Ignacio Solsona, abogado, en Youtube.

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Sociedad

Ignacio Solsona, abogado: "Padres y madres tienen 270 días de cotización por cuidado de hijos para su jubilación"

La jubilación no depende solo de los años trabajados, sino también de los permisos y cuidados de hijos, que aumentan la cotización.

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Las claves

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Padres y madres pueden sumar hasta 270 días de cotización por cuidado de hijos para mejorar su jubilación.

Durante los permisos por nacimiento, adopción o acogimiento, se cotiza el 100% de la base del mes anterior, durante 16 semanas.

Las madres reciben 112 días de cotización reconocidos por parto, mientras que los 270 días por cuidado de hijos pueden ser para uno de los progenitores.

Las reducciones de jornada y excedencias por cuidado de hijos mantienen la cotización al 100% a efectos de pensión.

La jubilación no se juega solo en la nómina de los años trabajados: también entran en escena distintos mecanismos que pueden ampliar el tiempo cotizado y cambiar el resultado final.

Entre ellos destacan los vinculados al nacimiento y al cuidado de los hijos, que pueden influir directamente en la pensión futura.

Así lo explica el abogado Ignacio Solsona, quien detalla cómo estas circunstancias pueden mejorar las condiciones de acceso a la jubilación.

Uno de los aspectos más relevantes tiene que ver con los permisos por nacimiento, adopción o acogimiento.

En estos casos, "durante los descansos por nacimiento de un hijo o por adopción o acogimiento, el trabajador cotizará por el 100% de la base de cotización del mes anterior al nacimiento, a la adopción o al acogimiento durante todo el periodo que dure ese descanso".

Este periodo, además, está claramente definido: "Dieciséis semanas que se pueden disfrutar de forma continuada o de forma fraccionada". Durante ese tiempo, subraya el experto, "el trabajador tiene garantizada su cotización".

Más allá de estos permisos, existen otros beneficios que pueden ser clave, como los días de cotización reconocidos por parto y cuidado de hijos.

Tal y como señala Solsona, existen "los famosos 112 días por parto, que se reconocen a las madres" y también "270 días por cuidado de hijos, que se reconocen tanto a madres como a padres, aunque únicamente a uno de ambos progenitores".

Estos periodos no implican una retribución directa, pero sí tienen un impacto importante en la carrera de cotización: "Se trata de días de cotización, no tienen un contenido económico, es decir, no se cotiza por una cuantía económica, pero sí que se tiene en cuenta a efectos de tiempo cotizado".

El cuidado de hijos también contempla otras situaciones protegidas. Por ejemplo, en los casos de reducción de jornada, "durante los primeros años, se considerará cotizada al 100% a efectos de pensiones de jubilación o incapacidad permanente".

Incluso si en la práctica se cotiza menos, el sistema corrige esa diferencia en el momento de calcular la pensión.

Asimismo, cuando se solicita una excedencia para el cuidado de un hijo, el trabajador mantiene derechos relevantes. En concreto, "cuando un trabajador solicita una excedencia por cuidado de un hijo […] durante un periodo máximo de tres años, tiene garantizada el 100% de su base de cotización".

En conjunto, todas estas medidas reflejan un objetivo claro: evitar que las responsabilidades familiares perjudiquen la futura jubilación, permitiendo que padres y madres sigan sumando tiempo cotizado incluso en etapas en las que no están trabajando de forma efectiva.