España

El Constitucional libera a una anciana con mal de Diógenes internada contra su voluntad

Da la razón a la defensa de la mujer, que denunciaba que no se siguieron los trámites oportunos para su ingreso.

12 marzo, 2016 15:37

El Tribunal Constitucional ha ordenado que se deje en libertad a una anciana de 74 años ingresada en una residencia en 2014 contra su voluntad por padecer trastornos psicológicos de tipo demencia y vivir en su casa en malas condiciones de salubridad debido al síndrome de Diógenes que padece.

En una sentencia del pasado lunes, la sala primera del Constitucional admite un recurso de amparo de la mujer contra su internamiento al entender que se violó su derecho a la libertad personal porque no se siguieron los trámites oportunos para ratificar el ingreso en la residencia.

Según relata la sentencia, que anula las decisiones de mantenerla en el centro adoptadas por el juzgado de primera instancia y la Audiencia de Madrid, en febrero de 2014, dos trabajadoras del Samur pidieron al juez que ratificara el internamiento por "la situación de riesgo en la que se encontraba" en su vivienda.

"Extrema delgadez"

La mujer, explicaban las trabajadoras sociales, padece el llamado síndrome de Diógenes, un trastorno que lleva a la acumulación de objetos y basura en la vivienda, y se encontraba en una situación de "extrema delgadez" y posible deterioro cognitivo.

Las trabajadoras se entrevistaron con ella pero reportaron dificultad para entablar una conversación "coherente", así como su carácter desconfiado y las "pésimas condiciones de la vivienda".

Un médico del Hospital Clínico San Carlos, donde había sido atendida desde 2010 de manera irregular, aportó luego un informe en que el detallaba un "trastorno delirante crónico" y un "deterioro cognitivo en progresión" de tipo demencia, y pedía al juez que valorara el caso y adoptara medidas dado que afectaba a la capacidad de cuidar de sí misma.

Una vez en el centro, una médico la examinó y detectó demencia leve a moderada y otro forense aconsejaba su ingreso en un geriátrico.

El juzgado de instrucción confirmó entonces su internamiento, que la defensa de la mujer recurrió alegando que "el hecho de llevar una vida más o menos bohemia o desordenada no es motivo suficiente para privar a nadie de libertad".

"Se le podrá obligar a que limpie su casa. A que arregle la luz. A que vista de otro modo, al gusto de cualquier patrón determinado, pero nunca, nunca, se puede confinar a una persona por una conducta atípica", afirmaba su abogado.

Como la Audiencia de Madrid rechazó esos argumentos, su defensa recurrió al Constitucional y la Fiscalía se mostró en su informe a favor de la libertad de la mujer porque no se cumplieron los trámites correctos para ratificar el ingreso. El letrado del Ayuntamiento de Madrid alegó, por su parte, que debía continuar internada por su delicado estado de salud.

Se incumplieron los trámites

El Constitucional ha acogido en su sentencia los argumentos de la Fiscalía y ha decidido que se la deje en libertad porque considera que se incumplieron esos trámites.

El director de la residencia, explica el TC, y no las trabajadoras del Samur, tenía que haberse dirigido al juzgado para pedir la ratificación del ingreso, cosa que no hizo, y además tampoco se aportó un informe médico previo que justificara la medida.

Por ello, la sala acuerda su libertad, aunque destaca que hay un procedimiento de incapacitación de la mujer abierto en un juzgado de primera instancia de Madrid que aún no ha concluido y que podría suponer un nuevo internamiento.