La vicepresidenta segunda y ministra de Trabajo y Economía, Yolanda Díaz.

La vicepresidenta segunda y ministra de Trabajo y Economía, Yolanda Díaz. Europa Press

Sociedad

Confirmado por el Estatuto de los Trabajadores: los empleados de baja serán despedidos si la causa es ajena a la enfermedad

La Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal (AIReF) ha señalado que las bajas por incapacidad temporal se han incrementado en torno al 60%.

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Las claves

Los empleados en baja médica no pueden ser despedidos por su incapacidad, salvo que la causa sea ajena a la enfermedad, según el Estatuto de los Trabajadores.

El despido será nulo si es discriminatorio o vulnera derechos fundamentales, pero la empresa puede justificarlo por motivos económicos, organizativos o mediante un ERE.

El Tribunal Supremo ha validado el despido de un trabajador tras su reincorporación por no poder asignarle funciones compatibles con sus limitaciones físicas.

El Gobierno aumentará el control sobre trabajadores que tengan dos o más bajas laborales en un año ante el incremento del absentismo laboral y las preocupaciones empresariales.

Los trabajadores en situación de baja médica no pueden ser despedidos debido a su incapacidad temporal, salvo que la terminación del contrato se deba a motivos ajenos a dicha incapacidad.

La incapacidad temporal consiste en un apoyo sanitario y económico para los empleados con contrato vigente, proporcionando protección legal cuando problemas físicos o mentales les impiden desempeñar su trabajo.

Según el Estatuto de los Trabajadores, un despido será considerado nulo si es discriminatorio o vulnera derechos fundamentales. Sin embargo, la legislación española permite que la empresa proceda con un despido siempre que existan causas objetivas justificadas.

Más de 1 millón de bajas al día

Por ejemplo, la situación económica de la compañía, una redistribución organizativa o un expediente de regulación masiva (ERE) que finalice el contrato de un número importante de trabajadores.

Eso sí, la empresa debe justificar con pruebas fehacientes y documentadas la causa de la culminación de la relación laboral, porque si no el despido podría ser considerado improcedente.

El Tribunal Supremo, en una sentencia reciente, dio como válido un despido de una persona que estaba de baja por problemas en su rodilla y que, cuando se reincorporó, fue despedido porque la empresa no pudo encontrar para él una función compatible con sus limitaciones físicas.

Este caso rompió la idea de que un despido durante la baja laboral o inmediatamente después era completamente ilegal, ya que la Justicia lo avaló.

En este contexto, el absentismo laboral se ha disparado en los últimos años, provocando que muchos empresarios hayan expresado su preocupación por la falta de trabajadores disponibles y que, en algunos casos, hayan contratado a detectives privados para comprobar que la incapacidad médica es cierta.

La Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal (AIReF) ha advertido en un informe que las incapacidades temporales han aumentado cerca de un 60% desde 2017. En la actualidad, hay más de 1 millón de personas al día de baja médica.

Ante este panorama, el Gobierno va a controlar a todos los trabajadores que se cojan dos o más bajas laborales en un año con una mayor implicación del Instituto Nacional de la Seguridad Social.