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Sede del Tribunal Supremo./ Efe

Tribunales

El Supremo no tumba el índice IRPH al no considerarlo abusivo ni opaco

La Sala Civil estima un recurso de Kutxabank contra la sentencia que había dado la razón a un particular sobre la falta de transparencia de esa referencia.

22 noviembre, 2017 13:02

La Sala Civil en pleno ha estimado este miércoles el recurso de casación interpuesto por Kutxabank contra una sentencia de la Audiencia Provincial de Álava que había declarado nula la cláusula de interés de un préstamo hipotecario por estar referenciada al IRPH (Índice de Referencia de Préstamos Hipotecarios).

El alto tribunal, que había anticipado el señalamiento de este asunto por su trascendencia para miles de usuarios, ha considerado que la mera referenciación a un tipo oficial como es el IRPH no implica falta de transparencia ni abusividad.

La Sala ha revocado la sentencia de la Audiencia Provincial de Álava que dio la razón a un particular que alegó la opacidad del IRPH, por el que había optado en función de una información engañosa, ya que el banco le aseguró que era un índice más estable que el Euribor.

Se estima que las hipotecas referenciadas a este índice en España son 1,3 millones. Varias Audiencias Provinciales, entre ellas la de Madrid, han dictado sentencias declarando nulo el IRPH.

La sentencia del Supremo, con ponencia del magistrado Pedro Vela, se conocerá en los próximos días.