El fiscal general, Álvaro García Ortiz, durante su declaración.

El fiscal general, Álvaro García Ortiz, durante su declaración. EFE

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Los 6 momentos del juicio a García Ortiz que inclinaron la balanza del Tribunal Supremo hacia la condena

El testimonio de Lastra, las explicaciones de la UCO o las críticas de la defensa de González Amador a lo declarado por los periodistas, clave en el juicio.

Más información: El TS condena a García Ortiz por revelar datos tributarios de la pareja de Ayuso por 5 votos a 2 y le inhabilita como fiscal general

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Las claves

El Tribunal Supremo ha condenado al fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, por revelación de secretos, imponiéndole dos años de inhabilitación y una multa de 7.200 euros.

La condena se basa en la filtración a la prensa de un correo electrónico en el que el abogado de Alberto González Amador, pareja de Díaz Ayuso, reconocía dos delitos fiscales, y en la publicación de una nota de prensa que reiteraba esta información.

Durante el juicio, agentes de la UCO señalaron el borrado intencionado de mensajes en el móvil de García Ortiz tras conocerse la investigación del Supremo, y se subrayó la coincidencia temporal entre la recepción del correo y su publicación en medios.

El tribunal consideró relevantes los testimonios de la fiscal superior de Madrid, Almudena Lastra, y de la directora de comunicación de la Fiscalía, así como la falta de pruebas directas, basando la condena en un conjunto de indicios convergentes.

Tan sólo se conoce el fallo de la sentencia, pero ya es oficial: el Tribunal Supremo condena al fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, por revelación de secretos. Y le impone una pena de dos años de inhabilitación y multa de 7.200 euros.

Durante el juicio, el acusado negó expresamente ser autor de la filtración a la prensa de un correo electrónico en el que el abogado del empresario Alberto González Amador, novio de Isabel Díaz Ayuso, reconocía a la Fiscalía la comisión por parte de su cliente de dos delitos fiscales.

Tal y como ha informado EL ESPAÑOL, la Sala Segunda del Supremo, sin unanimidad, le condena no sólo por esa filtración, sino tambièn por la publicación de una nota de prensa en la que se reiteraba que el abogado de la pareja de Ayuso reconocía el fraude tributario.

Ese comunicado tenía por finalidad desmentir las informaciones periodísticas que aseguraban que era el Ministerio Fiscal el que había ofrecido el pacto a la defensa de González Amador.

La realidad era la contraria: fue el letrado del empresario el que planteó llegar a un acuerdo, tal y como constataba el e-mail filtrado, cuyo contenido también se citaba en la nota de prensa.

No hay ni una sola prueba de cargo directa de que la filtración del e-mail fuera realizada por García Ortiz. Pero la jurisprudencia está plagada de condenas basadas en un conjunto de indicios plurales. Siempre —eso sí— que converjan en la misma dirección y permitan hacer una inferencia lógica y racional, sin que exista otra explicación alternativa viable.

Así ha sucedido con la condena a García Ortiz, apoyada por cinco de los siete miembros del tribunal. Durante el juicio, fueron varios los momentos que decantaron la balanza del Supremo en favor de una condena para el fiscal general.

La UCO y el borrado

Tres agentes de la Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil declararon, como testigos, en el juicio. Uno de ellos, de hecho, fue el teniente coronel de la UCO Antonio Balas.

Los guardias civiles recalcaron que el fiscal general eliminó los mensajes que almacenaba en la aplicación de WhatsApp de su móvil.

De hecho, buena parte del interrogatorio se centró en el borrado del terminal del fiscal general, que se llevó a cabo el 16 de octubre de 2024, el mismo día que se supo que la Sala Penal del Supremo había decidido abrir una causa para investigarle.

El máximo representante de la Fiscalía eliminó toda la información del dispositivo, incluidos los mensajes y llamadas de WhatsApp.

Se sabe que el fiscal general se comunicó la noche del 13 de marzo de 2024, de manera frenética, con varios de sus subordinados a través de esa aplicación.

Mandos de la UCO declarando en el Supremo durante el juicio al fiscal general.

Mandos de la UCO declarando en el Supremo durante el juicio al fiscal general. E. E.

¿Por qué? Porque se han encontrado mensajes en el móvil de la fiscal jefa provincial de Madrid, Pilar Rodríguez, que no borró su dispositivo.

Los investigadores subrayaron ante el tribunal que esa falta de mensajes que se trató de un borrado intencionado y efectuado hasta en dos ocasiones.

¿Pueden asegurar que el 16 de octubre se borraron mensajes de WhatsApp o la información que había en el móvil en marzo?— preguntó la defensa de García Ortiz, ejercida por la Abogacía del Estado.

La certeza técnica no es posible. Se han tomado las medidas para que esa certeza técnica no sea posible respondió el mando de la UCO

Fechas y horas

Los agentes situaron la filtración del correo electrónico a las 23:51 horas del 13 de marzo de 2024. Es la hora en la que se publica en la web de la Cadena SER el entrecomillado de ese e-mail, el ya célebre "ciertamente, se han cometido dos delitos contra la Hacienda Pública".

La hora es relevante, porque García Ortiz tuvo acceso a ese correo justo cuando faltaba un minuto para las diez de la noche.

Es decir, como explicaron los mandos de la UCO, desde que ese correo llega al fiscal general hasta que la literalidad de ese correo se difunde en la web de La SER "pasan una hora y 52 minutos".

