
Autobús de campaña de Hazte Oír./
El juez que investiga al fiscal general rechaza que actúe en el proceso Hazte Oír: "Otra acción popular nada puede aportar"
En la causa contra García Ortiz ya intervienen cuantro acusaciones populares y el magistrado Ángel Hurtado no quiere una "merma de la agilidad".
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El magistrado del Tribunal Supremo Ángel Hurtado, instructor de la causa abierta al fiscal general por la supuesta filtración a la prensa de datos reservados de la pareja de Isabel Díaz Ayuso, ha rechazado la personación de la organización Hazte Oír al considerar que una nueva acusación popular -que sería la quinta- "nada puede aportar a la buena marcha del proceso" y, en cambio, mermaría su agilidad.
Hazte Oír, que está personada en las causas contra la esposa y el hermano del presideente del Gobierno, así como en el 'caso Koldo', entre otros, solicitó el pasado 15 de enero su intervención en el proceso contra Álvaro García Ortiz sin argumentar un interés específico sino solo que los delitos que se investigan "afectan seriamente a la confianza ciudadana" en las instituciones.
En este proceso, que comenzó en el alto tribunal hace más de tres meses, ya están personados como acciones populares el Colegio de Abogados de Madrid, la Asociación Profesional e Independiente de Fiscales, el sindicato Manos Limpias y la Fundación Foro Libertad.
Hay, además, una acusación particular ejercida por la pareja de la presidenta madrileña, el empresario Alberto González Amador.
En una resolución dictada hoy, el instructor ha rechazado la pretensión de la defensa, ejercida por la Abogacía del Estado, de unificar en una sola todas las acusaciones populares.
Ahora, en otra resolución, Hurtado ha denegado la personación de Hazte Oír indicando que "no cabe apreciar un interés diferente que el que pudiera quedar cubierto, en particular, por las acusaciones populares ejercidas por Fundación Foro Libertad y Alternativa y Sindicato Colectivo de Funcionarios Manos Limpias", tal como estas entidades han alegado.
Hurtado recuerda que ya el pasado 16 de diciembre decidió mantener separada la intervención de las acusaciones populares teniendo en cuenta dos criterios: por un lado, los corporativos propios del Colegio de Abogados y de APIF, y los de "carácter general" de Fundación Foro Libertad y Alternativa y Sindicato Colectivo de Funcionarios Manos Limpias.
"La razón por la que se mantuvo separada la personación de estas dos últimas fue debido a que no se consideró que la diferencia entre una o dos acusaciones que defendían iguales intereses generales, no era equiparable al caso de que existiera una diversidad mayor de acusaciones, que, por poder perturbar la buena marcha del proceso, recomendase su agrupación en una", añade
Esa misma razón le lleva a no autorizar la entrada de "ninguna otra acusación popular más que pudiera llevar a interferir en el proceso con ese eventual efecto contrario al que se pretendía evitar".
"Añadir una nueva asociación a las que ya están personadas, cuando no muestra intereses distintos a éstas, nada puede aportar a la buena marcha del proceso y sí, en cambio, contribuir a una merma de su agilidad, que considero que no se debe tolerar más allá de la permitida con la personación de dos", concluye.