Gregorio Vicario, en una imagen policial.

Gregorio Vicario, en una imagen policial.

Tribunales ETA

La juez devuelve a prisión a otro preso de ETA beneficiado por el Gobierno vasco: tenía un nivel "medio alto" de reincidencia

Los técnicos de la cárcel abogaron por mantenerle en prisión en régimen ordinario, pero la dirección del centro sí le otorgó la semilibertad.

Más información: El juez devuelve a prisión a la etarra 'Anboto' y propone que las semilibertades no se concedan sin previo aval judicial

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Las claves

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La juez Reyes Jimeno ha ordenado el regreso a prisión del etarra Gregorio Vicario, a quien el Gobierno vasco había concedido la semilibertad.

El pronóstico de reincidencia de Vicario era "medio-alto" y los técnicos de la prisión se oponían a su semilibertad.

Vicario no ha firmado carta de arrepentimiento ni ha cumplido aún dos tercios de su condena máxima, fijada en 30 años.

La decisión del Gobierno vasco fue criticada por basarse en motivos genéricos de reinserción y por la aplicación automática del artículo 100.2 del Reglamento Penitenciario.

El Juzgado de Vigilancia Penitenciaria número 1 de la Audiencia Nacional ha devuelto a prisión al preso etarra Gregorio Vicario, al que el Gobierno vasco había concedido recientemente la semilibertad.

En una resolución fechada este viernes, la juez Reyes Jimeno enumera los motivos para su decisión. Entre otros, que el pronóstico de reincidencia del preso era "medio-alto".

De hecho, ni siquiera los técnicos de la cárcel estaban de acuerdo con concederle la semilibertad a Vicario y abogaban por mantenerle en el régimen ordinario, el segundo grado.

Sin embargo, la dirección del centro penitenciario de Bilbao-Basauri en la que estaba interno —el Departamento de Justicia y Derechos Humanos del Gobierno vasco tiene competencias sobre sus prisiones— sí se la otorgó el pasado enero.

Asimismo, como detalla el juez, la decisión del Ejecutivo autonómico se apoyó, entre otros motivos, en que Vicario iba a realizar un voluntariado en una asociación.

No obstante, era distinta de aquella a la que el propio preso había solicitado acudir. Por ello, como recuerda la juez, los técnicos de la prisión no pudieron valorar si el voluntariado finalmente acordado era o no pertinente.

Además, el interno no ha firmado ninguna carta de arrepentimiento de sus crímenes y no cumple los dos tercios del máximo cumplimiento de su pena (30 años) hasta 2029. En realidad, fue condenado a un total de 266 años, siete meses y dos días de prisión.

Como reprocha la juez, la decisión del Gobierno vasco de concederle la semilibertad "expresa un objetivo genérico de reinserción prosocial, sin mayor detalle, concreción ni motivación".

"Tampoco, su necesidad y relevancia frente a otras alternativas adecuadas que pueden llevarse a cabo en régimen ordinario. El interno ni siquiera ha iniciado el disfrute de permisos de salida", añade Jimeno.

El artículo 100.2

La semilibertad de Vicario le fue concedida a través de la aplicación del artículo 100.2 del Reglamento Penitenciario.

Este precepto permite una flexibilización del cumplimiento penitenciario y, como en este caso, conceder a un interno ciertos beneficios del tercer grado, como salir de prisión durante el día para realizar labores de voluntariado.

Según ha podido saber EL ESPAÑOL, el preso etarra había solicitado colaborar con la asociación Bizkaiko Bertsolaze Elkartea, ubicada en Durango (Vizcaya) y dedicada al fomento de los bertsos (versos improvisados en euskera).

No obstante, la Junta de Tratamiento de la prisión, compuesta por los técnicos del centro, rechazaron su petición. Pero la dirección de la cárcel acabó aplicando a Vicario el 100.2.

Varias asociaciones de víctimas de ETA han criticado duramente este precepto, ya que consideran que el Gobierno vasco lo emplea a modo de "tercer grado encubierto".

Así lo reprochó también la Fiscalía de la Audiencia Nacional en un reciente informe. El juez de Vigilancia José Castró, además, en la resolución en la que devolvía a prisión a la etarra Anboto, criticó que el 100.2 se aplique de forma automática, sin esperar a que un juez se pronuncie sobre la conveniencia de la semilibertad.