El presidente suplente del CGPJ, Vicente Guilarte, y el ministro de Presidencia y Justicia, Félix Bolaños, el pasado viernes en la entrega de los premios del Observatorio contra la Violencia de Género./

El presidente suplente del CGPJ, Vicente Guilarte, y el ministro de Presidencia y Justicia, Félix Bolaños, el pasado viernes en la entrega de los premios del Observatorio contra la Violencia de Género./ Efe

Tribunales

El CGPJ ha negado permiso a jueces para ir a hablar de procesos judiciales a una comisión parlamentaria

Los miembros del Poder Judicial no pueden ser requeridos por las Cámaras para dar "datos o declaraciones referidos a su cargo o función jurisdiccional".

18 diciembre, 2023 02:54

Varios acuerdos adoptados por el Consejo General del Poder Judicial desde 2016 -momento en el que han proliferado las peticiones parlamentarias de comparecencia de jueces- han negado que los miembros de la Judicatura puedan ser "requeridos" por una comisión de investigación para proporcionar datos sobre los procesos jurisdiccionales en los que hayan intervenido.

El CGPJ ha esgrimido el "debido respeto a la inmunidad judicial" como elemento "integrante, inescindible y no disponible de la independencia judicial" para negar peticiones de autorización para comparecer en comisiones de investigación formuladas por jueces que en 2016 y 2017 recibieron distintos requerimientos. Las citaciones de los órganos parlamentarios incluían el apercibimiento de incurrir en un posible delito de desobediencia si los requerimientos no eran atendidos.

El órgano de gobierno del Poder Judicial ultima en estos momentos un dictamen para fijar una posición jurídica ante las previsibles propuestas de los partidos independentistas de citar a magistrados en las comisiones parlamentarias sobre lo que denominan 'lawfare', constituidas el pasado martes en el Congreso de los Diputados. 

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Una de ellas investigará la llamada 'operación Cataluña' o supuesta existencia de una trama parapolicial para perseguir a nacionalistas catalanes. Otra tiene por objeto el "derecho a saber la verdad y las implicaciones derivadas de los atentados de Barcelona y Cambrils" de agosto de 2017. La tercera se refiere al "espionaje e intromisión en la privacidad e intimidad" de líderes independentistas a través de los sistemas Pegasus y Candiru.

Un "choque brutal"

El presidente suplente del Consejo General del Poder Judicial, Vicente Guilarte, ya advirtió públicamente el pasado viernes, delante del ministro de Presidencia y Justicia, Félix Bolaños, que si se acuerda llamar a jueces a esas comisiones se desencadenará un "choque que se adivina brutal entre poderes del Estado". "Ningún juez puede ser emplazado por comisión alguna para justificar su proceder jurisdiccional", enfatizó.

El CGPJ ya ha tenido que lidiar con estas situaciones. El 21 de abril de 2016 la Comisión Permanente examinó la petición del magistrado Agustín Carretero  exgerente de la Academia de la Policía Local de la Comunidad de Madrid y luego director general de Relaciones con la Administración de Justicia de la CAM- de obtener permiso para comparecer en la comisión de investigación de la Asamblea de Madrid sobre el espionaje político realizado en la Comunidad de Madrid.

"Procede denegar la petición por no existir por parte de jueces y magistrados el deber jurídico de ser sujetos pasivos del requerimiento de comparecencia en comisiones parlamentarias", acordó el CGPJ.

Hizo la salvedad de que, "en la forma que establece el artículo 399.1 de la Ley Orgánica del Poder Judicial", la Asamblea de Madrid pudiera interesar el conocimiento sobre hechos, noticias y personas del que disponga el magistrado "y que no se refieran a su cargo o función judicial".

Ese precepto establece que, cuando una autoridad civil o militar precise de datos o declaraciones que pueda facilitar un juez no referidos a su cargo o función, "se solicitarán por escrito o se recibirán en el despacho oficial del juez, previo aviso".

Inmunidad judicial

El acuerdo de la Comisión Permanente se apoyaba en un dictamen del Servicio de Personal Judicial en el que se citaban otros dos preceptos de la LOPJ: el artículo 396 (“Los Jueces y magistrados no podrán revelar los hechos o noticias referentes a personas físicas o jurídicas de los que hayan tenido conocimiento en el ejercicio de sus funciones”) y el 399 ("Las autoridades civiles y militares se abstendrán de intimar a los jueces y magistrados y de citarlos para que comparezcan a su presencia").

El dictamen era rotundo. "El reconocimiento constitucional de la independencia judicial conlleva el de la inmunidad frente a la actuación de los otros poderes del Estado, y persigue garantizar que jueces y magistrados no sean inquietados con motivo del ejercicio de la función de juzgar y hacer ejecutar lo juzgado que el Estado de derecho les ha encomendado", argumentaba.

"La inmunidad judicial", añadía, "comprende la absoluta imposibilidad de revelar los hechos de los que un juez ha tenido conocimiento por razón de su cargo y la invalidez del requerimiento de comparecencia ante otras autoridades para la expresión del conocimiento ajeno a su cargo judicial".

Sobre la misma base legal, el 15 de junio de 2017 la Comisión Permanente no autorizó al magistrado Daniel de Alfonso, exjefe de la Oficina Antifraude de Cataluña, a comparecer en la comisión constituida en el Parlament de Cataluña sobre la 'operación Cataluña'.

En cambio, De Alfonso sí acudió el 5 de abril de 2017 a la comisión de investigación de la 'operación Cataluña' del Congreso de los Diputados.

La Comisión Permanente lo justificó indicando que el magistrado "ha manifestado su decisión de acudir voluntariamente para facilitar datos o declaraciones que no se refieran a su cargo y función judicial".

Señaló, además, que "el objeto y finalidad de la comisión no es incompatible con el ejercicio de la función jurisdiccional, ni su comparecencia compromete su imparcialidad o independencia".

Discrepancias

Al comienzo de su comparecencia, De Alfonso explicó que, para poder comparecer, había pedido un permiso extraordinario basado en la voluntariedad de su asistencia y en el hecho de que la citación no tenía relación con la función jurisdiccional sino con las conversaciones que, como jefe de la Oficina Antifraude de Cataluña, tuvo con el exministro del Interior Jorge Fernández Díaz.

No reconocemos la interpretación del CGPJ

No obstante, Mikel Legarda, portavoz del PNV, que presidía la sesión de la comisión de investigación, replicó esas apreciaciones de Daniel de Alfonso, expresando la discrepancia del órgano parlamentario.

"Esta comisión convoca las comparecencias de acuerdo no con la Ley Orgánica del Poder Judicial sino con el artículo 76 de la Constitución y la Ley Orgánica 5/84, que regula específicamente estas comparecencias", señaló Legada.

"Es criterio de esta Cámara, y así lo hemos hecho saber al CGPJ, que no se contemplan las invitaciones sin apercibimientos legales para comparecer en esta comisión [invitación] que usted, en su momento, reclamó porque entendíamos que contravenía los preceptos de la Ley Orgánica 5/84".

Esta ley prescribe que "todos los ciudadanos españoles y los extranjeros que residan en España están obligados a comparecer personalmente para informar, a requerimiento de las comisiones de investigación nombradas por las Cámaras Legislativas".

El diputado zanjó la controversia señalando que "lo importante es que usted fue citado y ha comparecido cabalmente. Entiendo que nos ha traslado la interpretación del CGPJ, que evidentemente esta comisión no reconoce".