La propuesta del PP de castigar con la "disolución" a los partidos que sean condenados por los tribunales por el delito de "deslealtad constitucional" provocó ayer viernes la respuesta de los dos principales partidos del bloque gubernamental. 

Sumar calificó de "atentado contra la Constitución" la enmienda a la totalidad del PP a la Ley de Amnistía. Marta Lois, portavoz de Sumar y candidata a la presidencia gallega, afirmó también que la propuesta popular es propia "de regímenes autoritarios". 

La ministra de Defensa, Margarita Robles, menos hiperbólica, dijo no compartir la propuesta "porque en una democracia se tienen que respetar los pensamientos de todo el mundo". 

El PP se apresuró a responder a las críticas negando que vaya a modificar "una coma" de su enmienda a la totalidad. "La responsabilidad penal de los partidos políticos, de las personas jurídicas, figura en nuestro Código Penal desde el año 2012. En España no se persigue a nadie por sus ideas, sino por sus actos, si estos son delictivos" dijo Miguel Tellado, portavoz de los populares, en el Congreso de los Diputados. 

Tellado no miente. El ordenamiento jurídico español prevé la disolución de personas jurídicas por una amplia variedad de delitos: tráfico de órganos, trata de seres humanos, ocultación de cadáveres, prostitución, estafa, blanqueo, financiación ilegal de partidos políticos, terrorismo… y así hasta 35. 

Pero la dudosa constitucionalidad de la medida, que ayer resaltaron varios juristas consultados por los medios de comunicación, no radica en la pena de disolución, sino en su aplicación a un partido político por los delitos cometidos, necesariamente, por algunos de sus militantes.

El artículo 6 de la Constitución afirma que los partidos políticos "expresan el pluralismo político, concurren a la formación y la manifestación de la voluntad popular y son instrumento fundamental para la participación política". 

Es cierto que el PP se ha apresurado a matizar que su propuesta "no busca perseguir a nadie por sus ideas, sino por sus actos, si estos son delictivos. Buscamos rearmar al Estado ante una posible amenaza por parte de partidos que quieran llevar adelante procesos secesionistas". 

Pero lo cierto es que la configuración jurídica de esa responsabilidad penal de los partidos políticos deja demasiados cabos sueltos y roza la arbitrariedad. Porque ¿hasta qué punto los actos concretos de Carles Puigdemont, que serían punibles de acuerdo con la reforma del PP, involucran a su partido?

Dicho de otra manera. ¿Es suficiente el "apoyo" meramente declarativo de una formación a los actos preparatorios de un referéndum ilegal para considerarla como culpable o cómplice de esos actos? ¿Tiene la misma responsabilidad un diputado que vota a favor de una declaración de secesión que un cargo medio que no ha tenido mayor implicación en la misma, más allá de "estar a favor" de ella? 

¿Y qué ocurre en el caso de los altos cargos o funcionarios que no militan en ningún partido, pero que sí representan a una institución determinada, por ejemplo una Consejería? ¿Cabría la posibilidad entonces de "disolver" dicha Consejería? 

Por no hablar del desamparo en el que quedarían aquellos militantes de un partido al verse privados de la posibilidad de votar por sus ideas en las urnas. Unas ideas que, como dice el PP, no son ilegales y que tienen derecho a ser defendidas en el Congreso de los Diputados, se esté o no de acuerdo con ellas. 

El hecho de que el PSOE, como explica hoy EL ESPAÑOL, haya "celebrado" la propuesta del PP, dado que esta facilita su relato de un Alberto Núñez Feijóo presuntamente escorado hacia la extrema derecha de Vox, es la señal más evidente posible de que los populares han errado el tiro. 

Como decía el editorial de ayer miércoles de EL ESPAÑOL, es necesaria la reintroducción en el Código Penal de un delito que castigue hechos como los ocurridos en otoño de 2017 en Cataluña. Pero el camino nunca puede ser la ilegalización de partidos políticos, sino la condena de las personas concretas que hayan cometido los delitos especificados en el Código Penal. 

Y es cierto que otros ordenamientos jurídicos, sin ir más lejos el portugués, prohíben los partidos regionalistas y muy especialmente los partidos independentistas. También es cierto que Batasuna fue ilegalizada en su momento de acuerdo con la Ley de Partidos. 

Pero el Tribunal Constitucional ya zanjó esa cuestión afirmando que la española es una democracia "no militante". Es decir, que tolera los partidos que buscan acabar con esa democracia o con algún aspecto nuclear de la misma, como la unidad nacional. 

El PP debería por tanto rectificar ese punto de su propuesta