Santiago Fuentes Jover, CEO de Arbistar.

Santiago Fuentes Jover, CEO de Arbistar.

Tribunales

Ocho años de cárcel para el fundador y CEO de Arbistar por estafar 200 millones de euros a 32.000 'cripto-inversores'

La Audiencia Nacional considera a Santiago Fuentes Jover autor de los delitos de estafa continuada y falsedad en documento privado.

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La Audiencia Nacional ha condenado a ocho años de cárcel a Santiago Fuentes Jover, fundador y CEO de la plataforma cripto Arbistar, por estafar un total de 200 millones de euros a 32.000 inversores.

En una sentencia, la Sala de lo Penal también impone una pena de seis años de prisión a su socio, el acusado Diego Felipe Fernández Nojarova.

Mientras que los magistrados de la Sección Tercera consideran a Fuentes autor de los delitos continuados de estafa y de falsedad en documentos privados, concluyen que Fernández Nojarova sólo cometió el primero de ellos, en la misma modalidad.

Otras cuatro personas han sido absueltas de los ilícitos de estafa, organización criminal y falsedad documental por los que fueron juzgados y que sí les atribuían la Fiscalía y las acusaciones. Los dos condenados, además, resultan exonerados del delito de organización criminal.

La sentencia relata que Fuentes Jover y Fernández, junto a otra persona, que no se sentó en el banquillo de los acusados, crearon en mayo de 2019 la sociedad Arbistar 2.0 SL.

A través de ella, captaron inversores (fundamentalmente, minoristas) en eventos públicos celebrados en diferentes hoteles o salas de congresos y difundidos en YouTube.

En agosto de 2020, diversos inversores solicitaron la devolución de los Bitcoins que figuraban a su favor en la web de la plataforma, a modo de retirada de capital. Sin embargo, les fue imposible.

De las 90.000 personas que ingresaron dinero en las billeteras digitales de Arbistar, 32.000 no pudieron recuperar lo adeudado.

La resolución cifra el perjuicio económico total en 200 millones de euros. Sin embargo, la Audiencia Nacional rechaza calificar esta estafa como agravada, ya que, de forma individual, ninguna superaría por sí sola los 50.000 euros.

En el caso de Santiago Fuentes Jover, su condena por el delito de falsedad en documento privado se debe a que utilizó documentos en los que se plasmaban contratos privados para simular "una relación jurídica absolutamente ficticia".

¿Cuál? La sentencia recoge que nunca estuvo disponible el community bot "mediante se comprometían los representantes de Arbistar a canalizar las inversiones en Bitcoins".

Sin embargo, este sistema para invertir en criptomonedas, presentado como un software de arbitraje y trading automático para los clientes, nunca estuvo operativo.

Por otro lado, la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) emitió una advertencia pública, el 5 de octubre de 2020, en la que alertó que la web de esta plataforma no estaba autorizada a ofrecer los servicios de inversión que promocionaba.

Además de la pena de cárcel, los dos condenados deberán pagar sendas multas. La sentencia de la Audiencia Nacional, fechada este martes, no es firme, por lo que aún puede ser recurrida.