El ministro Félix Bolaños y la presidenta del Poder Judicial, Isabel Perelló, en un acto en el CGPJ./

El ministro Félix Bolaños y la presidenta del Poder Judicial, Isabel Perelló, en un acto en el CGPJ./ EP

Tribunales

El CGPJ confirma el archivo de la denuncia de Bolaños contra Peinado un día después de que el juez envíe a juicio a Begoña

El ministro de Justicia puede recurrir el acuerdo del Consejo ante el Tribunal Supremo, lo que no tendría precedentes.

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Las claves
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El CGPJ ha archivado definitivamente las denuncias del ministro Félix Bolaños contra el juez Juan Carlos Peinado, rechazando el recurso presentado por el propio Bolaños.

La decisión fue ratificada por cinco votos a favor y dos en contra, con los vocales propuestos por PP y Sumar apoyando el archivo y los del PSOE en contra.

El archivo se produce un día después de que el juez Peinado enviase a juicio a Begoña Gómez, esposa del presidente del Gobierno.

El CGPJ sostiene que los hechos denunciados por Bolaños no tienen relevancia disciplinaria y que las actuaciones del juez se enmarcan en el ejercicio de sus funciones jurisdiccionales.

La Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial ha archivado esta mañana definitivamente las denuncias interpuestas por el ministro de Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, Félix Bolaños, contra el juez Juan Carlos Peinado.

La Comisión ha rechazado el recurso que Bolaños interpuso contra la inicial decisión de archivo de su denuncia, el pasado 28 de julio.

En esa fecha la Comisión Permanente respaldó el archivo acordado por el Promotor de la Acción Disciplinaria, Ricardo Conde, al considerar que las quejas del ministro se referían a cuestiones accesorias de la declaración judicial que tuvo que prestar ante Peinado.

La Comisión valoró que los hechos denunciados por Bolaños no tenían relevancia disciplinaria y no supusieron la vulneración de ningún derecho del testigo.

A propuesta del vocal Carlos Orga, ese criterio ha vuelto a ser ratificado hoy por cinco votos a favor y dos en contra.

Los votos a favor de confirmar el archivo han sido de los vocales propuestos por PP y Sumar, mientras que los consejeros propuestos por el PSOE han anunciado un voto discrepante.

Fuentes del CGPJ han informado de que, durante el debate, la presidenta, Isabel Perelló, se ha mostrado partidaria de la desestimación del recurso de Bolaños, aunque no ha votado formalmente tras constatar que ya había una mayoría de cinco votos a favor de esa posición.

Bolaños puede acudir ahora a la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo contra la decisión del CGPJ, aunque no hay precedentes de que un ministro de Justicia haya llevado al alto tribunal su conflicto con un juez.

La confirmación del archivo de las denuncias del titular de Justicia se produce 24 horas después de que Peinado, que se jubila dentro de cinco días, haya enviado a juicio por Jurado a la esposa del presidente del Gobierno, Begoña Gómez.

Argumentos

El acuerdo de la Comisión Permanente rechaza la alegación del recurso de Bolaños referida a una falta de agilidad de la tramitación de sus quejas.

El CGPJ recuerda que el ministro fue ampliando sucesivamente sus escritos de queja -presentó un total de cuatro entre el 4 de junio y el 3 de octubre de 2025- que obligaron en cada ocasión a pedir informe al magistrado, postergando su decisión definitiva.

También señala que en su sesión de 24 de marzo de 2026 la Comisión Permanente revocó por unanimidad el primer acuerdo de archivo del Promotor y le ordenó completar las diligencias informativas, lo que hizo en menos de un mes.

Respecto a la alegación sobre la falta de motivación, la Comisión Permanente señala que el acuerdo del archivo del Promotor contiene una amplia justificación de la falta de trascendencia de los hechos denunciados, que el recurrente ha tenido oportunidad de conocer, por lo que no existe indefensión.

Y en relación con la alegación de que se ha desplegado una limitada actividad instructora, la Permanente indica que las diligencias practicadas por el Promotor han agotado las posibilidades de investigación útiles para el esclarecimiento de los hechos.

Además, Bolaños no identifica en su escrito actuaciones complementarias que pudieran aportar elementos relevantes.

En su recurso, el ministro reiteraba que tanto el trato que recibió en su declaración como testigo ante Peinado como la decisión de este de elevar exposición razonada ante el Tribunal Supremo constituyen infracciones disciplinarias.

La Comisión Permanente dice a este respecto que tanto la forma en que se llevó a cabo la declaración -que el Promotor admitió que se desarrolló en una situación de “tirantez dialéctica”- como la elevación de la exposición razonada son decisiones adoptadas en el ejercicio de sus funciones jurisdiccionales y de dirección procesal en las que el CGPJ no debe entrar.

Explica que, aunque el Tribunal Supremo archivó la exposición razonada “ante la absoluta ausencia de cualquier indicio mínimamente fundado o dotados de mínima verosimilitud sobre la participación en ellos” de Bolaños, la Permanente indica que la revisión de estas actuaciones y decisiones del magistrado excede del ámbito competencial propio del Consejo General del Poder Judicial.

Una reiterada jurisprudencia del Tribunal Supremo establece que no es posible proyectar la potestad disciplinaria del CGPJ sobre los posibles errores o desaciertos cometidos por un magistrado en ejercicio de su función jurisdiccional.

La Comisión Permanente rechaza finalmente que haya causado indefensión al ministro la negativa del magistrado a informarle sobre la fecha en que el Promotor le notificó la incoación de la diligencia informativa.

Bolaños requirió ese dato a los efectos de comprobar una eventual falta de imparcialidad de Peinado, al estimar que decidió elevar exposición razonada al Tribunal Supremo contra él al saberse denunciado.

El acuerdo señala, en este sentido, que el recurrente tuvo la posibilidad de recurrir la decisión del magistrado y de plantear su recusación.