Montaje de Carlos García con una delegación de la Agencia Tributaria.

Montaje de Carlos García con una delegación de la Agencia Tributaria.

Sociedad

Carlos García, abogado: “Ni Hacienda, ni la DGT, ni la Seguridad Social pueden comunicarte nada por SMS”

Te contamos los distintos modos que hay para notificar los actos administrativos y cuándo hay que sospechar de la mano del experto.

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Cada vez son más las gestiones que se acaban haciendo vía online. Nada de papeleos ni del ‘Vuelva usted mañana’ de Mariano José de Larra a la hora de contactar con las administraciones públicas.

Sin embargo, vía SMS, o por cualquier otro medio como correos electrónicos o whatsapp, suelen ser métodos utilizados por los ciberdelincuentes para hacer de las suyas. “¿Puede la DGT (Dirección General de Tráfico) notificarte una multa por SMS?”, se pregunta el abogado Carlos García en LinkedIn. ¿Por qué?

Porque durante las últimas semanas le han llegado varios mensajes parecidos a su teléfono móvil: ‘DGT: último aviso antes del aumento de su multa pendiente. Verifique su expediente’.

Cómo se notifican los actos administrativos

Pese a ser abogado, y dedicarse al Derecho Administrativo, a Carlos García le entraron las dudas. El mensaje llevaba un enlace y estuvo a punto ‘de picar’. “Y eso que sé perfectamente que la Administración no puede notificarte nada por SMS. Nunca”, remarca en la red social.

“Imagínate la angustia para quienes no lo saben. Para quienes, medio dormidos o nerviosos, hacen clic, convencidos de que deben actuar rápido para evitar ‘el aumento de la sanción’, continúa con su exposición.

Tras remarcar que se trata de un fraude, se lamenta de que funciona “porque hay una confusión generalizada sobre cómo deben notificarse los actos administrativos importantes”.

Y recuerda que, “en Derecho, una notificación válida debe acreditar que tú la has recibido, o que te has negado conscientemente a hacerlo. Por eso no vale un SMS, ni un correo cualquiera, ni una carta simple en tu buzón”.

Entonces, ¿qué es lo que vale? Por ejemplo, una notificación electrónica en tu carpeta ciudadana. O un correo certificado con acuse de recibo, un burofax con acuse, una comparecencia electrónica voluntaria, o una publicación en el BOE tras intentos fallidos.

¿Y qué es lo que no vale? SMS, emails no certificados, cartas sin prueba de entrega. llamadas telefónicas y whatsapps.

“La DGT, Hacienda, o la Seguridad Social, todas ellas deben seguir procedimientos formales y garantistas. Porque estamos hablando de tus derechos y de tu dinero”, resalta Carlos García.

Y concluye indicando que “si no se notifican bien, tú no estás obligado a responder”. De ahí que su consejo final es que hay que desconfiar “de cualquier mensaje que te meta prisa, hable de sanciones, y te invite a pulsar un enlace”.