Póliza de coches.

Póliza de coches. Pixabay

Motor

Es oficial: prohíben subir la póliza del coche sin avisar con dos meses de antelación, según la Ley de Contrato de Seguros

Las aseguradoras deben notificar cualquier subida de prima con al menos dos meses de antelación; de lo contrario, el cambio no puede imponerse al asegurado.

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Las aseguradoras no pueden aumentar el precio de la póliza del coche sin cumplir un requisito esencial: comunicar cualquier modificación al tomador con al menos dos meses de antelación al final del período en curso.

Esta obligación, establecida en el artículo 22 de la Ley 50/1980, de Contrato de Seguro (LCS), y reforzada por los criterios de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones (DGSFP), garantiza que los clientes conozcan con tiempo los cambios y puedan decidir si aceptan las nuevas condiciones o buscan otra compañía.

El artículo 22.3 LCS establece con claridad que cualquier modificación relevante del contrato, ya sea en la prima, las coberturas o condiciones generales, debe notificarse al asegurado con ese plazo mínimo.

La ley permite la renovación automática de la póliza, pero solo si ambas partes conocen las condiciones y el tomador tiene margen para aceptarlas o rechazarlas.

Este equilibrio protege al cliente frente a incrementos inesperados y evita que las aseguradoras impongan cambios de manera unilateral.

Si una compañía aumenta la póliza sin cumplir este plazo, la subida no puede imponerse válidamente al asegurado y se entiende prorrogado el contrato en las mismas condiciones del año anterior.

Diversos criterios de la DGSFP y resoluciones judiciales coinciden en que, en estos casos, el tomador puede exigir que se mantenga la prima anterior durante el nuevo período o incluso resolver el contrato sin quedar sujeto al preaviso "normal".

Portales especializados y asociaciones de consumidores recomiendan iniciar primero la reclamación por escrito ante la aseguradora y, si no se obtiene solución, acudir al Servicio de Reclamaciones de la DGSFP.

Es importante destacar que la ley no prohíbe que las aseguradoras suban la prima por razones justificadas, como un mayor número de siniestros, cambios en el riesgo asegurado, actualización de tarifas o pérdida de bonificaciones.

Lo que regula estrictamente es la forma en que se comunica la modificación: siempre con un preaviso mínimo de dos meses antes del vencimiento de la póliza, para que el tomador pueda decidir con conocimiento y libertad.

En resumen, subir la prima del seguro del coche es legal, pero hacerlo sin avisar al tomador con el plazo que marca la ley no lo es.

La normativa protege al asegurado, garantiza transparencia y permite planificar la economía familiar sin sorpresas.

Además, refuerza la obligación de las aseguradoras de actuar con claridad y de respetar los derechos del cliente, asegurando que cualquier incremento se realice con consentimiento informado y sin imponer condiciones de manera unilateral.