Sede de Gestrisam.
El nuevo convenio de Gestrisam: hasta 21.000 euros por adelantar la jubilación y paga por captar domiciliaciones
El acuerdo regula las condiciones laborales hasta 2028 e incluye nuevos incentivos, mejoras sociales y compensaciones económicas para la plantilla.
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El nuevo convenio colectivo del Organismo Autónomo de Gestión Tributaria y otros Servicios del Ayuntamiento de Málaga (Gestrisam) pone negro sobre blanco las condiciones laborales de su plantilla para los próximos años y deja un amplio catálogo de complementos, incentivos, permisos y prestaciones sociales.
Entre sus medidas hay algunas especialmente llamativas. El acuerdo establece un incentivo económico para los empleados que consigan nuevas domiciliaciones bancarias de recibos municipales, contempla pagos específicos por las tardes de atención al público y fija indemnizaciones de hasta 21.035,42 euros para quienes adelanten dos años su jubilación, además de una larga relación de ayudas sanitarias, educativas y familiares.
El convenio, que fue aprobado previamente por el Ayuntamiento y posteriormente tramitado para su inscripción y publicación, tiene vigencia hasta el 31 de diciembre de 2028, con determinadas medidas económicas con efectos desde el 1 de enero de 2026. El acuerdo regula las condiciones del personal laboral de Gestrisam, con excepción del gerente.
Uno de los aspectos más singulares del nuevo acuerdo está relacionado directamente con la actividad recaudatoria del organismo.
Gestrisam establece un incentivo para los trabajadores que consigan nuevas domiciliaciones bancarias. Las primeras 30 domiciliaciones de cada mes no generan incentivo. Entre la número 31 y la 70, el empleado percibe 1,50 euros por cada domiciliación, mientras que a partir de la 71 la cantidad aumenta hasta 1,80 euros por cada una.
El abono se realiza en la nómina del mes siguiente y el propio convenio establece limitaciones para evitar que determinados empleados vinculados directamente a la gestión de domiciliaciones puedan acogerse al incentivo.
El sistema retributivo no se limita al sueldo base. Las tablas incorporan diferentes conceptos, entre ellos el complemento de destino, el complemento específico, factores asociados a determinados puestos y productividad.
Los sueldos base mensuales recogidos en las tablas parten de 659,44 euros para un ordenanza, mientras que ascienden a 720,49 euros para un auxiliar, 865,68 euros para un técnico auxiliar, 1.152,97 euros para un técnico de grado medio y 1.333,40 euros para un técnico superior.
Pero la diferencia entre puestos aumenta considerablemente cuando se incorporan los complementos.
El complemento específico de determinados puestos alcanza los 3.885,27 euros mensuales para un subdirector-1, mientras que se sitúa en 3.541,03 euros para un subdirector-A1 y en 3.463,58 euros para un subdirector-2.
En el caso de los jefes de servicio, las cantidades llegan a 2.967,01 euros y 2.935,88 euros, dependiendo del puesto. Para un jefe de departamento-1 A1, el complemento específico asciende a 2.292,95 euros mensuales.
Productividad: casi 5.000 euros anuales para los subdirectores
El acuerdo añade cantidades específicas de productividad. Los subdirectores tienen asignada una productividad anual de 4.905,65 euros. Para los jefes de departamento la cantidad asciende a 3.965,63 euros, mientras que los jefes de negociado tienen fijados 2.905,89 euros.
En otros puestos, las cantidades son de 2.110,59 euros para jefes de equipo, 2.375,69 para técnicos superiores, 2.315,09 para técnicos de grado medio, 1.800,05 para técnicos auxiliares y 1.557,67 euros para auxiliares y ordenanzas.
El convenio contempla productividad ligada a la consecución de objetivos y mecanismos vinculados a propuestas de mejora de la calidad de los servicios, incluidos los denominados premios a la innovación.
La atención al público incorpora otro incentivo económico. Las oficinas pueden abrir los jueves por la tarde, de 16:45 a 19:15 horas, además de determinadas tardes coincidiendo con el final de los periodos voluntarios de recaudación.
La participación es voluntaria y se remunera por cada tarde trabajada. La cantidad alcanza los 82,50 euros para un jefe de departamento, 70,72 euros para un jefe de negociado, 64,82 euros para un jefe de equipo, 70,72 euros para un técnico de grado medio, 58,93 euros para un técnico auxiliar, 50,67 euros para un auxiliar y 47,14 euros para un ordenanza.
Además de la compensación económica, esas horas generan un saldo horario que puede ser objeto de compensación mediante el sistema de flexibilidad.
Una jornada anual de 1.584 horas y una bolsa de flexibilidad
La jornada ordinaria queda fijada en 1.584 horas anuales, que pasan a 1.591 horas en los años bisiestos.
El horario general se sitúa entre las 7:50 y las 15:08 horas, aunque el sistema de flexibilidad permite adelantar la entrada y prolongar la jornada dentro de determinados límites. La entrada puede producirse desde las 7:15 horas, mientras que lunes, martes y jueves existe margen para recuperar o acumular tiempo hasta las 20:00 horas.
El sistema permite acumular hasta 80 horas a favor, mientras que el saldo negativo tiene un límite de 10 horas. El convenio establece además consecuencias económicas cuando se mantienen determinados saldos negativos y contempla la posibilidad de retirar el acceso al horario flexible en casos de incumplimiento reiterado.
El nuevo convenio también regula el teletrabajo, aunque no lo configura como una modalidad automática para toda la plantilla.
Podrá desarrollarse cuando las características del puesto lo permitan y concurran determinadas circunstancias personales o familiares que lo justifiquen. En algunos casos podrá requerirse incluso valoración de los servicios de prevención.
