Imagen de uno de los investigados manipulando sustancias explosivas, en una fotografía tomada por la Guardia Civil.
La Audiencia Nacional aplica la amnistía a los 12 CDR procesados por delitos de terrorismo y archiva la causa
Antes de la entrada en vigor de la polémica ley, la Fiscalía solicitaba penas de hasta 27 años de prisión. Una vez se aprobó la norma, acabó pidiendo el archivo.
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La Audiencia Nacional ha aplicado la Ley de Amnistía a los 12 miembros de los Comités de Defensa de la República (CDR) procesados por graves delitos de terrorismo y ha archivado la causa para ellos.
El tribuanal de la Sección Tercera de la Sala de lo Penal concede, por tanto, el sobreseimiento libre a Eduardo Garzón Bravo, Esther García Canet, Sonia Pascual Guiral, Queralt Casoliva Rocabruna, Germinal Tomás Aubeso, Alexis Codina Barberán, Jordi Ros Solá, Rafael Joaquín Delgado López, Ferran Jolis Guardiola, Xavier Buigas Llobet, David Budria Altadill y Clara Borrero Espejo.
Todos ellos estaban procesados por delitos de terrorismo y la Fiscalía llegó a solicitar en su contra penas de entre ocho y 27 años de cárcel.
Pero aquello sucedió antes de que el Parlamento español aprobase la polémica norma que amnistió los delitos cometidos en pos del proceso de independencia de Cataluña.
Y los CDR, a los que pertencían los procesados, eran unos grupos radicales y, en ocasiones, violentos que se gestaron en torno al procés y que pretendían la desconexión de este territorio del resto de España.
Ahora bien, una vez entró en vigor la Ley de Amnistía, la Fiscalía, de hecho, pidió el archivo de esta causa, como así ha acabado sucediendo.
El tribunal, en una resolución fechada este viernes, se alinea con el Ministerio Público y subraya que el Tribunal Superior de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ya concluyó que la norma no era contraria al Derecho europeo.
Ni siquiera, a la directiva de la UE dedicada a la lucha contra el terrorismo.
Por ello, ahora, los magistrados Francisco Vieira, Jesús Eduardo Gutiérrez y Fermín Echarri, por unanimidad, han decretado el sobreseimiento libre —es decir, con valor de cosa juzgada— de esta causa.