El exministro de Hacienda Cristóbal Montoro, en un acto celebrado en 2023.

El exministro de Hacienda Cristóbal Montoro, en un acto celebrado en 2023. Europa Press

Política

La ley de lobbies que se tramita en el Congreso habría evitado las actividades investigadas en el 'caso Montoro'

La futura norma habría evitado el paso directo de la política al lobby que dieron José Blanco, Antonio Hernando, Alfonso Alonso o Ander Gil, entre otros.

Más información: La Guardia Civil sospecha que Montoro mantuvo el control de Equipo Económico tras vender sus acciones en 2008

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El proyecto de Ley de Transparencia e Integridad de las Actividades de los Grupos de Interés que aprobó el actual Gobierno y que se tramita en el Congreso impediría algunas de las actuaciones recogidas en el auto judicial que imputa siete delitos al exministro de Hacienda Cristóbal Montoro.

Durante años, la Unión Europea en sus informes ha amonestado a España por no haber regulado los grupos de interés o lobbies.

Desde hace meses, el Gobierno de Pedro Sánchez ha puesto en marcha una iniciativa legal, impulsada por Óscar López, que ya está en el Congreso, pendiente del trámite parlamentario. El Ejecutivo confía en que sea aprobada y entre en vigor antes de final de año.

El proyecto de ley forma parte del llamado Plan de Acción por la Democracia que el Gobierno presentó en septiembre. El Consejo de Ministros culminó en febrero el procedimiento para aprobar el texto y remitirlo a las Cortes.

Ahora, fuentes del Gobierno no dudan de que habrá mayoría en el Parlamento para sacarlo adelante con urgencia. Incluso admiten que, con el clima creado ahora por la corrupción, el texto se endurezca en el trámite de enmiendas.

De estar en vigor esta norma, la primera traba que hubieran encontrado las actividades de Estudio Económico, la empresa que fundó Montoro, sería la de la transparencia.

Especialmente, lo que se refiere a la llamada “huella normativa” de las leyes que se aprueban. Es decir, será necesario hacer constar qué reuniones y contactos se han producido para elaborar las normas.

En este momento no hay ninguna regulación sobre este asunto. Es práctica habitual que este tipo de consultoras participen en la elaboración de normas, ya sea en la fase previa de redacción por el Gobierno, o en el posterior trámite parlamentario.

Incluso, proponiendo enmiendas o epígrafes concretos como ocurrió en el caso de Estudio Económico.

En el auto del juez Rubén Rus que imputa al exministro Cristóbal Montoro, entre otros, se reprocha que la consultora Estudio Económico cobrara por participar en la elaboración de una norma, aportando incluso la redacción concreta de un artículo.

Esta práctica es común y, precisamente, a eso se dedican esas empresas de lobby. No explica el auto judicial por qué acusa a Montoro de cohecho, es decir, no dice en ningún momento que el entonces ministro cobrara de esas empresas.

El artículo 11 de la norma en trámite señala que “las actividades realizadas por los grupos de interés con la finalidad de influir en la elaboración y adopción de cualquier proyecto normativo serán reflejadas por parte del departamento competente en un informe de huella normativa, al cual se hará referencia en la correspondiente memoria del análisis de impacto normativo”.

Y especifica que “en dicho informe, se hará constar la identidad del personal público que haya mantenido contacto con dichos grupos, así como el conjunto de aportaciones y observaciones formuladas por ellos, bien en términos literales, bien, cuando su volumen no lo permita, mediante la incorporación de una síntesis de las mismas que, en cada caso, deberá elaborar y aportar el grupo de interés".

"También se hará constar detalladamente la identificación de los grupos de interés, la fecha y el objeto del contacto", especifica el texto.

Es decir, con esa norma las leyes citadas en el auto hubieran tenido que añadir todas las gestiones realizadas para influir en el contenido de la norma.

Si no la hicieran, se expondrían a sanciones que pueden llegar a la cancelación de la inscripción de la consultora en el registro de lobbies. Es decir, en adelante no podrían desarrollar su actividad.

El proyecto de ley que ahora tramitan las Cortes exige que estas consultoras se inscriban en un registro.

