Imagen de archivo de las sombras de un adulto y una niña.

Imagen de archivo de las sombras de un adulto y una niña. Pixabay

Tribunales LEY 'SÓLO SÍ ES SÍ'

El "calvario" de la menor abusada por un beneficiado por el 'sí es sí' y maltratada por su padre

Una sentencia de la Audiencia Provincial de León aplica la Ley del 'sólo sí es sí' al resultar más beneficiosa para el acusado de abuso sexual a una menor.

21 noviembre, 2022 02:34

Una menor padeció graves secuelas psicológicas, que le llevaron a intentar quitarse la vida, tras sufrir abusos sexuales por parte de su padrastro, que se ha beneficiado ahora de la Ley del sólo sí es sí.

Además de los abusos a los que fue sometida por su el novio de su madre, cuya pena ha quedado aminorada gracias a la norma estrella del Ministerio de Igualdad, la menor también sufrió "malos tratos habituales" cometidos por su padre, con el que había ido a vivir una vez abandonó el hogar materno.

Una reciente sentencia de la Audiencia Provincial de León subraya que la víctima "presenta importantes secuelas psicológicas y psiquiátricas, llegando a autolesionarse y tener intentos autolíticos, si bien tiene numerosos estresores que contribuyen a su estado emocional, no siendo posible aislar los abusos sufridos del resto de sucesos vividos por ella, particularmente los problemas con su padre". El progenitor resultó condenado en diciembre de 2019.

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La resolución, dictada el pasado 13 de octubre, condena al padrastro a nueve años y un día de prisión, así como a pagar una indemnización de 10.000 euros. El tribunal señala que la Ley Orgánica 10/22 —la conocida como Ley del sólo sí es sí— "viene a reformar la penalidad del delito de abuso sexual cualificado sobre menores" y rebaja las condenas a una horquilla de 6 a 12 años, frente a lo establecido anteriormente en el Código Penal (de 8 a 12 años).

"La nueva regulación (...) es más beneficiosa para el procesado, ya que prevé una penalidad menor (...), considerando la Sala que, por ello, ha de aplicarse dicha norma, frente a la vigente al tiempo de los hechos, al ser más beneficiosa para el reo, puesto que reduce la pena mínima de dicho delito", añaden los jueces.

Narra la sentencia que, entre noviembre de 2015 y enero de 2016, el condenado vivía en la casa de su pareja, madre de la niña. El hombre se ocupaba de ésta y de su hermano "como si fueran sus propios hijos".

Según el relato de hechos probados, los cuatro dormían en la misma cama para sobrellevar las bajas temperaturas del invierno. "Guiado por el ánimo de satisfacer sus deseos lúbricos", el acusado aprovechaba aquellos momentos para "manosear los pechos y la zona genital, por debajo de la ropa" a la menor, que contaba entonces con 11 años de edad. También llegó a introducir sus dedos en la vagina "en más de una ocasión".

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Estos tocamientos cesaron cuando la niña, una vez relató lo sucedido a su madre, se mudó a vivir con su padre a la localidad de Aranda de Duero (Burgos). Tras sufrir el maltrato por parte del progenitor —condenado por ello en 2019— acabó ingresando en un centro de menores, "declarándose su situación de desamparo y asumiendo su tutela legal los Servicios Sociales".

Cuando ya estaba a cargo de la Administración, la menor envió una carta manuscrita, firmada en agosto de 2019, narrando los hechos a sus responsables, que lo comunicaron a la Fiscalía. El Ministerio Público denunció los abusos, dando lugar al procedimiento contra el padrastro de la menor.

La sentencia también recuerda que el artículo 2.2 del Código Penal contempla la retroactividad de las leyes penales que favorezcan al reo, incluso aunque ya se hubiese dictado una sentencia firme y el condenado estuviese cumpliendo una condena (que no es el caso).

Para condenar al padrastro de la joven, el tribunal de la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de León opta "por la pena mínima" de 9 años y un día de prisión.

Según razonan los jueces, ya que, aunque el abuso sexual fue continuado en el tiempo, "la situación psiquiátrica de la menor no solo fue debido a estos hechos", sino que también contribuyeron a ella los malos tratos proferidos por su padre biológico.

La sentencia también lamenta el "calvario que fue para la víctima de abusos recorrer el camino judicial, teniendo que relatar y revivir los hechos sufridos, en varias ocasiones e instancias, al que se ha unido, en este caso, la falta de apoyo familiar que hubiere supuesto un acompañamiento en este largo periplo".

"Hoy, mayor de edad, no [lo] ha tenido y, en alguna manera, hubiera aliviado en parte el sufrimiento que nos ha relatado, en el que se ha constatado una absoluta soledad frente a dichos abusos", constatan los magistrados.