El ministro Ángel Víctor Torres, el pasado 17 de marzo en el Senado./

El ministro Ángel Víctor Torres, el pasado 17 de marzo en el Senado./ EP

Tribunales

El TS libra a Armengol y Torres de ser interrogados en el juicio a Ábalos y les aplica el privilegio de declarar por escrito

La presidenta del Congreso y el ministro de Política Territorial solo tendrán que enviar al tribunal un informe que podrán preparar con sus asesores, eluden testificar presencialmente y no serán sometidos a repreguntas.

Más información: El ministro Torres invoca el privilegio de declarar por escrito y eludir el interrogatorio directo en el juicio a Ábalos

Publicada

Las claves

El Tribunal Supremo permite que Francina Armengol y Ángel Víctor Torres declaren como testigos por escrito en el juicio a José Luis Ábalos.

Esta prerrogativa legal evita que ambos tengan que acudir presencialmente al tribunal y les permite preparar sus respuestas con asesores.

Armengol y Torres solo deberán presentar un informe sobre las adjudicaciones de contratos a la empresa Soluciones de Gestión durante la pandemia.

Las defensas de Koldo García y José Luis Ábalos se opusieron a la declaración por escrito y solicitaron comparecencia presencial o por videoconferencia.

La Sala Penal del Tribunal Supremo, que juzgará al exministro José Luis Ábalos a partir del 7 de abril por presuntos delitos de corrupción, acordó ayer que Ángel Víctor Torres, ministro de Política Territorial, y Francina Armengol, presidenta del Congreso, declaren como testigos por escrito, tal como ambos han pedido.

Se trata de una prerrogativa prevista en la ley procesal, que permite que determinadas autoridades no tengan que acudir presencialmente ante el tribunal sino informar por escrito cuando sean llamados a testificar sobre "hechos de que tengan conocimiento por razón de su cargo".

Entre esas autoridades están los miembros del Gobierno, los presidentes del Congreso y del Senado y también los presidentes de las comunidades autónomas.

Es un procedimiento muy protector para esas autoridades, que, a diferencia de cualquier otro testigo, pueden conocer de antemano las preguntas, preparar respuestas medidas y consultarlas con asesores.

También evitan someterse al interrogatorio de acusaciones y defensas y pueden eludir ser repreguntados.

En este caso, además, ni Torres ni Armengol tendrán que enfrentarse, siquiera sea por escrito, a ninguna pregunta. Solo tendrán que presentar un informe sobre las alusiones que contienen los escritos de defensa y acusación a la contratación en 2020 de la empresa Soluciones de Gestión por el Gobierno de Canarias y por el de Baleares, que ellos presidían.

Esa empresa, para la que Víctor de Aldama actuó como conseguidor, recibió contratos millonarios para proporcionar mascarillas contra la Covid-19 a organismos del Ministerio de Transportes y a Canarias y Baleares. Ábalos, Koldo García y Aldama serán juzgados por los primeros: las adjudicaciones a Adif y Puertos del Estado por las que, según las acusaciones, el entonces ministro y su asesor recibieron de Aldama dinero y otras dádivas.

La Sala ha considerado que Torres y Armengol pueden testificar por escrito porque ocuparon cargos amparados por ese privilegio (aunque ya no los ostentan) y sus cargos actuales también permiten esa prerrogativa (aunque no tienen relación con los hechos por los que se les propone como testigos).

En anteriores ocasiones han comparecido presencialmente en el Supremo expresidentes del Gobierno _como Felipe González o Mariano Rajoy_ llamados a declarar sobre hechos conocidos en el ejercicio de ese cargo, que ya no ostentaban. Según las fuentes consultadas, ninguno de ellos solicitó declarar por escrito, a diferencia de lo que han hecho Torres y Armengol.

El pasado 16 de marzo, el tribunal pidió a las partes su criterio sobre si el testimonio del ministro de Política Territorial y de la presidenta del Congreso "tiene relación con el ejercicio del cargo y, en su caso, el contenido sobre el que deberá versar el informe al que se refiere la norma invocada", en referencia a la prerrogativa prevista.

Las dos partes que los han propuesto como testigos —las defensas de Koldo García y José Luis Ábalos— rechazaron que declaren por escrito, por lo que no presentaron un cuestionario de preguntas. La defensa de García reclamó la comparecencia presencial y la de Ábalos, por videoconferencia.

El fiscal jefe anticorrupción, Alejandro Luzón, que apoyó que los dos testigos informasen por escrito, especificó que la Fiscalía, que no ha solicitado esa prueba, "no formula pregunta alguna ni propone cuál deba ser el contenido concreto de sus respectivos informes".

Sí precisó que "deberán contraerse, exclusivamente, al conocimiento que ambos pudieran haber tenido de las adjudicaciones de los referidos contratos licitados por el Servicio Canario de Salud y el Servicio de Salud de Illes Balears y su relación con las adjudicaciones previamente concedidas a Soluciones de Gestión en el Ministerio de Transportes".