermoso contesta: "¡Donde quieras!".

En el juicio, aseguró que lo hizo por sí misma y sus compañeras, por no opacar el triunfo. "Es muy difícil sostener que quien ha sido víctima de una agresión sexual haga bromas de la conduta constitutiva de esa agresión sexual. Es poco coherente con ese sufrimiento", indicó este jueves Tubau.

Sobre los intentos por parte de Rubiales y su entorno de que Hermoso grabase un vídeo junto a él para quitarle importancia al suceso, la letrada señaló que es lógico que el entonces presidente de la RFEF quisiera que la jugadora saliera en aquellas imágenes, debido al creciente escándalo y las graves acusaciones que ya se viralizaban. Jenni se negó a participar.

"Si se da una agresión sexual, ¿es suficiente con que el agresor sexual salga a pedir perdón para bajar la tensión? La respuesta es que no", planteó la abogada. "Coaccionar no es pedir ni ser pesado", descartó Tubau sobre el otro delito enjuiciado, el de supuestas coacciones.

Por su parte, desde el banquillo, el expresidente de la RFEF negó ser el jefe directo de Hermoso. "Su superior jerárquico es el seleccionador", manifestó. También aludió a la "gran amistad" que les unía hasta el suceso.

Este viernes, las defensas del resto de acusados proseguirán con la fase de informes finales durante la que se prevé que sea la última sesión. Jorge Vilda (el entonces seleccionador femenino, antecesor de Tomé), Rubén Rivera, exdirector de Marketing de la RFEF, y el exdirector deportivo de la Selección, Albert Luque, están acusados únicamente de coacciones. La Fiscalía pide para cada uno un año de cárcel, frente a los dos y medio que solicita para Rubiales.