La vicepresidenta segunda del Gobierno y ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, durante una sesión plenaria, en el Congreso de los Diputados, a 28 de mayo de 2026.

La vicepresidenta segunda del Gobierno y ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, durante una sesión plenaria, en el Congreso de los Diputados, a 28 de mayo de 2026. Isa Saiz Europa Press

Sociedad

Es oficial: despido sin indemnización a los trabajadores que se vayan de vacaciones estando de baja

La justicia establece que si el viaje interfiere con la recuperación del trabajador, es motivo de despido disciplinario sin indemnización.

Más información: Oficial: los trabajadores con al menos 1 año de antigüedad tienen derecho a una mayor indemnización por despido

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Las claves

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Un trabajador de baja médica puede ser despedido sin indemnización si realiza actividades o viajes que dificulten su recuperación o contradigan el diagnóstico médico.

Viajar o hacer actividades estando de baja no está prohibido, pero si estas acciones son incompatibles con la dolencia, justifican el despido disciplinario.

La buena fe contractual, regulada por el artículo 54 del Estatuto de los Trabajadores, obliga a priorizar la rehabilitación durante la baja médica.

En casos de bajas por ansiedad o depresión, los tribunales suelen considerar que viajar no interfiere con la recuperación y no justifica el despido.

La entrada de la segunda quincena de agosto trae consigo el inicio de la famosa operación salida con miles de españoles viajando a disfrutar su verano. Sin embargo, en estas épocas surge la pregunta: ¿Puedo irme de viaje si estoy de baja?

Aunque esto no está explícitamente prohibido por la legislación laboral, la justicia española ha establecido que aquellos trabajadores cuyas vacaciones o actividades de ocio entorpecen su recuperación o contradicen su diagnóstico médico pueden ser despedidos por sus empresas.

El motivo de esto es que para aquellos trabajadores que se encuentran en una situación de incapacidad temporal, la prioridad tiene que ser su rehabilitación y cualquier conducta que la retrase se considera una falta grave contra la buena fe contractual.

¿Cuándo es legal el despido?

Es importante tener en cuenta que viajar, hacer deporte o hacer actividades mientras se está de baja por incapacidad temporal no está prohibido por el Estatuto de los Trabajadores y no significa automáticamente un despido.

Los despidos disciplinarios están justificados en estos casos cuando la actividad realizada es incompatible con la dolencia del trabajador, con lo cual frena el proceso de rehabilitación o incluso si va en contra de las indicaciones del médico.

Esto último es lo que valora la justicia española a la hora de determinar en los tribunales si la empresa está en su derecho de despedir al trabajador o no.

Por ejemplo, si un empleado se encuentra de baja por una lesión grave en la rodilla o en las lumbares y la empresa descubre que se ha ido a la playa, está haciendo rutas de montaña, cargando maletas pesadas o jugando torneos de pádel. Esto se considera una transgresión de la buena fe contractual y el despido es procedente sin indemnización.

La buena fe contractual está regulada en el artículo 54 del Estatuto de los Trabajadores y establece que romper la confianza en el trabajo o actuar con fraude hacia la empresa es motivo de despido disciplinario.

Por el contrario, en el caso de que dicha actividad o viaje no haya interferido con la recuperación o condición del trabajador, el despido no está justificado.

Teniendo esto en cuenta, si un trabajador de baja por ansiedad o depresión severa se va de viaje, por lo general los tribunales consideran que esto es compatible con la dolencia psiquiátrica y que incluso puede ser beneficioso, con lo cual despedir a este empleado por ello sería considerado ilegal.

En resumidas cuentas, si un trabajador se encuentra de baja médica y se va de viaje o realiza actividades incompatibles con su dolencia o informes médicos, puede enfrentarse a un despido disciplinario.