
La portavoz del Gobierno y ministra de Educación, Pilar Alegría, este martes.
El Gobierno quiere cambiar la Ley Electoral: los debates serán obligatorios y las encuestadoras publicarán los microdatos
Estas medidas se incluyen en el llamado Plan de Acción por la Democracia aprobado por el Gobierno en septiembre de 2024.
La obligatoriedad de celebrar debates no regirá para los medios privados, pero deberán respetar el pluralismo político y la neutralidad informativa.
Más información: El 'plan Sánchez' pretende 'regenerar' CCAA y medios privados sin tocar los medios públicos ni el CIS
El Consejo de Ministros ha aprobado en su reunión de este martes, a propuesta del Ministerio del Interior, un anteproyecto de reforma de la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General (LOREG) que obliga a los medios de comunicación públicos a celebrar debates electorales y exige que las encuestas y sondeos difundidos durante las campañas electorales publiquen también los ficheros de microdatos.
Estas dos modificaciones estaban previstas en el Plan de Acción por la Democracia aprobado por el Gobierno el 17 de septiembre de 2024, que a su vez responde a las recomendaciones adoptadas por la Comisión Europea en 2020 y 2023 para dotar de mayor transparencia a los sistemas democráticos europeos.
El anteproyecto, en primer lugar, incorpora a la legislación electoral la obligación de celebrar, al menos, un debate durante cada campaña electoral en los medios de comunicación de titularidad pública, al que estarán obligados a concurrir las fuerzas políticas que compiten en esos comicios salvo causa justificada que sea aceptada por la Junta Electoral competente.
La reforma fija por tanto la participación en los debates electorales de todos los candidatos de las formaciones políticas que obtuvieron representación en las anteriores elecciones equivalentes y abre la posibilidad de que intervengan también representantes de los que la Junta Electoral Central denomina "grupos políticos significativos".
Estos grupos significativos son aquellas formaciones políticas que concurren a las elecciones y que, pese a no haberse presentado a las anteriores equivalentes o no haber obtenido representación en ellas, en posteriores comicios en el ámbito territorial del medio de difusión público de que se trate hayan obtenido un número de votos igual o superior al 5 por 100 de los votos válidos emitidos.
La obligatoriedad de celebrar debates no regirá para los medios de titularidad privada, pero la reforma precisa que, si estos deciden organizar debates electorales, deberán respetar los mismos principios que los medios públicos y que fija la LOREG: pluralismo político, neutralidad informativa, igualdad y proporcionalidad.