Allí debe figurar las relaciones con las Administraciones públicas. Además debe especificar si quienes participan han tenido cargo público, con prohibición expresa para los que lo tuvieran en los dos años previos.

“En la solicitud de inscripción", señala la norma,"se indicará expresamente si las personas físicas que van a realizar actividades de influencia o los representantes de las personas jurídicas y agrupaciones sin personalidad jurídica han trabajado al servicio de la Administración General del Estado o de cualquier entidad de su sector público institucional en los dos años previos al desarrollo de dichas actividades o a la inscripción del grupo de interés”.

En el caso Montoro, el exministro asegura que en 2008 abandonó su relación con la empresa que fundó, según establece el propio juez en el auto. Con el proyecto de ley tendría que reflejarse en el registro si el exministro mantuvo luego algún tipo de vinculación como accionista o similar.

No le hubiera afectado esta limitación cuando fundó la empresa, porque lo hizo en 2006 y había dejado de ser ministro de Hacienda de Aznar en 2004, es decir, dos años después.

Ese plazo ya rige para que los exaltos cargos deban pedir autorización a la Oficina de Intereses y Conflictos, al incorporarse al sector privado.

Esta norma sí habría afectado a otros exaltos cargos que han dado el salto de la administración a consultoras que actúan como lobbies. Por ejemplo, José Blanco pasó de eurodiputado del PSOE a fundador de Acento, el principal lobby en este momento. Con la nueva ley aprobada no hubiera podido hacerlo.

Con la futura ley en vigor se hubiera visto afectado también en su momento Antonio Hernando, que en 2017 pasó directamente de portavoz del Grupo Socialista en el Congreso a fundador de Acento junto a José Blanco, exministro de Transportes y exsecretario de Organización del PSOE.

El presidente de esa empresa es Alfonso Alonso, que dio el salto de ministro de Sanidad de Aznar a presidente a Acento. Con el proyecto de ley en vigor tampoco hubiera podido dar ese salto.

Más recientemente, Ander Gil abandonó en abril su escaño en el Senado para pasar directamente a una consultora.

Gil fue senador desde 2011; presidente de la Cámara Alta entre 2021 y 2023, y portavoz del Grupo Socialista (2017-2021).

El proyecto de ley en trámite, no obstante, tiene un agujero respecto al tipo inverso de “puertas giratorias”: el paso de los lobbies directamente a la Administración o a un cargo público. Omite esta posible restricción que impediría que se pase directamente del lado del que “influye” al lado del “influido”.

Por ejemplo, Antonio Hernando pasó de lobista en Acento directamente a número dos del Gabinete del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez. Es decir, de influir en la Administración a lo más alto de la Moncloa.

Ahora es secretario de Estado en el Ministerio de Óscar López, precisamente el departamento que ha elaborado el proyecto de ley que regulará los lobbies.

En su auto, el juez que imputa a Montoro no dice expresamente que Montoro y su equipo en Hacienda cobraran de las empresas que habían contratado los servicios de Estudio Económico. Sí les imputa un delito de cohecho, pero sin explicar por qué.

Si fuera así, es obvio que podría haber un delito claro. Por eso, el proyecto de ley de interés se remite al Código Penal, para establecer sanciones complementarias.

También se refiere a conductas que hasta ahora no estaban prohibidas en las relaciones de los lobbies con los cargos públicos o la Administración, porque no llegaban a la condición de delitos.

Así, señala que constituyen infracciones muy graves, entre otras, "tratar de influir de manera fraudulenta en la toma de decisiones públicas o en la obtención de información del personal público".

Y detalla que se entenderá como fraudulenta "la utilización de engaño o el ofrecimiento de regalos, favores o servicios en condiciones ventajosas que puedan condicionar la imparcialidad u objetividad de dicho personal, sin perjuicio de lo que establece el Código Penal”.

La futura norma establece que "la comisión de una infracción muy grave se sancionará con la cancelación de la inscripción en el Registro de Grupos de Interés, así como con la prohibición de volver a solicitar la inscripción durante un periodo máximo de dos años".