La ministra de Hacienda, María Jesús Montero.

La ministra de Hacienda, María Jesús Montero.

Sociedad

Confirmado por Hacienda: los ciudadanos no tendrán que declarar los cobros y pagos por Bizum a partir de enero

A partir del 1 de enero los bancos enviarán a la Agencia Tributaria los datos de autónomos y profesionales relacionados con Bizum.

Más información: Emilio Baena, extrabajador de Hacienda, advierte a los contribuyentes: “Si haces esto, 100% te van a investigar”

Publicada

Las claves

Hacienda ha aclarado que los ciudadanos no tendrán que declarar los cobros y pagos por Bizum entre particulares a partir de enero.

La nueva obligación de informar mensualmente a la Agencia Tributaria afecta solo a empresarios y profesionales, no a usuarios particulares.

Las entidades financieras deberán remitir datos mensuales de facturación a través de Bizum de empresarios y profesionales, incluyendo identificación y cuentas asociadas.

La medida busca mantener un registro de operaciones electrónicas para luchar contra el fraude fiscal, pero excluye expresamente las transacciones entre particulares.

A partir del próximo 1 de enero, las entidades financieras están obligadas a remitir todos los meses a la Agencia Tributaria (AEAT) los datos relativos a las operaciones de sus clientes. Y será así independientemente de la cuantía.

Esto ha levantado ‘la voz de alarma’ entre los particulares. Sin embargo, Hacienda ha emitido un comunicado aclarando a quién afecta la nueva medida. Y ha sido rotunda.

En concreto, ha dicho que “no deben declararse los bizums entre particulares. Sólo deben declararse los cobros recibidos por empresarios y profesionales establecidos en España. Quedan así excluidos los cobros entre particulares”.

Información a suministrar

Con este cambio, lo que busca la AEAT es mantener un registro de las operaciones electrónicas. Una forma más de luchar contra el fraude.

Y pondrá el foco en aquellas operaciones relacionadas con actividades profesionales tanto en el IRPF como en el IVA o Sociedades.

¿En qué consiste la nueva información sobre Bizum a suministrar a la Agencia Tributaria? “A partir de febrero de 2026, las entidades financieras informarán mensualmente a la Agencia Tributaria de la facturación acumulada en cada mes y realizada a través de Bizum por empresarios y profesionales”, indican desde Hacienda.

Conviene recordar que esta modificación se aprobó en abril de 2025. “Desde entonces se ha mantenido un contacto permanente con las entidades financieras y se ha venido informando desde la Agencia Tributaria del alcance limitado de esta modificación en relación con los pagos con Bizum”, indican desde Hacienda.

¿Y cuál es la información que van a suministrar las entidades financieras? Por un lado, la identificación completa de los empresarios o profesionales adheridos al sistema de gestión de cobros a través de Bizum o sistemas equivalentes.

A ello habrá que añadir el número de comercio con el que operan, terminales de venta, importe mensual facturado con Bizum e identificación de las cuentas bancarias o de pago a través de las que se efectúen los cobros por parte de los empresarios y profesionales.

Por último, desde Hacienda remarcan que a los particulares la medida no les afecta: “Los bancos reportarán a la Agencia Tributaria información mensual acumulada de cada empresario o profesional, no se remitirá la información operación a operación”.