Oriol Junqueras interviene en un acto de ERC el pasado mes de octubre.

Oriol Junqueras interviene en un acto de ERC el pasado mes de octubre. Europa Press

Tribunales

El nuevo delito de malversación baja a 6 años la inhabilitación, lo que favorecería a Junqueras

El líder de ERC podrá ir a las elecciones catalanas de 2025 si la revisión del 'procés' limita la condena a la malversación, tras suprimirse la sedición.

12 diciembre, 2022 01:12

El nuevo tipo penal de malversación de fondos públicos que los grupos parlamentarios del PSOE y Unidas Podemos presentarán este lunes en forma de enmienda rebajará a un máximo de seis años la pena de inhabilitación para cargo público. Ello puede beneficiar, en particular, al presidente de ERC, Oriol Junqueras, que verá más cercana la posibilidad de volver a un puesto electivo.

La enmienda será introducida en la proposición de ley de modificación del Código Penal que suprime el delito de sedición, por el que fueron condenados los líderes del 'procés' en octubre de 2019. Cuatro de ellos (Junqueras y los exconsejeros Jordi Turull, Raül Romeva y Dolors Bassa) fueron condenados, además, por malversar fondos públicos.

La proposición de ley presentada el pasado 11 de noviembre no incluía ninguna reforma de este último delito. Pero la modificación de la malversación es una reclamación persistente de ERC, entre otros motivos porque con la sola supresión de la sedición puede arreglarse el futuro penal de Marta Rovira, pero no el de Junqueras ni tampoco el de cargos intermedios de la Generalitat como José Maria Jové y Lluis Salvadó implicados en la operación Anubis, pendiente de juicio.

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La nueva enmienda sobre la malversación, adelantada este domingo por La Vanguardia y cuya concreta redacción se conocerá este lunes, crea subtipo penal para sancionar la conductas de las autoridades o funcionarios que, sin ánimo de lucro, realicen un "desvío presupuestario irregular" de fondos "dentro de los arcas de la misma Administración pública" en la que sirvan.

La descripción del tipo penal está pensada para que se aplique a los hechos relacionados con el proceso independentista catalán de 2017, durante el que se destinaron fondos públicos a actuaciones al servicio de la secesión como el referéndum ilegal del 1-O o la difusión del 'procés' en el exterior a través de Diplocat.

El Gobierno quiere que esa utilización de fondos públicos siga siendo delictiva, pero con penas menos gravosas que las actuales, establecidas por una reforma del PP realizada en 2015.

Las penas vigentes por malversación de fondos que superen los 50.000 euros son de cuatro a ocho años de prisión e inhabilitación por tiempo de diez a veinte años.

El nuevo subtipo de malversación tendrá un máximo de prisión de cuatro años y un máximo de inhabilitación de seis años.

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Oriol Junqueras fue condenado a 13 años de prisión y 13 de inhabilitación absoluta por delitos de sedición y malversación en concurso medial (esta figura se aplica cuando una actuación delictiva constituye dos o más delitos y uno de ellos -en este caso, la malversación- es un medio imprescindible para cometer otro -en este caso, la sedición-).

Una vez que sea aprobada la reforma del Código Penal en ciernes, su situación puede verse notablemente mejorada en cuanto a la pena de inhabilitación, ya que la de prisión fue indultada en junio de 2021 por el Gobierno de Pedro Sánchez.

Revisión compleja

El Tribunal Supremo tendrá que revisar la condena del 'procés' a efectos de establecer la pena de inhabilitación que ahora corresponda a los afectados, que el Gobierno pretende que sea mucho menor a la actual.

Esa revisión es compleja, porque la Sala Penal deberá determinar si los hechos han quedado completa o parcialmente despenalizados; si, en caso de no haber quedado despenalizados, son aplicables o no el nuevo delito de desórdenes públicos agravados y el nuevo subtipo de malversación; y, una vez resueltos todos esos extremos, verificar, en su caso, cuál de los dos delitos es más grave para poder fijar la inhabilitación que lleve asociada.

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Tanto los nuevos desórdenes públicos agravados como el novedoso subtipo de malversación bajan notablemente la pena de inhabilitación, que se quedaría en 7-8 años en el primer caso y en seis años en el segundo.

En este último caso, Junqueras tendría cumplida la condena en julio de 2024, ya que fue suspendido en sus cargos públicos en julio de 2018, tras ser procesado por el juez Pablo Llarena. El presidente de ERC podría, así, concurrir a las próximas elecciones catalanas, previstas para febrero de 2025, si no se adelantan.

En la hipótesis de que se considerase aplicable a los hechos probados en la sentencia del 'procés' el nuevo tipo penal de desórdenes públicos agravados, Junqueras tendría que esperar uno o dos años más (julio de 2025 o julio de 2026) para volver a ejercer un cargo público.