Tardón investigará la invasión a Ceuta si hay indicios de delito contra la independencia del Estado o trata de personas
El informe que emita la Comisaría General de Extranjería será clave para determinar si la Audiencia Nacional tiene competencia.
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La juez de la Audiencia Nacional María Tardón está a la espera del informe que ha solicitado a la Comisaría General de Extranjería y Fronteras para decidir si abre diligencias penales en relación con la avalancha de personas -80.000, según el presidente de Ceuta, Juan Jesús Vivas- que accedieron a la ciudad autónoma los pasados 30 y 31 de julio, en la que cerca de un centenar perdieron la vida. La cifra de fallecidos es provisional, ya que se siguen recuperando cadáveres en el mar.
Tardón, que se encontraba de guardia cuando se produjeron los hechos, ha abierto diligencias previas tras registrar una denuncia del letrado Luis María Pardo, en representación de Iustitia Europa. Este partido político pide que se investigue lo sucedido en Ceuta por si hubiese delitos contra la seguridad del Estado, contra la Nación, de favorecimiento de la inmigración ilegal y tráfico de personas, de organización criminal y de omisión del deber de perseguir delitos.
El eurodiputado Alvise ha presentado otra denuncia, también en la Audiencia Nacional, contra el rey de Marruecos, Mohamed VI, aunque con toda probabilidad no será admitida a trámite.
Respecto a la denuncia de Iustitia Europa, la instructora aún no ha declarado la competencia de la Audiencia Nacional. Precisamente la petición del informe policial está orientada a que la Comisaría de Extranjería proporcione la información de la que disponga para rechazar o afirmar esa competencia.
La Audiencia Nacional (AN) tiene una competencia extraterritorial tasada. Fuentes del órgano señalan que varios de los delitos consignados en la denuncia no pueden ser investigados en la AN, que sí podría iniciar pesquisas si las informaciones disponibles determinasen la existencia indiciaria de delitos contra la independencia del Estado o de trata de seres humanos.
El Código Penal castiga con prisión de uno a tres años al que "ejecutare en España cualquier orden (...) de un Gobierno extranjero que atente contra la independencia o seguridad del Estado, se oponga a la observancia de sus Leyes o provoque su incumplimiento".
El delito de trata de seres cometido en el extranjero es competencia de la Audiencia Nacional, pero siempre que se cumplan unos requisitos establecidos en la ley: el procedimiento debe dirigirse contra un español o contra un extranjero que resida habitualmente en España. O bien contra una persona jurídica, empresa, organización o grupo que tengan su sede o domicilio social en España.
O, finalmente, que el delito de tráfico de personas se haya cometido contra una víctima que, en el momento de comisión de los hechos, tuviera nacionalidad española o residencia habitual en España, siempre que la persona a la que se impute el hecho delictivo se encuentre en España.
La competencia de la Audiencia Nacional estaría en el aire si la Policía no aporta datos sobre alguno de esos supuestos.
El pasado 31 de julio, en Ceuta, el presidente del Gobierno Pedro Sánchez se refirió como motivo de lo ocurrido a "la lectura interesada que las mafias que trafican con seres humanos han hecho" de la sentencia del Tribunal Supremo que estableció que, de acuerdo con la vigente ley de extranjería, no son posibles las llamadas devoluciones en caliente si los inmigrantes llegan por mar y no encuentran ningún obstáculo físico de contención (que empezó a desplegarse ese mismo día 31 con un 'muro' de boyas).
El domingo, en Rabat, el portavoz del Ministerio del Interior, Rachid El Khalfi, también aludió a la "actuación de redes de trata de personas".
Según este portavoz, la Fiscalía marroquí competente ha abierto investigaciones sobre estos hechos, lo que también puede suponer un obstáculo para la investigación española si se considera que esas pesquisas son reales y efectivas, y no meramente formales.