Imagen del condenado durante el juicio en la Audiencia Provincial de Ciudad Real.

Imagen del condenado durante el juicio en la Audiencia Provincial de Ciudad Real. lanzadigital

Reportajes Violencia machista

Condenado a 23 años por violar a su pareja y obligarla a beber su orina en Ciudad Real

La relación apenas duró tres meses pero en ese tiempo el condenado obligó a la víctima a practicarle felaciones, las grabó en vídeo e incluso llegó a golpearla en la cara con el mango de un destornillador.

16 mayo, 2018 20:56

La Audiencia Provincial de Ciudad Real ha condenado a 23 años de prisión a un hombre que agredió sexualmente a una joven con la que tenía una relación sentimental que duró tres meses y a la que maltrató y agredió posteriormente, lo que ha provocado a la víctima numerosas secuelas psíquicas y físicas.

La Audiencia ciudadrealeña ha considerado al acusado, F.A.A., autor de varios delitos, por los que lo ha condenado a un total de 23 años de prisión, al concurrir la circunstancia agravante de reincidencia, ya que acumulaba varias condenas anteriores por delitos similares a algunos por los que se le ha juzgado.

En la sentencia, a la que ha tenido acceso Efe, se indica que el condenado inició una relación sentimental con la víctima en julio de 2015, cuando ésta era menor de edad, que duró unos tres meses.

En su transcurso, en una fecha no determinada situada entre el 31 de julio y el 8 de agosto, durante la celebración de la Feria del Vino de Valdepeñas (Ciudad Real), el procesado golpeó a la víctima y la obligó a hacerle una felación y la penetró vaginalmente en contra de su voluntad, cuando estaban en el vehículo del agresor.

A finales de agosto, en una fecha no especificada cercana a la celebración de las fiestas de Villanueva de los Infantes, se repitió una situación similar, cuando el acusado obligó a la víctima a hacerle una felación en su coche y la grabó con el móvil amenazándola con difundir las imágenes y después la penetró.

Posteriormente, el 11 de octubre de 2015 el acusado concertó una cita con la víctima y cuando estaban en el vehículo le pidió que le diera su teléfono móvil, a lo que ella se opuso, pero ante su insistencia se lo dio, y cuando el procesado vio que había tenido numerosas conversaciones por whatsapp con chicos y con chicas, le dio varias bofetadas y tirones de pelo.

Y cuando el vehículo tuvo una avería, culpó de ella a la víctima y la amenazó con matarla si no le daba 300 euros para su arreglo en los siguientes días.

Al día siguiente, el 12 de octubre, como la chica no se había puesto en contacto con él fue a buscarla a Valdepeñas, el lugar en el que residía la víctima, a la que encontró en un parque cuando estaba acompañada por un amigo.

La conminó a que la acompañara y, ante su negativa, la arrastró por el pelo hasta introducirla en su vehículo con intención de dirigirse a Daimiel (Ciudad Real), donde reside el procesado.

En el camino, paró el coche y comenzó a golpearle la cara con el mango de un destornillador, con el que después le pinchó un muslo.

Y al llegar a su casa de Daimiel, orinó en una botella y le dijo a la víctima que se la bebiera, y como ésta se negó la amenazó con una catana mientras le decía "o te lo bebes o te mato", según se indica en la sentencia.

Ante la amenaza, la víctima fue obligada a beber el contenido de la botella, y a continuación el procesado le propinó una patada en el costado y varios golpes en la cabeza con el pomo de una puerta.

Por estos hechos, el tribunal lo ha condenado a 18 años de prisión por dos delitos de agresión sexual; a dos años de prisión por un delito contra la integridad moral con la agravante de parentesco; a dos años de prisión por un delito de violencia habitual en el ámbito familiar, con la agravante de reincidencia y a un año de prisión por un delito de violencia de género con la agravante de reincidencia.

También ha condenado a indemnizar con 50.000 euros por el daño moral a la víctima, que sufre una sintomatología de nivel físico (trastornos gastrointestinales, dolores de cabeza, pérdida moderada de peso, temblores y reducción en su funcionamiento físico) así como a nivel psicológico y conductual, compatibles con un trastorno de estrés postraumático y autoestima.

Este cuadro clínico comporta una reducción en sus capacidades cognitivas y sociales, provocando su inadaptación en los distintos ámbitos de su vida, indica la sentencia.