La presidenta de la Comunidad de Madrid, Isabel Díaz Ayuso, este jueves.

La presidenta de la Comunidad de Madrid, Isabel Díaz Ayuso, este jueves. Efe

España

La Fiscalía de la Comunidad de Madrid recurrirá el auto del TSJM que tumbó la orden de Illa

Este jueves, el Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha acordado no ratificar la orden de la Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid del pasado 1 de octubre.

9 octubre, 2020 12:23

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La Fiscalía de la Comunidad de Madrid recurrirá el auto dictado este jueves por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid(TSJM) en el que dejaba sin efecto el confinamiento perimetral de la capital y de otros municipios de la Comunidad. 

Un día después de que la Justicia madrileña rechazase ratificar las limitaciones a la movilidad en esta comunidad, el Ministerio Público ha decidido recurrir el auto, según las fuentes, que precisan que el plazo para hacerlo acaba el próximo viernes.

Este jueves, el Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha acordado no ratificar la orden de la Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid del pasado 1 de octubre por la que se prohibió la entrada y salida de la totalidad de los ciudadanos en el perímetro de Madrid capital y en otras nueve grandes ciudades de la CAM.

La norma de la Consejería de Sanidad aplicó la 'orden comunicada' dada el 30 de septiembre por el ministro de Sanidad, Salvador Illa, tras la aprobación por mayoría de actuaciones coordinadas frente a la Covid-19 en el consejo interterritorial del sistema nacional de salud.

Pese a estar en desacuerdo con la orden de Illa, el Gobierno de Ayuso restringió de modo general la entrada y salida de Madrid capital, Fuenlabrada, Alcorcón, Parla, Getafe, Leganés, Móstoles, Alcalá de Henares, Torrejón de Ardoz y Alcobendas, salvo en situaciones concretas consistentes en motivos laborales, médicos, accesos a centros educativos, regresar a la zona residencial; asistencia a personas mayores, menores o dependientes; acceso a entidades bancarias o de seguros, legales o administrativas; acudir a exámenes o cualquier otra necesidad prioritaria, urgente o de fuerza mayor.

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Madrid ha llegado a la conclusión de que una afectación tan intensa en el derecho fundamental a la libre circulación de las personas no puede derivar de un acto administrativo peculiar, como es una 'orden comunicada', y requeriría su aplicación mediante otro instrumento jurídico.