Artur Mas acude al Parlament el pasado 27 de septiembre.

Artur Mas acude al Parlament el pasado 27 de septiembre. Alex Caparros Getty Images

España Denuncia disciplinaria

El poder judicial investiga al juez del 'caso Mas' por su lentitud

El caso se inició hace ya un año. El órgano de gobierno de los jueces tramita una queja de Manos Limpias.

28 enero, 2016 02:19

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El promotor de la acción disciplinaria del Consejo General del Poder Judicial, Antonio Fonseca-Herrero, ha decidido abrir unas diligencias informativas para investigar si el magistrado del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) Joan Manel Abril está incurriendo en dilaciones injustificadas en la instrucción del procedimiento abierto al ex presidente de la Generalitat Artur Mas por desobediencia al Tribunal Constitucional.

La investigación disciplinaria es consecuencia de una denuncia presentada por el abogado de Manos Limpias Pedro Muñoz Lorite, que ejerce la acusación popular en ese procedimiento penal, iniciado hace ahora un año. El letrado considera que Abril está "ralentizando y paralizando" la causa contra Mas "para proteger ciertos intereses políticos de los que se han mofado del Tribunal Constitucional".

Abril, que era profesor titular de Derecho Civil de la Universidad Autónoma de Barcelona, fue nombrado juez del TSJC en 2012 por el llamado 'turno autonómico': juristas que no pertenecen a la carrera judicial ni tienen que superar la oposición de ingreso acceden directamente a las Salas de lo Civil y Penal -precisamente las encargadas de investigar y juzgar los delitos de los aforados autonómicos- gracias al favor político, ya que son propuestos por los Parlamentos autonómicos. La candidatura de Abril salió adelante por el especial empeño del entonces vocal de CiU en el Consejo General del Poder Judicial, Ramón Camps.

El 8 de enero de 2015, la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Cataluña admitió a trámite las querellas contra Artur Mas interpuestas, entre otros, por el fiscal y Manos Limpias. En ellas se denuncia que el ex president llevó a cabo la votación independentista del 9 de noviembre de 2014 pese a que había sido suspendida por el Tribunal Constitucional. Abril fue nombrado instructor de la causa, que también afecta a la ex vicepresidenta Joana Ortega y la ex consejera de Educación Joana Rigau.

Tres meses para contestar al fiscal

La denuncia señala que, aunque en febrero fue confirmada la admisión de las querellas y debió comenzar la investigación del delito de desobediencia atribuido al entonces president, Joan Manel Abril no acordó la realización de las primeras diligencias hasta junio de 2015.

El instructor no acordó de oficio ninguna actuación. El 6 de marzo de 2015 recibió un escrito del fiscal proponiendo las primeras diligencias de investigación, pero Abril "no movió ni un solo dedo" hasta el 15 de junio siguiente, cuando acordó practicarlas.

El instructor no recibió las primeras declaraciones testificales hasta el mes de julio, es decir, cinco meses después de la admisión de las querellas, y no tomó declaración a los querellados Mas, Rigau y Ortega hasta el 15 de octubre, una vez celebradas las elecciones autonómicas.

Junto a ello, acordó aplazar sucesivamente la declaración de una relevante testigo de cargo, Dolores Agenjo (ex directora de uno de los colegios utilizados para la votación del 9-N que denunció presiones de la Consejería de Educación), por el hecho de que era candidata de Ciudadanos a los comicios autonómicos.

"Instrucción torticera"

"La instrucción ha sido dirigida de manera torticera y a la carta para beneficio de los intereses políticos de los imputados, ya que todas las diligencias han sido llevadas a cabo de manera que no interfirieran o coincidieran con las elecciones catalanas del 27 de septiembre 2015", señala la queja de Manos Limpias, que cree que Abril está en "connivencia" con los querellados "al marcar los tiempos del proceso según los intereses políticos".

El sindicato de funcionarios resalta dos características singulares de este proceso que, a su juicio, deberían haber conducido a imprimirle la máxima diligencia. Una de ellas es la gravedad del delito que se investiga ("No todos los días vemos cómo se desafía de manera palmaria, frontal, notoria y desvergonzada al Tribunal Constitucional", afirma) y otra es la situación de Cataluña, en la que "existen realistas expectativas de aumentar los actos de desobediencia".

Señala, además, que la lentitud en la tramitación del procedimiento no se justifica si se observa la carga de trabajo de la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal catalán.

Descartando el archivo directo de la denuncia, el promotor de la acción disciplinaria del Consejo General del Poder Judicial ha abierto unas diligencias informativas y ha solicitado un informe al magistrado Abril. Fonseca-Herrero ha aplicado el artículo 423 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, según el cual "toda denuncia sobre el funcionamiento de la Administración de Justicia en general y de la actuación de los jueces y magistrados en particular será objeto, en el plazo de un mes, de informe del jefe del Servicio de Inspección del Consejo General del Poder Judicial, en el que se podrá proponer el archivo de plano, la apertura de diligencias informativas o la incoación directa de expediente disciplinario".