Yolanda Díaz, ministra de Trabajo y Economía Social, en el Senado.

Yolanda Díaz, ministra de Trabajo y Economía Social, en el Senado. Efe

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Lo dice el Estatuto de los Trabajadores: irse de vacaciones estando de baja puede ser motivo de despido disciplinario

El incumplimiento de la buena fe contractual es considerado como una infracción grave que puede conllevar un despido disciplinario. 

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Las bajas laborales son uno de los problemas más repetidos en las empresas. Es un derecho al que pueden optar todos los trabajadores siempre que, efectivamente, sufran una enfermedad o lesión grave que impida acudir al centro de trabajo.

Sin embargo, hay una fina línea entre estar efectivamente recuperándote en una baja y estar 'disfrutando' de una baja.

La ley protege ese periodo de recuperación, pero también exige que se utilice de forma honesta y conforme a las prescripciones médicas. El problema aparece cuando la baja se convierte, en la práctica, en unas vacaciones encubiertas.

Al menos, así lo muestran los datos. Las bajas por incapacidad temporal sitúan a España en el primer puesto de la UE, con un 4,1% de empleados de baja frente al 2,5% de media europea, suponiendo un 3% del PIB con 32.000 millones de euros destinados a suplir el coste de las bajas.

En ese sentido, el Estatuto de los Trabajadores y la jurisprudencia son claros: si el trabajador aprovecha la baja para irse de 'vacaciones' de forma incompatible con su estado de salud, puede enfrentarse incluso a un despido disciplinario.

¿Qué dice la ley?

Estar de baja no significa vivir confinado en tu habitación, con las persianas bajadas y puesto el pijama casi las 24 horas del día. Se puede salir a la calle, ir a comprar, pasear o incluso viajar si eso no perjudica tu recuperación.

El problema no es dónde se está, sino si las acciones chocan con el diagnóstico y tratamiento médico.

Por ejemplo, una baja por una lesión lumbar no encaja demasiado bien con una escapada a la montaña o con ir a un festival de música con los amigos.

La lógica es incontestable: si se está demasiado mal para trabajar, también se debería estar limitado a la hora de ir a ciertas vacaciones. Cuando esa coherencia se rompe, la empresa puede entender que hay abuso de derecho y el Estatuto de los Trabajadores permite sancionar gravemente ese tipo de conductas.

La buena fe contractual

El Estatuto de los Trabajadores no dedica un artículo a 'viajar estando de baja', pero sí consagra el deber de buena fe. Eso implica que el trabajador debe comportarse de forma leal con la empresa, sin aprovecharse de la situación de incapacidad.

Según marca el artículo 54 del estatuto, "el contrato de trabajo podrá extinguirse por decisión del empresario, mediante despido basado en un incumplimiento grave y culpable del trabajador", considerando como grave la "transgresión de la buena fe contractual".

No se castiga al empleado por irse de viaje, sino por realizar actividades incompatibles con su estado de salud, pudiendo dar lugar a este despido disciplinario que establece el artículo 54.

Si el despido finalmente se declara como procedente, el contrato de trabajo se da por finalizado y el trabajador no tiene derecho a indemnización ni al cobro de los salarios de tramitación, pero sí a cobrar el paro.

¿Cómo se debe actuar?

Antes de acudir a la agencia de viajes, lo más recomendable es visitar al médico, explicarle tus pretensiones y dejar que el profesional considere que el viaje es compatible con el estado de salud o no, dejándolo por escrito.

Además, avisar a la empresa y, si corresponde, a la mutua o al organismo encargado de controlar la baja demuestra que no intentas engañar a nadie.

Conocer la ley puede evitar que ese viaje tan esperado no se convierta en toda una pesadilla laboral de la que salir despedido de tu empresa.