Ciudad de la Justicia de Málaga.

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Condenado a quince meses de prisión en Málaga por publicar en redes sociales mensajes xenófobos y racistas

En los hechos probados se destaca que el procesado realizó dichos actos "guiado por sentimientos de rechazo y animadversión hacia las personas de origen extranjero, judías, de religión islámica o inmigrantes en general" y que ello lo hizo sin ningún tipo de restricción.

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Agencias
Publicada

Las claves

Un hombre ha sido condenado en Málaga a 15 meses de prisión por publicar mensajes xenófobos y racistas en redes sociales.

La sentencia indica que los mensajes pretendían estigmatizar y denigrar a colectivos de origen extranjero, judío, islámico o inmigrantes.

El acusado reconoció los hechos y la pena queda suspendida si no comete delitos en tres años, retira las publicaciones y realiza un curso de igualdad de trato.

Además de la prisión, se le impone inhabilitación especial para ejercer profesiones u oficios educativos durante cinco años más.

Un hombre ha sido condenado por la Audiencia Provincial de Málaga a quince meses de prisión por publicar en sus redes sociales mensajes xenófobos y racistas contra las personas extranjeras, con los que pretendía "estigmatizar y denigrar" a determinados colectivos, así como "despertar entre la población sentimientos de odio, rechazo y hostilidad".

Según la sentencia, a la que ha tenido acceso EFE, el acusado publicó mensajes de odio en sus redes abiertas al público en general en fecha no precisada, pero en todo caso hasta mayo de 2025.

Durante el juicio, el acusado reconoció los hechos y se dictó una sentencia de conformidad, por lo que el Tribunal le ha concedido una suspensión condicionada al considerar que concurren los requisitos legales, al ser una persona con arraigo familiar, social y laboral, y teniendo en cuenta la pena.

La suspensión queda condicionada a que no vuelva delinquir en el plazo de tres años, al cumplimiento de la retirada de las publicaciones y a la participación en un programa formativo de igualdad de trato.

En los hechos probados se destaca que el procesado realizó dichos actos "guiado por sentimientos de rechazo y animadversión hacia las personas de origen extranjero, judías, de religión islámica o inmigrantes en general" y que ello lo hizo sin ningún tipo de restricción.

El ahora condenado publicaba, "con vocación de perpetuidad, mensajes y contenidos dirigidos, deliberadamente y de forma unidireccional, a estigmatizar y denigrar a tales colectivos", se indica en la sentencia.

Los magistrados lo condenan por un delito cometido con ocasión del ejercicio de los Derechos Fundamentales y Libertades Públicas en su modalidad de lesión a la dignidad a la pena de 15 meses de prisión y a la inhabilitación especial para profesión u oficio educativos durante cinco años más de la pena de cárcel.