Carles Puigdemont, en Bruselas

Carles Puigdemont, en Bruselas Efe

Tribunales

Lección de derecho del fiscal a Puigdemont: la inmunidad no le evitaría la cárcel

"Es inadmisible una interpretación del privilegio de la inmunidad parlamentaria que derive en impunidad", afirma la Fiscalía.

20 enero, 2018 14:16

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La Fiscalía ha desmentido la tesis de que la inmunidad parlamentaria de la que goza Carles Puigdemont como diputado catalán impediría su ingreso en prisión si vuelve a España para ser investido presidente de la Generalitat, tal como sostiene Junts per Catalunya y el entorno de la defensa del expresident.

En un comunicado difundido este sábado, la Fiscalía aclara que el "privilegio" de la inmunidad parlamentaria sólo puede hacerse valer frente a una eventual detención policial (siempre que no se trate de un delito flagrante) y nada impide al juez Llarena ordenar el encarcelamiento de Puigdemont en cuanto pise la frontera.

La Fiscalía lo explica diciendo que la doctrina del Tribunal Constitucional "siempre ha postulado una interpretación restrictiva de los privilegios de los aforados". "La garantía de la inmunidad", añade, "no significa que no se pueda ordenar el ingreso en prisión por orden judicial, se refiere exclusivamente a la detención policial. La protección de los parlamentarios no comporta inmunidad jurisdiccional alguna, fuera del aforamiento ante tribunal competente".

Para el Ministerio Público, la actuación de Puigdemont, "dándose a la fuga y manteniendo las actuaciones que culminaron con la declaración de independencia, pone de manifiesto que el mismo persiste en su plan delictivo y sigue desarrollando acciones tendentes a su consumación".

La Fiscalía recuerda que por los mismos hechos que se atribuyen al expresident prófugo y teniendo en cuenta su "extrema gravedad", el Tribunal Supremo ya ha acordado el ingreso en prisión incondicional de "personas que ostentaban la condición de diputados", tales como Oriol Junqueras, Joaquim Forn y Jordi Sánchez.

"Nuestra legislación no ampara el uso fraudulento del ordenamiento jurídico", concluye. "Es inadmisible una interpretación del privilegio de la inmunidad parlamentaria que derive en impunidad".