Permiso por nacimiento
Entre las medidas de conciliación destaca un permiso adicional de tres semanas retribuidas una vez agotado el permiso legal por nacimiento, adopción, guarda o acogimiento.
Cuando ambos progenitores trabajen en el organismo o en otra empresa u organismo municipal, el convenio limita el disfrute de esas tres semanas adicionales a uno de ellos.
El convenio establece también una mejora económica durante determinadas situaciones de incapacidad temporal.
En los casos de enfermedad, accidente y los permisos vinculados a maternidad y paternidad se contempla el abono del 100% del salario real a cargo del organismo, en las condiciones fijadas por el propio convenio y vinculadas al reconocimiento y mantenimiento de la prestación correspondiente.
Gestrisam deberá mantener una póliza colectiva de vida e incapacidad para el personal activo.
Los capitales mínimos fijados en el convenio alcanzan los 23.035,42 euros en caso de fallecimiento por causa no accidental y los 33.045,42 euros en caso de fallecimiento por accidente.
También se contemplan cantidades de hasta 30.030,36 euros en determinados supuestos de incapacidad permanente total, absoluta o gran invalidez.
A esto se suma un seguro médico colectivo para el personal que cumpla las condiciones establecidas en el acuerdo.
El convenio establece una prestación económica por cada hijo o cónyuge con discapacidad.
La cuantía parte de 145,75 euros mensuales para una discapacidad del 33% y llega hasta 344,64 euros al mes cuando el grado supera el 75%.
El acuerdo contempla además la posibilidad de mantener esta prestación después de la jubilación o del fallecimiento del empleado mientras continúen las circunstancias que dieron lugar a su reconocimiento.
Gafas, dentista, audífonos y hasta pelucas oncológicas
Uno de los capítulos más extensos es el de las prestaciones sanitarias. El convenio contempla ayudas para gafas, cristales, lentillas, audífonos, cirugía refractiva, ortodoncia, implantes y diferentes tratamientos y prótesis dentales.
También aparecen prestaciones para zapatos ortopédicos, medias, fajas, plantillas y otros productos ortopédicos.
Entre las cantidades máximas figuran 646,34 euros para aparatos de ortodoncia, 555,83 euros para una prótesis dental completa de ambas arcadas, 444,68 euros para un audífono y 300 euros para una peluca oncológica.
El catálogo incluye asimismo ayudas para alimentación específica en determinados casos, entre ellas 227,48 euros anuales para personas celíacas y 212,24 euros para alimentación por intolerancia a la lactosa o alergia a la proteína de la leche, siempre bajo las condiciones y límites previstos.
Hasta 400 euros para estudios
Las ayudas alcanzan también al ámbito educativo. Para los hijos y cónyuges a cargo se establecen diferentes cantidades en función de la etapa educativa: 117,03 euros para guardería de 0 a 3 años, 62,40 euros para Infantil y Primaria, 120,93 euros para Secundaria, Bachillerato y determinados ciclos, 195,04 euros para universidad en Málaga, 369,15 euros para universidad fuera de Málaga y hasta 400 euros para estudios universitarios en el extranjero.
El convenio contempla además ayudas destinadas a la formación de los propios empleados. En este caso, las cantidades llegan a 585,13 euros para determinados estudios de ESO y ciclos básicos, 780,18 euros para Bachillerato y ciclos medios, 1.170,27 euros para ciclos superiores y 390,09 euros para máster y doctorado.
Para estudios universitarios se fija una ayuda de 6,12 euros por crédito matriculado, dentro de las condiciones establecidas.
Otra de las medidas económicas es la creación de un fondo mínimo de 30.000 euros para anticipos reintegrables destinados al personal fijo.
Los trabajadores pueden solicitar cantidades de entre 300 y 2.400 euros, con un plazo máximo de devolución de 24 meses.
El convenio establece prioridades para determinados supuestos, entre ellos el riesgo de embargo de la vivienda habitual, desahucios, gastos de enfermedad no cubiertos por la Seguridad Social, reparaciones imprescindibles de la vivienda o determinados gastos derivados de procesos de separación o divorcio.
El convenio establece una indemnización de 6.010,12 euros cuando la jubilación se produce un año antes de la edad legal y de 21.035,42 euros cuando se produce dos años antes, siempre bajo las condiciones previstas.
Además, todo trabajador que se jubile tiene derecho a una indemnización de 1.500 euros, mientras que quienes alcancen los 25 años de servicio pueden acceder a una gratificación de 300 euros en los términos establecidos.
Vacaciones según la antigüedad
El periodo ordinario de vacaciones queda fijado en 22 días hábiles. La antigüedad permite sumar días: 23 con 15 años de servicio, 24 con 20 años, 25 con 25 años y 26 días a partir de los 30 años.
El convenio contempla además diferentes fórmulas para concentrar las vacaciones, incluida la posibilidad de disfrutar un mes completo y determinados supuestos de 31 días naturales consecutivos.
Los empleados que sean matrimonio o pareja de hecho y trabajen en el organismo, el Ayuntamiento u otra empresa municipal tienen además preferencia para poder coincidir en el periodo vacacional antes de recurrir al sistema de sorteo.
El catálogo de permisos incluye 20 días naturales por fallecimiento del cónyuge o de los hijos y otros periodos específicos para el fallecimiento de familiares. También se contemplan permisos por traslado de domicilio, acompañamiento de familiares a consultas médicas y situaciones de fuerza mayor familiar urgente.
En este último caso se establece una bolsa equivalente a 28 horas anuales, además de otros permisos vinculados al cuidado de hijos y familiares con discapacidad.
El sistema incorpora asimismo días adicionales vinculados a la antigüedad, que aumentan conforme el trabajador acumula nuevos trienios.