Imagen de archivo de unas llaves.

Imagen de archivo de unas llaves. iStock

Sociedad

Es oficial: la comunidad de vecinos denunciará a los propietarios que exploten un piso turístico sin autorización

La Ley de Propiedad Horizontal obliga a los propietarios a obtener una aprobación de su comunidad para dar uso turístico a la vivienda.

Más información: El Gobierno quiere cambiar las normas: límite al precio de las habitaciones en alquiler para que no superen el de la vivienda

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Las claves

La Ley de Propiedad Horizontal, vigente desde abril de 2025, exige autorización formal de la comunidad para alquilar viviendas con fines turísticos.

La autorización debe ser aprobada en junta por tres quintas partes de los propietarios y cuotas, y no basta con el consentimiento tácito.

Las comunidades pueden imponer recargos de hasta el 20% a los pisos turísticos y denunciar a los propietarios que alquilen sin permiso.

El incumplimiento puede acarrear multas de hasta 500.000 euros, prohibición de uso hasta tres años y finalización del contrato turístico.

España vive un auge del turismo que, si bien impulsa, también ha generado conflictos de convivencia en muchos edificios residenciales.

Los vecinos buscan tranquilidad, mientras que algunos propietarios ven en los pisos turísticos una oportunidad de rentabilizar su vivienda.

Para equilibrar estos intereses, la Ley de Propiedad Horizontal actualizada, vigente desde el 3 de abril de 2025, establece reglas claras sobre el uso turístico de los inmuebles.

La novedad más relevante es que, a partir de esta fecha, ningún propietario podrá alquilar su vivienda con fines turísticos sin la aprobación expresa de la comunidad.

Sin embargo, cabe mencionar que no basta con el silencio o el consentimiento de algunos vecinos: la autorización debe ser votada formalmente en junta. Además, sigue siendo obligatorio contar con la licencia turística correspondiente, según la normativa autonómica o municipal.

La Ley define también la mayoría necesaria para dar luz verde a un alquiler turístico: tres quintas partes de los propietarios y de las cuotas de participación deben votar a favor.

De esta manera, se asegura que la decisión refleja el interés general del edificio. En paralelo, la comunidad puede fijar recargos o cuotas especiales de hasta un 20% para compensar los costes adicionales que generan los huéspedes y la rotación frecuente.

El incumplimiento de estas reglas tiene consecuencias contundentes. Si un propietario inicia o mantiene un alquiler turístico sin aprobación, el presidente de la comunidad puede exigir el cese inmediato de la actividad.

De persistir, la comunidad puede acudir a los tribunales, donde se pueden imponer multas de hasta 500.000 euros, la prohibición de uso de la vivienda por hasta tres años y la finalización automática del contrato turístico.

Para los propietarios interesados en explotar legalmente un piso turístico, el proceso es claro: verificar la normativa sectorial y la licencia, solicitar que el punto se incluya en el orden del día de la junta, debatir y votar la autorización.

El paso siguiente sería redactar el acuerdo con posibles condiciones y finalmente tramitar el alta y registro de la actividad.

Es importante destacar que estas medidas no son retroactivas. Quienes ya explotaban un piso turístico antes del 3 de abril de 2025 pueden continuar su actividad siempre que mantengan la licencia y cumplan la normativa vigente.

No obstante, cualquier intento de expansión o modificación de la actividad sí requiere la autorización comunitaria. De ese modo, la ley busca un equilibrio entre los derechos de los propietarios y la convivencia vecinal.

Desde el pasado año, las comunidades tienen herramientas legales claras para controlar y, si es necesario, denunciar a quienes incumplan las normas sobre pisos turísticos.

Así, la era del alquiler turístico sin autorización ha quedado oficialmente limitada.