Montaje de Ana Cerdeira con la fachada del ayuntamiento de Madrid (Pixabay).

Montaje de Ana Cerdeira con la fachada del ayuntamiento de Madrid (Pixabay).

Sociedad

Ana Cerdeira explica un cambio notable en la plusvalía municipal: “Cada ayuntamiento puede rebajar hasta un 15%”

La agente inmobiliaria narra cómo te afecta la plusvalía municipal si vas a vender o heredar una vivienda.

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Las claves

Cada ayuntamiento puede reducir hasta un 15% los valores catastrales para el cálculo de la plusvalía municipal.

El impuesto de plusvalía municipal no se paga si la venta del inmueble no genera beneficios.

El plazo para pagar el impuesto varía: 30 días hábiles tras la venta o donación, y hasta 6 meses prorrogables en herencias.

Se puede elegir entre el método de cálculo objetivo o real para determinar el impuesto a pagar.

Cuando una persona vende, hereda o recibe en donación una vivienda, tiene que pagar el impuesto de la plusvalía municipal. Se trata de un tributo municipal que tiene como razón de ser gravar el aumento del valor de un terreno o propiedad cuando se vende, hereda o transfiere.

“En 2025 hay cambios importantes y conviene estar al día”, afirma Ana Cerdeira, agente inmobiliaria en LinkedIn. Y pone el siguiente ejemplo: “Cada ayuntamiento puede rebajar hasta un 15% los valores catastrales”.

A continuación, te contamos todos los aspectos que debes tener en cuenta respecto a este tributo para no llevarte futuras sorpresas.

Las claves del impuesto

Ana Cerdeira da una serie de claves sobre este tributo. Así, “si vendes sin obtener beneficio, no pagas plusvalía municipal”. Un dato muy relevante.

Otro, es que el plazo para pagar es de 30 días hábiles tras la venta o donación; en herencias, 6 meses prorrogables otros 6.

¿Y quién paga? “El vendedor paga en compraventas; los herederos, en herencias; y quien recibe, en donaciones”, matiza la agente inmobiliaria.

Respecto a los métodos de cálculo, “puedes elegir entre el objetivo (coeficientes anuales sobre el valor catastral del suelo) o el real (diferencia real entre precio de venta y de compra)”.

¿Y cuáles son los coeficientes nuevos en 2025? Según la experta, estos “se actualizan para ajustarse al mercado y cada ayuntamiento puede rebajar hasta un 15% los valores catastrales.

¿Qué pasa si no pagas en plazo? Pues que hay recargos del 5% al 20%, según sea el retraso. También es importante reseñar que “puedes restar el pago de la plusvalía municipal en tu IRPF, reduciendo la ganancia patrimonial”.

¿Cómo se debe reclamar el tributo?

Aquellas personas que quieran recuperar lo pagado por la plusvalía municipal deben tener en cuenta lo siguiente: a quien deben solicitar la devolución del importe pagado, y los intereses que correspondan, es al propio ayuntamiento.

Por tanto, lo primero que deben hacer es presentar un escrito al ayuntamiento en el que se solicita la rectificación y la devolución de la plusvalía. Importante: la persona interesada debe reflejar en dicho documento la cantidad que reclamar en concepto de plusvalía indebidamente cobrada.

Puede darse el caso de que el ayuntamiento rechace la petición. ¿Qué hacer entonces? No hay que desesperar. Habrá que presentar un recurso de reposición en el plazo de un mes a partir del día siguiente a la notificación con carácter previo a la reclamación económico-administrativa.

¿Y si se desestima esta reclamación? ¿Se acaban las opciones? No. Siempre queda la vía judicial. En este punto, se puede presentar un recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de la comunidad autónoma correspondiente.

Eso sí, si se llega a este último punto, hay que tener muy claro cuál es el plazo para hacerlo: dos meses. ¿Inconveniente? El interesado deberá hacer el correspondiente gasto tanto en abogado como en procurador.

Junto al escrito presentado al ayuntamiento, hay que adjuntar la escritura pública de la compra de la vivienda, donde debe constar el precio escriturado de la compra; y el justificante del ingreso del impuesto en el ayuntamiento. En el mismo debe quedar constancia de la cantidad pagada en concepto de plusvalía.