Javier Zaragoza y Consuelo Madrigal, durante el juicio del 'procés'./

Javier Zaragoza y Consuelo Madrigal, durante el juicio del 'procés'./ Efe

Tribunales

El fiscal general avala mantener a Junqueras inhabilitado y la tesis más dura contra Puigdemont

Los fiscales del 'procés' recurrirán el nuevo auto de procesamiento dictado por el juez Llarena para que incluya el cargo de desórdenes públicos.

17 enero, 2023 02:45

El fiscal general, Álvaro García, ha dado este lunes el visto bueno al criterio de los cuatro fiscales de Sala encargados del 'procés' para que apuesten por la tesis acusatoria más contundente contra el expresidente catalán Carles Puigdemont y para que sostengan que el líder de ERC, Oriol Junqueras, debe seguir condenado por la modalidad más grave de malversación de dinero público.

En el caso de Puigdemont, el criterio del Ministerio Público significa que, además de la malversación grave, tendría que hacer frente al nuevo delito de desórdenes agravados introducido por el Gobierno en sustitución de la sedición, que ha sido eliminada del Código Penal.

Para Junqueras, esa misma combinación de delitos -malversación y desórdenes públicos- significaría que aún le quedaría una larga temporada inhabilitado, por lo que no podría concurrir a las próximas elecciones.

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Se trata, en todo caso, de un escenario penal más favorable para todos los implicados en el 'procés' debido a la reforma promovida por el Gobierno de Pedro Sánchez a petición de ERC.

Pero los fiscales pretenden que el beneficio que los encausados obtendrán con el cambio del Código Penal no suponga la práctica impunidad de los hechos relacionados con la celebración del referéndum de independencia prohibido por el Tribunal Constitucional y el Tribunal de Superior de Cataluña, los enfrentamientos con las Fuerzas de Seguridad o la movilización masiva para impedir los registros judiciales de la Consejería de Economía en el otoño de 2017.

Esa práctica impunidad sería, a su juicio, el resultado de la interpretación de la reforma que ha hecho el magistrado Pablo Llarena. El instructor del 'procés' en el Tribunal Supremo ha dictado un nuevo auto de procesamiento contra Puigdemont y otros prófugos por delitos de malversación grave y desobediencia (este último no tiene pena de prisión, sino multa e inhabilitación).

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Para Llarena, los hechos del auto de procesamiento que antes hubieran constituido una sedición no encajan en el nuevo delito de desórdenes públicos diseñado por el Gobierno.

Recurso

Los fiscales del 'procés' recurrirán en este punto la resolución de Llarena con el fin de que, a falta de la sedición, el procesamiento incluya al menos los desórdenes públicos (castigados con prisión de tres a cinco años e inhabilitación por el mismo tiempo) y no una simple desobediencia.

Fuentes del Ministerio Público recuerdan que Puigdemont fue inicialmente procesado por rebelión y por este delito -por el que se sentaron en el banquillo miembros de su Govern- se cursaron euroórdenes. "¿Cinco años después va a resultar que lo que el jefe tiene que afrontar es una desobediencia?", se preguntan.

Los fiscales de Sala Consuelo Madrigal, Javier Zaragoza, Jaime Moreno y Fidel Cadena harán valer también ese criterio en el caso de los líderes del 'procés' condenados en octubre de 2019 por sedición y malversación, que ahora serían, en la tesis del Ministerio Público, desórdenes públicos y malversación.

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Consideran que calificar como desobediencia los hechos declarados probados por la Sala Penal significaría, por ejemplo, la absolución directa de Jordi Sànchez y Jordi Cuixart, que fueron condenados por sedición.

Ninguno de los dos eran autoridad en el otoño de 2017, por lo que no les sería aplicable el delito de desobediencia. Éste castiga a "las autoridades o funcionarios públicos que se negaren abiertamente a dar el debido cumplimiento a resoluciones judiciales, decisiones u órdenes de la autoridad superior (...)".

No obstante, incluso si la Sala considerase aplicables los desórdenes públicos, la desaparición de la sedición va a tener como efecto automático que, en el caso de los Jordis, de Carme Forcadell o de los exconsejeros Forn y Rull, se tenga por extinguida la pena de inhabilitación. Ésta es la única sanción que ahora mismo están cumpliendo tras ser indultados, como todos los demás condenados, de la pena de prisión.

La expresidenta del Parlamento catalán cumple 11 años y medio de inhabilitación absoluta; Forn y Rull, 10 años y medio de la misma pena, y Sànchez y Cuixart, nueve años. Pero ésta es la inhabilitación correspondiente a la sedición, delito que ya no existe. Los desórdenes públicos diseñados por el Gobierno tienen un máximo de cinco años de inhabilitación, que todos ellos tendrían cumplidos dentro de pocos meses.

Distinto es el caso de Junqueras y de los exmiembros del Govern que, como él, fueron condenados por sedición y malversación (Dolors Bassa, Raül Romeva y Jordi Turull).

Las penas de 13 y 12 años de inhabilitación, respectivamente, que aún están cumpliendo podrán reducirse algo, pero no de forma significativa, si la Sala comparte la interpretación de Llarena sobre el mantenimiento de la malversación en su modalidad agravada de apropiación con ánimo de lucro.

Los fiscales del 'procés' están de acuerdo con esa tipificación y así lo manifestarán en las alegaciones que dirigirán a la Sala.

Objetivo político frustrado

La reforma del Gobierno favorable a los independentistas catalanes será, por tanto, acogida por los fiscales en cuanto a los desórdenes públicos pero contradicha en lo referido a la malversación de fondos.

El Ejecutivo había diseñado un nuevo tipo de malversación, mucho más benévolo (máximo de cuatro años de prisión y seis de inhabilitación), para que la financiación del 'procés' fuera considerada un simple "desvío presupuestario"·. Los fiscales no lo comparten.

El fiscal general, que este lunes se ha reunido con los cuatro fiscales de Sala, ha aceptado sin ningún problema su punto de vista, entre otros motivos porque quiere mantener la unidad de criterio en cuanto a la incidencia que tendrán en otros procesos penales los cambios introducidos en el delito de malversación.

García Ortiz quiere evitar una avalancha de revisiones o de acusaciones con menos pena como las que se están produciendo con los delitos sexuales a raíz de la 'ley de sólo sí es sí'. Ello pasa por mantener un criterio severo en el primer caso -sonado, además- en que se aplica la modificación de la malversación.