Viciano, en su comparecencia ante la Audiencia Provincial la semana pasada.

Viciano, en su comparecencia ante la Audiencia Provincial la semana pasada. EFE

Marina Alta SENTENCIA

La exalcaldesa socialista de Dénia, Paqui Viciano, absuelta de un delito de prevaricación de 2004

El fallo judicial declara inocente a la que fuera primer edil desde 2003, cuando se le acusó de no demoler una obra ilegal de 1996. 

18 noviembre, 2021 16:18
Alicante

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La exalcaldesa de Dénia, Paqui Viciano, ha sido absuelta de un delito de prevaricación por negarse a demoler una construcción ilegal cuando llegó a la alcaldía por las siglas socialistas en 2003

Así lo establece la sentencia de la Audiencia Provincial de Alicante con fecha del 12 de este mes y que hoy ha dado a conocer el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV). 

Por estos hechos, la Fiscalía solicitaba una pena de inhabilitación para el cargo público durante ocho años por haber evitado el derribo parcial de una vivienda, contraviniendo una sentencia en la que se conminaba a ordenar esa demolición o a que el ayuntamiento la ejecutase de manera subsidiaria.

De esta manera, la Justicia atiende a la demanda de Viciano que reclamaba la libre absolución tras escuchar su declaración el pasado 9 de noviembre, cuando aseguró que, en ningún momento, llegó a tener conocimiento sobre el expediente de infracción urbanística hasta que se interpuso la querella contra ella y se iniciaron diligencias previas en 2004.

También señaló en sede judicial, como había explicado a EFE antes del juicio,que todas las decisiones relacionadas con ese expediente concreto, como sucedía con todas las decisiones urbanísticas adoptadas en el consistorio, "se aprobaban de forma colegiada con la participación de los concejales de todos los grupos políticos", a través de la Gerencia de Urbanismo.

Prevaricación por omisión

Sin embargo, tanto el Ministerio Fiscal como la acusación particular ejercida por los vecinos que denunciaron la infracción urbanística insistían en que Viciano, ya retirada de la vida política, cometió un delito de prevaricación por omisión, al no ejecutar el derribo parcial de una vivienda construida en la partida de Galeretes, a pesar de que existía un acuerdo aprobado por la Junta de Gobierno de Dénia en el año 2001.

Pero el auto sentencia que no es posible que existiera omisión al ser alcaldesa de Denia y concejala de Urbanismo desde junio de 2003, ya que el expediente de infracción urbanística que dictaba la orden de demolición fue firme en noviembre de 2002, "todo ello antes de que tuviera responsabilidad alguna en la gestión municipal". 

"..., únicamente cabe apreciar una evidente dilación en la demolición, sin apreciar intencionalidad alguna en la acusada, ni actos concretos que trataran de evitar el impulso", asegura el magistrado. 

Además, la Fiscalía y la acusación particular sostenían que la exregidora del PSPV-PSOE también incurrió en un supuesto de prevaricación activa por haber promovido el acuerdo de legalización de las obras a través de una resolución aprobada en 2006 por la Gerencia de Urbanismo, de la que ella era su máxima responsable, como alcaldesa y como concejal que asumía las competencias sobre la materia.

"Nunca actúe contra la ley ni para perjudicar a nadie", aseveró la procesada. Así, en respuesta a las preguntas formuladas por la Fiscalía y por la acusación particular, aseguró que no recordaba los detalles concretos del expediente sobre la ilegalidad urbanística de la vivienda objeto del juicio y solo apuntó que solicitó informes técnicos sobre su estado, como se hacía con el resto de expedientes y de decisiones urbanísticas.

Igualmente, la exalcaldesa dijo no recordar que hubiese tenido ningún encuentro con la vecina que interpuso la querella contra ella para pedirle que la retirase, y subrayó que la resolución adoptada en noviembre de 2006, por la que se dejaba sin efecto el acuerdo de demolición alcanzado por la Junta de Gobierno de 2001, se aprobó con el respaldo de todos los miembros de la Gerencia de Urbanismo a la vista de que los informes técnicos concluían que la construcción podía ser legalizable.

Tras este fallo, del que cabe recurso de casación ante el Tribunal Supremo, Paqui Viciano queda absuelta de la tercera causa abierta contra ella tras la sentencia favorable en 2013 por un delito electoral y de un delito de malversación del dinero de los carnés para jóvenes en 2017. Precisamente, su carrera política había acabado de manera precipitada en 2008 al prosperar una moción de censura del PP por estos supuestos escándalos que, con el tiempo, se han demostrado que han quedado en nada.