El comisario de Policía Manuel Vázquez cuando anunió la detención de los ahora absueltos.

El comisario de Policía Manuel Vázquez cuando anunió la detención de los ahora absueltos. EFE TV

Tecnología Justicia

Absueltos los acusados de atacar la web del Congreso en 2011 y de ser la ‘cúpula’ de Anonymous

Desde hace cinco años, la Policía y la Fiscalía han tratado de vincular actividades de ataques informáticos con el movimiento del 15M, a veces con pruebas y maniobras dudosas. 

6 julio, 2016 12:22

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Tras un caso plagado de irregularidades que ha durado cerca de cinco años, y después de un juicio en el que las defensas desmontaron una por una las acusaciones, los tres hombres acusado de conformar la supuesta cúpula de Anonymous en España han sido absueltos.

[Consulte la sentencia íntegra]

Las tres personas que se sentaron en el banquillo el pasado 18 de mayo, se enfrentaban a penas de hasta cinco años de cárcel por los presuntos delitos de pertenencia a grupo criminal y daños continuados -ataques a las páginas web de la Junta Electoral Central (JEC), del Congreso de los Diputados y del sindicado UGT-, de los que sólo se mencionaron unos servicios por valor de 700 euros que ni siquiera fueron pagados.

Ahora, la titular del Juzgado de  Nº 3 de Gijón, Asunción Domínguez Luengo, considera que "no existe constancia" de que los acusados cometieran dichos delitos. Ni siquiera de que pertenecieran a Anonynous. Distingue, además, entre ataques molestos pero penalmente insignificantes -un acto de 'cibervandalismo', como tumbar una página web informativa- de los que sí tendrían relevancia penal por su gravedad.

El propio director del centro TIC del Congreso, Javier de Andrés Blasco, "vino a aminorar" durante el juicio la gravedad de los ataques: sólo se produjero interrupciones intermitentes de la página, que quedó fuera de servicio "en intervalos de minutos" y "el problema quedó resuelto en una hora". El correo siguió funcionando y los perjuicios inicialmente estimados en 700 euros "no eran tales porque el problema lo solucionó un trabajador en nómina del Congreso", a quien no se le pagó nada extra por hacer su trabajo. 

Ruptura de la cadena de custodia

La sentencia resalta de forma notable los errores policiales en cuanto al precintado del material informático incautado en su momento a los tres hombres ahora absueltos: "Se aprecian datos confusos y contradictorios acerca de los precintos" en los aparatos, afirma. "No se han adoptado las medidas suficientes para preservar la identidad e integridad de los mismos", añade.

El texto describe hasta dos volcados de datos -al constatarse "errores" en el primero- realizados por parte de agentes de la Policía, una operación tremendamente delicada por la facilidad con que se pueden manipular datos informáticos. No obstante, queda patente que se hicieron de forma irregular, cuando menos.

Con la ruptura de la cadena de custodia de las pruebas se produjo una vulneración del derecho a un proceso con las debidas garantías

"Desde el principio llamó la atención de la juzgadora el contenido del texto con el que el secretario judicial que asistió al primer volcado comenzó el acta, describiendo el método de trabajo y el estado de los dispositivos intervenidos", se puede leer en el texto de la sentencia.

Por tanto, la juez considera que en este caso sí se ha producido una ruptura en la cadena de custodia de la prueba y a consecuencia de ello prescinde de la misma, relativa a los efectos incautados a los acusados. "Se produjo una vulneración del derecho a un proceso con las debidas garantías y, en consecuencia, del derecho de defensa" en este caso.

Conversación abogado-cliente

Asimismo, la juez asegura que las conversaciones entre uno de los acusados y su abogado que aparecían en el sumario -un hecho grave que ponía claramente en riesgo el derecho de defensa, como ya contó EL ESPAÑOL hace un año- "fueron desglosadas" y "declaradas nulas", y en cualquier caso "en absoluto se han tenido en cuenta por la juzgadora".

Durante la vista, los tres acusados -Yuri L., Rodrigo T. y José M. Z.- negaron pertenecer a Anonymous mientras sus abogados -Carlos Sánchez Almeida, David Maeztu y Miguel Capuz Soler- iban rebatiendo los argumentos de la Policía y la Fiscalía. Los tres letrados solicitaban la libre absolución alegando "vulneración de derechos fundamentales e irregularidades en las pruebas practicadas".

De hecho, uno de ellos llegó incluso a solicitar la nulidad porque estimaba que ni siquiera había causa: se desconocía el origen del supuesto ataque al sitio web de la JEC y a los servicios técnicos del Congreso de los Diputados en vísperas de los comicios municipales y autonómicos del 22 de mayo de 2011, poco después del inicio de las protestas y la acampada en la Puerta del Sol de Madrid, germen de un movimiento conocido como 15M.

Imagen de los acusados de ser la cúpula de Anonymous en España en el juzgado.

Imagen de los acusados de ser la cúpula de Anonymous en España en el juzgado. Juan González EFE

La juez también aborda la polémica intervención de varios agentes encubiertos en un chat -el canal de IRC #Hispania- bajo el alias de Sprocket, que llegó a interactuar con sus interlocutores con frases como: 'Vamos a ser muchos y la vamos a liar bien gorda'.

"En este caso no puede hablarse de delito provocado", razona, "los funcionaros policiales no provocan nada sino que se limitan a comprobar la veracidad de la notitia criminis mediante técnicas de investigación". "El acercamiento, contacto y diálogo para ganar confianza no son gestiones que necesiten autorización judicial", puntualiza. En este caso, efectivamente, no las hubo.

Sobre los agentes encubiertos en un chat, el acercamiento, contacto y diálogo para ganar confianza no son gestiones que necesiten autorización judicial

De hecho, el texto repasa las declaraciones de uno de los funcionarios policiales (mas bien resalta su "falta de memoria") durante el juicio, quien "a la mayoría de las preguntas que le fueron formuladas respondía 'no sé' o 'no me acuerdo'". 

Por tanto, en la sentencia se subraya que "no consta" ni queda acreditado que los acusados pertenezcan a organización criminal alguna para cometer "de forma concertada " uno o varios delitos menos graves o faltas. Tampoco hay constancia de la pertenencia de los absueltos al colectivo Anonymous, ni que hubieran organizado el ataque de denegación de servicio (DDoS) el 18 de mayo de 2011 contra el entorno informático de la JEC, de la UGT y la propia página web del Congreso, bajo el nombre de "Operación Spanish Revolution".

Cinco años de proceso

La detención de los tres protagonistas de este largo proceso judicial fue aireada por los responsables de la operación policial en una multitudinaria rueda de prensa, [con su nota de prensa correspondiente] en la que un sonriente Manuel Vázquez, jefe de la Brigada de Investigación Tecnológica (BIT), posaba sonriente con una máscara de Guy Fawkes, símbolo del movimiento de hacktivistas, en la mano. Y afirmaba categórico: "Hemos desmantelado la cúpula de Anonymous en España". Tuvo lugar el 11 de junio de 2011.

Desde hace cinco años, la Policía y la Fiscalía han tratado de vincular actividades de ataques informáticos con el movimiento del 15M, a veces con pruebas y maniobras dudosas como llegó a denunciar uno de los ahora absueltos a EL ESPAÑOL, quien aseguró haber recibido "presiones" por parte del entonces jefe de la policía tecnológica, el comisario Manuel Vázquez.