El ministro de Hacienda, Arcadi España.

El ministro de Hacienda, Arcadi España. EP

Sociedad

Hacienda confirma que recortará la deducción del alquiler al 15% si el propietario sube el precio de la vivienda

El Real Decreto Ley 29/2026 modifica el IRPF para penalizar las subidas de renta y fijar bonificaciones de hasta el 100%.

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El Real Decreto Ley 29/2026 modifica el IRPF y recortará la deducción por alquiler al 15% para los propietarios que incrementen el precio de la vivienda un 20% o más.

Los contratos firmados antes del 1 de diciembre de 2026 mantendrán la reducción fiscal general del 50% sobre los rendimientos netos del alquiler.

La normativa contempla bonificaciones de hasta el 100% si se rebaja la renta más de un 5% o se alquila en zonas tensionadas, a jóvenes o bajo el índice ministerial.

Expertos recomiendan acelerar la firma de nuevos contratos antes de diciembre para evitar el nuevo esquema fiscal y asegurar mayores ventajas tributarias.

La aprobación del Real Decreto Ley 29/2026 introduce un cambio determinante al modificar el artículo 23.2 del IRPF. A partir del 1 de diciembre de 2026, la fecha exacta en la que se firma el contrato determinará el porcentaje final de bonificación aplicable sobre los rendimientos netos del alquiler.

Hasta esa fecha, los pequeños propietarios mantendrán la reducción fiscal general del 50% sobre las rentas de sus viviendas. No obstante, el economista José María Páez avisa de que los contratos formalizados a partir del 1 de diciembre quedarán sometidos bajo un nuevo esquema que reduce drásticamente los beneficios.

En aquellos casos en que la actualización del contrato implique una subida del 20% o superior respecto a la renta anterior, la deducción fiscal caerá hasta situarse en un 15%. Como señala Páez, la exención tributaria se destruye tras cinco años de contratos topados e intentos de ajustar el piso al mercado libre.

Cómo puede afectar a los propietarios

La norma penaliza según el porcentaje de incremento sobre la vivienda. Si se mantiene el precio se conserva el 50%, pero al subir un 5% cae al 40%. Entre el 5% y el 10% se reduce al 30%, situándose entre el 20 % y el 25% en tramos superiores.

Por el contrario, el texto legal contempla bonificaciones extra de entre el 70% y el 95% para alquileres a jóvenes, reformas o zonas tensionadas. El economista destaca que es posible alcanzar un 100% de bonificación total sin tributar por IRPF si se rebaja la renta más de un 5% o se alquila bajo el índice ministerial.

El impacto económico puede resultar especialmente ilustrativo en números reales. Para un rendimiento neto de 14.000 euros, firmar el 5 de diciembre supone pagar de 2.100 a 3.570 euros de IRPF: "Regalas a Hacienda 7.350 euros en cinco años por no acelerar la firma", subraya.

Asimismo, el experto alerta sobre los trámites administrativos y advierte que simplificar las fianzas en algunas autonomías es "una trampa fiscal de la Agencia Tributaria que exigirá acreditación documental para no anular la reducción de oficio".

Ante esta incertidumbre, Páez aconseja a los propietarios comprobar la realidad de sus inmuebles y evaluar el calendario con precisión: "Como inversores debemos auditar el mercado", recalca. Además, recomienda acelerar la rúbrica antes de diciembre para asegurar la reducción del 50% y evitar el castigo a las revisiones de renta.

El nuevo marco fiscal exige a los arrendadores ofrecer una rigurosa planificación de sus inmuebles. En palabras del propio José María Páez, la clave residirá en decidir si conviene acelerar la firma antes de diciembre, buscar la bonificación del 100% o asumir el riesgo de quedar atrapado en el recorte al 15%.