Imagen de archivo de un trabajador.

Imagen de archivo de un trabajador. iStock

Sociedad

Entrará en vigor: las empresas tienen la obligación de informar sobre el salario y jornada laboral a sus trabajadores

El Real Decreto 723/2026 requiere que se especifique el salario base y los complementos salariales de forma separada.

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Las claves
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Las empresas deberán informar por escrito a sus trabajadores sobre salario, complementos, jornada, turnos y horas extra.

La obligación entra en vigor el 5 de octubre de 2026 y aplica tanto para nuevos contratos como para empleados actuales que lo soliciten.

Toda modificación en salario o jornada laboral deberá comunicarse por escrito y de manera inmediata al trabajador.

La información facilitada debe ser clara, accesible y comprensible, especialmente para personas con discapacidad o capacidad intelectual límite.

Las empresas tendrán que ofrecer a sus trabajadores información más detallada sobre sus condiciones laborales.

Una nueva norma establece la obligación de comunicar por escrito aspectos esenciales como el salario, los complementos, la jornada laboral, los turnos o las horas extraordinarias, con el objetivo de reforzar la transparencia en las relaciones de trabajo.

La medida está regulada por el Real Decreto 723/2026, de 9 de septiembre, que desarrolla el artículo 8.5 del Estatuto de los Trabajadores y adapta al ordenamiento jurídico español la Directiva (UE) 2019/1152, relativa a unas condiciones laborales transparentes y previsibles.

La norma establece que esta información deberá facilitarse por escrito, ya sea incorporándola al propio contrato de trabajo o mediante un documento adicional.

Además, la empresa tendrá que conservar una prueba que permita acreditar que el trabajador ha recibido dicha información.

El nuevo reglamento europeo de transparencia

En materia salarial, el trabajador deberá conocer la cuantía de su salario base y de cada uno de los complementos salariales, que deberán aparecer diferenciados. También deberá especificarse la periodicidad y el método utilizado para realizar los pagos.

Cuando existan conceptos variables, la empresa tendrá que explicar cómo se calculan y cuáles son los criterios que determinan que el trabajador tenga derecho a percibirlos.

La obligación también afecta al tiempo de trabajo. La documentación deberá recoger la duración y distribución de la jornada ordinaria, tanto diaria como semanal y anual. Asimismo, tendrá que indicar si existe trabajo nocturno o a turnos y explicar en qué circunstancias puede modificarse la jornada o producirse un cambio de turno.

Las horas extraordinarias también deberán quedar reflejadas, incluyendo los acuerdos existentes sobre su realización y la forma en la que serán compensadas o retribuidas. En el caso de una distribución irregular de la jornada, deberán identificarse los días de referencia y los periodos mínimos de preaviso.

La obligación no se limita a las nuevas incorporaciones. Los trabajadores que ya formen parte de la empresa cuando la norma entre en vigor podrán solicitar esta información a su empleador.

En ese caso, la compañía deberá proporcionársela en un plazo máximo de 30 días hábiles. Además, la información tendrá que presentarse de manera accesible y comprensible para las personas trabajadoras con discapacidad o capacidad intelectual límite.

La normativa también establece qué ocurre si las condiciones laborales cambian posteriormente.

Si se modifica algún aspecto relacionado con el salario o a la jornada, la empresa deberá comunicarlo por escrito lo antes posible y, como máximo, el mismo día en que la modificación entre en vigor.

El Real Decreto 723/2026 fue publicado en el BOE el 15 de septiembre de 2026. Según la disposición final cuarta, entrará en vigor 20 días después de su publicación, por lo que las nuevas obligaciones se aplicarán a partir del 5 de octubre de 2026.