Fachada de la sede de la Audiencia Nacional, en Madrid.

Fachada de la sede de la Audiencia Nacional, en Madrid. Europa Press

Tribunales CORRUPCIÓN

El juez propone sentar en el banquillo a dos alcaldes madrileños por amañar contratos públicos

Se trata del actual primer edil de Chinchón, Francisco Javier Martínez Mayor, y de Antonia Alcázar Jiménez, alcaldesa-presidenta de Velilla de San Antón.

30 marzo, 2022 17:46

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La Audiencia Nacional propone mandar a juicio a dos alcaldes madrileños, una exalcaldesa y a varios funcionarios de diversos ayuntamientos de la Comunidad por amañar y fraccionar contratos públicos. En todos los casos, la beneficiada fue la empresa Efial Consultoría S.L. y se adjudicaron incumpliendo, supuestamente, la normativa de contratación pública. Efial, posteriormente, fue rebautizada como  Consultoría en Gestión Innovadora S. L. (CGI).

El titular del Juzgado Central de Instrucción número 4, José Luis Calama, ha dictado un auto de pase a procedimiento abreviado de 35 páginas, al que ha tenido acceso EL ESPAÑOL, en el que propone juzgar a un total de 24 personas.

Entre ellas, se encuentran: Francisco Javier Martínez (actual alcalde de Chinchón, del partido Transparencia y Servicio), su predecesora en el cargo, María Luisa Fernández (PP), Javier Durán (secretario del Ayuntamiento de Chinchón), Antonia Alcázar Jiménez (alcaldesa-presidenta de Velilla de San Antón, del PSOE) y Luis Miguel Gómez (concejal de Hacienda del Ayuntamiento de Meco). Todos ellos quedan más cerca del banquillo de los acusados por un supuesto delito de prevaricación administrativa.

El juez también sugiere mandar a juicio a Antonio Martos Carrasco, presidente y consejero de Efial; a la interventora general del Ayuntamiento de Torrejón de Ardoz, Lucía Mora Salas, y a Isabel Apellániz Ruiz de Galarreta, entonces directora general de gestión tributaria y recaudación del de Móstoles.

Según reza el auto, Calama, tras su investigación, ha constatado la existencia de un "mecanismo fraudulento" para "eludir los controles legales" en la adjudicación de concursos y contratos a dicha compañía en varios ayuntamientos de toda España.

Efial-CGI

Efial llegó incluso a desempeñar "tareas propias de los funcionarios públicos, hasta el punto de participar ilegalmente en los procesos de concurso-oposición, actuando como asesores propuestos por el alcalde y facturando por elaborar las bases de los concursos", indica el auto, que cifra en "millones de euros" los pagos ilegales efectuados a la mercantil por parte de "numerosos" consistorios en todo el país.

El modus operandi detalla el juez consistió, en "muchas ocasiones", en crear empresas municipales públicas, cuyo control era, finalmente, acaparado por Efial, a quien externalizaban labores de gestión de la compañía municipal. Las técnicas de amaño de los procedimientos también incluían fraccionar los contratos para disminuir su cuantía y no superar el límite de los 18.000 euros, por debajo del cual podían concederse a dedo.

Con todo ello, "se produce un direccionamiento de los contratos públicos, transgrediendo los principios de competencia y concurrencia, que supone que se adjudiquen a una mercantil que probablemente oferte unas condiciones que no sean las más beneficiosas económica o técnicamente para la Administración Pública y, por tanto, en caso de producirse la adjudicación, suponga una despatrimonialización de la Administración", explica el juez sobre las consecuencias de los posibles delitos.

"Sin olvidar el beneficio que otorga el hecho de que esta propia empresa [Efial-CGI] sea la que lleva a cabo la preparación de determinados concursos", añade Calama.

En su auto, el juez también señala, durante la investigación global de las posibles irregularidades vinculadas a Efial-CGI, los agentes detectaron "reuniones clandestinas" entre cargos públicos, arquitectos y miembros de la empresa en lugares ajenos a los consistorios, como restaurantes o pabellones deportivos. En dichas citas, los gestores asesoraban a los funcionarios sobre la confección de los expedientes administrativos para las contrataciones públicas.

Ahora, en esta pieza, la Fiscalía y el resto de acusaciones deberán, en el plazo de 10 días, solicitar la apertura de juicio oral presentando sus peticiones de condena para cada uno de los procesados o, por el contrario, reclamar el archivo de la causa. Asimismo, Calama ha acordado el sobreseimiento de las actuaciones sobre el Ayuntamiento de Arganda del Rey, al no ver indicios acreditados de delito.

Inicio de la causa

Con este auto, el magistrado pone fin a esta investigación, que inició en 2013 un juzgado de Vendrell, a raíz de una denuncia de la Fiscalía sobre las posibles irregularidades cometidas en la contratación pública del Ayuntamiento de Torredembarra (Tarragona). Sólo allí, los pagos a Efial ascendían hasta más de 170.000 euros.

El juzgado de Vendrell apreció también "la existencia de un mecanismo fraudulento" encabezado por la mercantil en numerosos consistorios. Por ello, envió esta parte de su investigación a la Audiencia Nacional como pieza separada. Sólo en Cataluña, Efial-CGI se embolsó más de 7 millones de euros públicos.

Al recibir la información, la Audiencia Nacional abrió un total de tres piezas separadas. Ésta, a cuya investigación pone ahora fin el juez Calama, versaba acerca de los ayuntamientos de Chinchón, Collado Villalba, Getafe, Velilla de San Antonio, Meco, Móstoles y Torrejón de Ardoz. Salvo en este último, el instructor propone juzgar a algunos funcionarios del resto de consistorios o a empleados, directivos o delegados de Efial-CGI en dichos municipios.

Prevaricación

En su artículo 404, el Código Penal define la prevaricación como la situación en la que una autoridad o funcionario público, "a sabiendas de su injusticia", dicte una resolución arbitraria en un asunto administrativo. Y la castiga con penas de inhabilitación especial para empleo o cargo público de hasta 15 años.