El etarra Juan Antonio Olarra Guridi, durante un juicio en la Audiencia Nacional.

El etarra Juan Antonio Olarra Guridi, durante un juicio en la Audiencia Nacional. Efe

Tribunales ETA

El fiscal paraliza el tercer grado que el Gobierno vasco ha vuelto a conceder a un exjefe de ETA condenado a mil años de cárcel

La consejera socialista San José ya otorgó esta misma medida a Olarra Guridi el pasado mayo. La Fiscalía se opuso, la recurrió y fue revocada por el Juzgado.

Más información: La Fiscalía recurrirá la semilibertad que País Vasco da otra vez a la etarra 'Anboto': ya la tumbó un juez en abril

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La Fiscalía de la Audiencia Nacional ha recurrido la nueva concesión del tercer grado por parte del Gobierno vasco al exjefe de ETA Juan Antonio Olarra Guridi.

El recurso presentado por el fiscal tiene efectos suspensivos, por lo que paraliza de forma inmediata la salida en semilibertad del reo condenado a mil años de cárcel.

El Ministerio Público considera "prematura" la medida al haber transcurrido solo cinco meses desde que la Justicia le revocó un tercer grado previo.

La Fiscalía argumenta la gravedad de los delitos, la lejanía de su libertad definitiva en 2032 y la escasa reparación económica a las víctimas.

La Fiscalía de la Audiencia Nacional ha recurrido la decisión del Gobierno vasco de conceder, por segunda vez, el tercer grado penitenciario al exjefe de ETA Juan Antonio Olarra Guridi, condenado a más de mil años de prisión por, entre otros delitos, asesinato.

El fiscal Carlos García Berro, en su recurso, reprocha que el Departamento de Justicia y Derechos Humanos del Ejecutivo autonómico ya diera la semilibertad a este terrorista el pasado mayo; medida que, al poco, fue revocada por el Juzgado de Vigilancia Penitenciaria.

Sin embargo, el Gobierno vasco le volvió a otorgar el tercer grado a Olarra Guridi cinco meses después. Lo hizo la semana pasada. Y, ahora, el fiscal vuelve a oponerse a ello.

La presentación de un recurso por parte de Fiscalía, como ha sucedido en este caso, tiene efectos suspensivos. Es decir, paraliza la salida de prisión del reo hasta que se pronuncie el juez, que tiene la última palabra.

Decisión "prematura"

En su recurso, el fiscal García Berro subraya lo "prematuro" de la decisión del Gobierno vasco de volver a conceder el tercer grado a Olarra Guridi.

La Fiscalía señala que "el transcurso de sólo cinco meses desde la citada revocación hasta la nueva progresión a tercer grado" no es suficiente para analizar la progresión del interno.

"Para ello se requiere un mayor lapso temporal", indica el fiscal, quien también subraya "la gravedad" de los delitos por los que el preso fue condenado: asesinato, estragos y lesiones "incardinados dentro del ámbito terrorista".

Por otro lado, hasta la libertad definitiva de Olarra Guridi, que se producirá en 2032, existe, a ojos del fiscal, "un periodo de tiempo excesivamente largo como para justiciar ya una clasificación en tercer grado".

Por último, el Ministerio Público reprocha en su recurso la "escasa reparación del daño" por parte del terrorista condenado.

"Fundamentalmente", valora el fiscal, "en lo referente a lo exiguo de las cantidades con las que está haciendo frente al pago de la responsabilidad derivada de los graves delitos cometidos".

Similitudes con 'Anboto'

El caso de Olarra Guridi guarda un enorme parecido con el de la exjefa de ETA Soledad Iparraguirre, apodada Anboto.

El pasado mes de septiembre, el Gobierno vasco le dio la semilibertad, pese a que, en abril, sólo cinco meses antes, el Juzgado la había revocado a instancias de la Fiscalía.

Al igual que sucede ahora con Olarra Guridi, García Berro también presentó un recurso contra la decisión del Departamento de Justicia vasco —en manos de la consejera María Jesús San José, del PSOE— de volver a conceder la semilibertad a Anboto.

No obstante, en su caso, el Ejecutivo autonómico no le otorgó el tercer grado, sino que aplicó el artículo 100.2 del Reglamento Penitenciario.

Este precepto permite flexibilizar el cumplimiento de una pena de prisión. Técnicamente, el preso sigue calisificado en segundo grado, el habitual. Pero goza de ciertos beneficios propios de la semilibertad.

Además, a diferencia del tercer grado, el 100.2 es de aplicación inmediata y no depende de si la Fiscalía opta o no por recurrirlo y frenarlo.

Ahora bien, de forma general, la progresión a tercer grado, junto con otros requisitos, es la antesala a la obtención de la libertad condicional.