El presidente de Vox, Santiago Abascal, durante una rueda de prensa reciente.
El Supremo anula la sanción de 238.000€ que el Tribunal de Cuentas impuso a Vox por recibir donaciones ciudadanas
El partido solicitó fondos a sus simpatizantes para su querella contra Quim Torra y para ayudar al joven que mató a un ladrón tras un forcejeo.
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El Tribunal Supremo (TS) ha anulado la sanción de 238.000 euros que el Tribunal de Cuentas (TCu) impuso al partido Vox en 2024.
Así consta en una sentencia, fechada el pasado 13 de octubre y a la que ha tenido acceso EL ESPAÑOL.
El TCu, dividido, multó a Vox por haber recibido donaciones ciudadanas para dos propósitos.
El primero, para la querella que la formación presentó contra el expresidente catalán Quim Torra.
El segundo, la campaña Ayudemos a Borja. Vox recaudó fondos para sufragar parte de la multa impuesta a un joven, llamado Borja, que provocó, en 2019, la muerte de un ladrón tras un forcejeo con él. Intentaba robarle.
Como publicó EL ESPAÑOL, la formación política recaudó en torno a 110.000 euros, que el joven aceptó. Borja asumió el pago de la parte restante de la multa, que ascendía a 180.000 euros.
El Supremo, en su sentencia, estima el recurso de Vox contra la sanción que le impuso el Tribunal de Cuentas.
Señala la resolución que existe una "duda razonable" sobre si la formación incumplió o no la prohibición de recibir "donaciones finalistas" que recoge la Ley Orgánica de Financiación de Partidos Políticos (LOFPP).
De hecho, el Supremo critica que "el calificativo de 'finalista' aplicado a una donación adolece de cierta vaguedad".
"Aunque podemos convenir en que puede entenderse en un sentido vulgar, como lo ha hecho el Tribunal de Cuentas, en el sentido de donaciones con una finalidad concreta, lo cierto es que la Real Academia Española no recoge ese sentido en ninguna de sus acepciones y parece excesivamente amplio como tipo infractor", expresa la Sala Tercera del TS.
"Podría llevar a considerar incurso en esa prohibición cualquier solicitud de ayuda de un partido en la que indicase que pretende dedicarla a alquilar o ampliar su sede o, incluso, para contribuir a una campaña humanitaria", advierten los jueces.
De hecho, el tribunal señala que, en este caso, no fueron los donantes, sino el propio partido, el que anunció qué fin iba a tener ese dinero: por un lado, la campaña a favor de Borja y, por otro, la querella contra Quim Torra.
La prohibición de las donaciones finalistas recogida en la LOFPP pretende que los partidos políticos no se vean secuestrados por intereses privados, los de quienes tratasen de sufragarlos para así condicionar su rumbo ideológico y actividad.
"Pues bien", expresan los jueces, "la Sala no aprecia en qué medida, en los casos enjuiciados, pudo verse comprometida la actuación libre del partido sancionado, cuando era él [Vox] el que había anunciado el fin o destino de las ayudas solicitadas".
"Esto es, no percibimos cómo pudo verse restringida la acción de un partido político cuando fue él quien fijó el destino de las contribuciones que pudiera recibir, e incluso podía dedicar el excedente a otros fines del partido", subraya la sentencia.
"Por estos motivos, señalan los jueces, "entendemos que concurre una duda razonable de que la aplicación de la infracción prevista en (...) la LOFPP a las conductas enjuiciadas cumpla con la garantía constitucional de certeza en la predeterminación normativa".
Otras sanciones similares
Así las cosas, la sanción del TCu queda anulada. Sin embargo, ésta no es la única sanción impuesta por el Tribunal de Cuentas al partido. El pasado abril, el órgano fiscalizador lo multó con 862.000 euros por haber recibido donaciones en efectivo entre 2018 y 2020.
De nuevo, no tomó esta decisión por unanimidad, sino que contó con el voto discrepante de dos consejeros. Vox ya recurrió esta sanción ante el Supremo, que no se ha pronunciado aún sobre ella.
Asimismo, en julio de este mismo año, el TCu volvió a multar a Vox. En esta ocasión, con 50.000 euros de multa. Dicha decisión también está impugnada por la vía judicial.