En efecto, los peritos confirmaron que "el correo que termina filtrándose está en poder del fiscal general del Estado desde las 21:59 horas del 13 de marzo de 2024".

Para los investigadores de la UCO, el correo no había sido filtrado aún a las 22:10 horas, cuando se publica en La Sexta una noticia que no cita la existencia del correo e incluye, erróneamente, dentro de la confesión del delito de falsedad documental. Dicho artículo tampoco cita la literalidad del correo ni aporta ninguna imagen del mismo.

Pero, según la Guardia Civil, García Ortiz sí contaba ya con el correo cuando la Cadena SER sí cita el entrecomillado mencionado.

"No hay un solo elemento objetivo que soporte la afirmación de los periodistas"

Sobre el acusado, los agentes manifestaron en el juicio lo siguiente: "Vemos en toda esa acción que el dominio corresponde al fiscal general, como es normal. La Fiscalía es una institución jerarquizada".

El teniente coronel Balas afirmó que, antes de filtrarse el correo, hay "un precedente bastante claro, que muestra un modus operandi de recabar información y luego filtrarla".

La nota de prensa

Como ha publicado EL ESPAÑOL, la Sala Segunda también condena al fiscal general por la publicación de la nota de prensa que desmentía las informaciones periodísticas que aseguraban que era el Ministerio Fiscal el que había ofrecido el pacto a la defensa de González Amador.

En dicho documento, se recogía el famoso textual del correo: "Ciertamente, se han cometido dos delitos contra la Hacienda Pública".

García Ortiz asumió la publicación de este documento. Además, como testigo, en el juicio, declaró su directora de comunicación, Mar Hedo.

La dircom señaló que no poseyó éste y otros correos recabados por el fiscal general aquella frenética noche, sino que la nota fue redactada, en lo relativo al e-mail, "al dictado" de García Ortiz.

Gabriel Rodríguez Ramos, abogado de González Amador, argumentó que ese nivel de detalle de aquel difundido no era "necesario para neutralizar ningún bulo", en alusión a las informaciones periodísticas que, erróneamente, atribuían a la Fiscalía la intención de pactar con el novio de Ayuso.

Para Rodríguez Ramos, la nota constituyó un "relato institucional de confesión y culpabilidad" que vulneró la presunción de inocencia y el derecho de defensa de su cliente.

El letrado sostuvo que el difundido "puso un sello oficial" a información reservada que antes circulaba como rumor o filtración, institucionalizando la culpabilidad de González Amador antes de que se iniciara el proceso penal en contra del empresario.

El testimonio de Lastra

La fiscal superior de la Comunidad de Madrid, Almudena Lastra, declaró en el inicio del juicio que reprochó al fiscal general la filtración.

Según explicó, la mañana del 14 de marzo, la posterior a la filtración, recibió una llamada de García Ortiz, cuando ella estaba todavía en el coche.

"No le di ni los buenos días. Le pregunté: '¿Has filtrado los correos?'", detalló Lastra sobre esa conversación telefónica. No obstante, admitió que pudo haber dicho "has" o "habéis"; no lo recuerda con exactitud.

Almudena Lastra, fiscal superior de Madrid, durante su declaración.

Almudena Lastra, fiscal superior de Madrid, durante su declaración. E.E.

Siempre según su relato, el fiscal general le respondió: "Eso ahora no importa".

García Ortiz, en el juicio, negó que la fiscal superior le hubiese reprochado la filtración. Menos aún, que él mismo la reconociese.

"Yo no escuché esas palabras de Lastra y dudo de que ningún fiscal se dirija al fiscal general en esos términos", expresó el acusado.

La defensa de González Amador

Rodríguez Ramos, durante el juicio, planteó la posibilidad de que García Ortiz fuera sólo condenado por la publicación de la nota de prensa, iniciativa que el acusado había admitido como propia.

Es decir, el abogado consideró que ambos hechos (la filtración del correo y la difusión de su contenido de forma oficial) podrían considerarse como aislados, dos conductas delictivas autónomas.

No obstante, el Supremo ha condenado a García Ortiz por ambas. A juicio de Rodríguez Ramos, el fiscal general "filtró el mail a La SER como método para activar su relato institucional de culpabilidad".

Y para, posteriormente, incluir el mail, ya conocido por la opinión pública, en la nota, tratando de neutralizar "su responsabilidad posterior" por la difusión de ésta.

"Neutralizar que el fiscal del asunto había impulsado una conformidad no requiere decir que el investigado ha reconocido ningún delito", señaló el letrado durante el juicio.

"[Que una información esté en la prensa] no elimina el deber de reserva y de sigilo del Ministerio Fiscal, que probablemente fue el error de diseño del acusado", zanjó.

Los periodistas

Varios periodistas declararon ante el tribunal que tuvieron acceso al correo filtrado antes que el fiscal general y que éste no fue su fuente.

Cabe suponer que, al haber optado mayoritariamente por la condena, el tribunal no ha dado valor exculpatorio a dichos testimonios.

El abogado de González Amador subrayó que no hay ninguna corroboración, más allá de las palabras de los periodistas, de que verdaderamente el correo circulaba antes de llegar a manos del condenado.

"No existe un solo elemento objetivo distinto de la afirmación del periodista que soporte lo que dice", señaló Rodríguez Ramos.

"Bastaría con que un periodista afirme que el acusado no ha sido [el responsable de la filtración] para dejar impune cualquier revelación", ironizó el abogado.